Acuerdo por el que se autoriza a la C. Norma Alicia Rolon Cerezo, el Condominio con la Modalidad Vertical de Tipo habitacional Medio y Comercial denominado “CEREZOS”, ubicado en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CC
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
SUMARIO:
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 10 de agosto de 2015
No.
2?
AVISOS JUDICIALES: 3580, 3581, 3582, 3588, 3586, 3584, 3585,
3595,
3591, 3589, 3600, 3599, 3597, 496-B1, 497-B1, 1616-A1, 3230, 1615-A 1 ,
3594, 3590, 1614-Al, 498-BI, 3596, 495-BI, 3598
y
3593.
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA C. NORMA ALICIA
ROLON CEREZO, EL CONDOMINIO CON LA MODALIDAD
VERTICAL DE TIPO HABITACIONAL MEDIO Y COMERCIAL AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3601, 3579,
3583, 3587,
DENOMINADO "CEREZOS", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE
3592, 3578, 16I2-A 1 , 1613-A 1 , 33-CI, 34-CI, 3577, 3576
y
I611-A 1 .
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
"20I 5. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
CIUDADANA
NORMA ALICIA ROLON CEREZO
PRESENTE.
Me refiero al formato de solicitud recibido con el folio No. 018/14, mediante el cual solicitó a la Dirección General
de Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, autorización para llevar a cabo un
Condominio con la Modalidad Vertical de Tipo Habitacional Medio y Comercial denominado
"CEREZOS",
para
desarrollar 50 viviendas o departamentos y zona comercial, en terreno propiedad de su representada con
superficie de 3,065.11 M2. (TRES MIL SESENTA Y CINCO METROS ONCE CENTIMETROS CUADRAD03),
ubicado en Calle Estado de México número 16, Fracción "A", Colonia Barrio Norte, Municipio de Atizapán de
Zaragoza., Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XIII, define al Condominio como
"La modalidad en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar u ordenar, como una
unidad espacial integral, las áreas privativas y comunes, la zonificación y normas de uso y aprovechamiento del
suelo, la ubicación de edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura primaria en su caso; así
como la imagen urbana de un predio o lote".
Que de igual forma el Código Administrativo del estado de México, en su artículo 5.3 fracción XIV, define al
Condominio Vertical
como "la modalidad en la que cada condómino es propietario exclusivo de un piso,
departamento, vivienda o local de un edificio y además copropietario de sus elementos o partes comunes, así
como del terreno e instalaciones de uso general".
Que se acredito la propiedad del terreno a desarrollar mediante la Escritura Pública No. 46,599 de fecha nueve
de diciembre del año dos mil ocho, otorgada ante la fe del Notario Público No. 85 del Estado de México, inscrita
en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, bajo la Partida 5000851 de fecha once de junio de
dos mil nueve.

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