Adición al acuerdo por el que se armoniza la Estructura de las Cuentas Públicas

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3 de octubre de 2014
En I Ciudad de México, siendo las diecinueve treinta horas del día 24 de septiembre del año dos mil catorce, con
fundame to en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento
Interior e la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la
Subsecr táría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo
Nacional de Armonización Contable,
HAGO CONSTAR Y CERTIFICO
que el documento consistente en 1 foja útil,
correspo de con el texto de los Lineamientos de información pública financiera para el Fondo de Aportaciones para la
Infraestr ctura Social, aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los
integrant s de dicho Consejo en su segunda reunión celebrada, en segunda convocatoria, el 24 de septiembre del presente
año, situ ción que se certifica para los efectos legales conducentes. Rúbrica.
El S retario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable,
Juan Manuel Alcocer Gamba.-
Rúbrica.
el
PUBLIC
A
DO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL DÍA LUNES 6 DE OCTUBRE DE 2014. PRIMERA SECCIÓN.
Adición al Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas.
El C nsejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de
Contabili ad Gubernamental, aprobó la siguiente:
Adición al Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas
Se adiciona el inciso d) al numeral 3, para quedar como sigue:
3.
a. a o. ...
d.
Una vez que la Cuenta Pública a que se refieren los incisos b y c anteriores, se haya formulado e integrado por
parte de la Secretaría de Finanzas o equivalente en las Entidades Federativas y por la Tesorería Municipal o
equivalente en los Ayuntamientos de los Municipios, éstas deberán presentarlas al Poder Legislativo de la Entidad
Federativa correspondiente para los efectos conducentes, dentro del plazo establecido en su norma local, así como
publicarla en la págira de Internet del Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa o, en su caso, del Ayuntamiento del
Municipio.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federacibn.
SEGUNDO.-
Las entidades federativas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7, segundo párrafo, de la Ley
General Contabilidad Gubernamental deberán publicar el presente Acuerdo, en sus medios oficiales de difusión escritos
y electro icos, dentro de un plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación del presente en el Diario Oficial de la
Federaci n.
TER ER0.-
Los gobiernos de las Entidades Federativas y los Ayuntamientos de los Municipios remitirán al Secretario
Técnico a información relacionada con los actos que realicen para implementar el presente Acuerdo. Dicha información
deberá s r enviada a la dirección electrónica conac snotecnico@hacienda.gob.mx
, dentro de un plazo de 15 días hábiles
contados a partir de la conclusión del plazo fijado en el presente. Los municipios sujetos del presente acuerdo podrán enviar
la inform ción antes referida por correo ordinario, a la atención del Secretario Técnico del CONAC, en el domicilio de
Constitu entes 1001, Colonia Belén de las Flores, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P. 01110.
CUA TO.
El Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, deberán atender a lo dispuesto en la presente Acuerdo a
más tard r en la Cuenta Pública correspondiente al 2014 y los Ayuntamientos de los Municipios a más tardar en la Cuenta
Pública correspondiente al 2015.
En lCiudad de México, siendo las diecinueve treinta horas del día 24 de septiembre del año dos mil catorce, con
fundame to en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento
Interior e la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la
Subsecr taría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo
Nacional de Armonización Contable,
HAGO CONSTAR Y CERTIFICO
que el documento consistente en 1 foja útil,
correspo de con el texto de la Adición al Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas, aprobado
por el C sejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su
segunda reunión celebrada, en segunda convocatoria, el 24 de septiembre del presente año, situación que se certifica para
los efect s legales conducentes. Rúbrica.
El Se retario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable,
Juan Manuel Alcocer Gamba.-
Rúbrica.
PUBLI DO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL
DE LO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL DÍA LUNES 6 DE OCTUBRE DE 2014. PRIMERA SECCIÓN.

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