Acuerdo Que Aprueba la Iniciativa de Actualización del Reglamento Interno para la Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial del Municipio de Manzanillo, COLIMA.

DEL GOB IERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE MANZANILLO, COLIMA
ACUERDO
QUE APRUEBA LA INICIATIVA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO PARA LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.
C. Griselda Martínez Martínez, Presidenta Municipal de Manzanillo, Col. a sus habitantes hace SABER:
Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 fracción V de la Constitución Política del Estado de Colima, con
base en lo establecido en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima y el Reglamento que Rige el Funcionamiento
del Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima; y en virtud de que con fecha 27 de Febrero de 2019, los integrantes
del H. Cabildo aprobaron por unanimidad en votación nominal la iniciativa presentada por Las Comisiones de Gobernación
y Reglamentos y Seguridad Pública, Policía Vial y Transportes, referente al dictamen No. 007/CGYR/CSPPVYT/2018
para la " INICIATIVA DE PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO PARA LA DIRECCIÓN DE
SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA ".
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- En Sesión Pública de carácter Extraordinaria No. 14, celebrada por el H. Cabildo el día 27 de Febrero de 2019, en el
desahogo del PUNTO DIECISÉIS del orden del día, obra un acuerdo que dice en su parte conducente dice la Comisión
de Gobernación y Reglamentos y Seguridad Pública, Policía Vial y Transportes presentaron ante el H. Cabildo, el
dictamen No. 007/CGYR/CSPPVYT/2018 relativo a la iniciativa de " Proyecto de Actualización del Reglamento interno
para la Dirección de Seguridad Pública y Policía Vial del Municipio de Manzanillo, Colima", se aprobó por unanimidad
en votación nominal la iniciativa antes señalada.
A C U E R D O:
Las COMISIONES DE GOB ERNACIÓN Y REGLAMENTOS y de SEGURIDAD PÚBLICA, POLICÍA VIAL Y
TRANSPORTES, integrada por las y los munícipes que suscriben el presente Dictamen, y que son parte del Cuerpo
Edilicio del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Manzanillo, Colima, y con fundamento en los artículos 90 fracción
II inciso a), 94 tercer párrafo fracciones I y II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; de los
artículos 42, 45 fracción I inciso a) y 53 fracción III de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; así como del 89,
92, 96 f racción II y III, 97 fracciones I y IV, 98 fracción I, 100 fracciones I y II, inciso b) y c), y 101 del Reglamento que
rige el Funcionamiento de Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima; tenemos a bien presentar ante este Honorable
Cabildo Municipal el siguiente:
DICTAMEN DE LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS Y DE SEGURIDAD PÚBLICA, POLICÍA
VIAL Y TRANSPORTES, RELATIVO A LA INICIATIVA DE PROYECTO DE ACTUALIZACIÓN DEL "REGLAMENTO
INTERNO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE
MANZANILLO, COLIMA", en atención a los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Que mediante Oficio No. DGSPYPV-2326/2018 de fecha 10 (Diez) de diciembre de 2018 (Dos mil dieciocho),
el C. Sergio Pérez Pineda, Director General de Seguridad Pública y Policía Vial de este Honorable Ayuntamiento, dio
a conocer al C. Fabián Gonzalo Soto Macedo, Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Honorable
Cabildo de Manzanillo, Colima, las observaciones realizadas derivado de la actualización a los lineamientos del Programa
de Fortalecimiento para la Seguridad, por sus siglas FORTASEG, y que por ello conlleva al Municipio de Manzanillo,
Colima, apegarse a los mismos, realizando las actualizaciones correspondientes al REGLAMENTO INTERNO PARA
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA,
por lo tanto solicitó realizar el estudio pertinente para efectos de dar cumplimiento a los citados lineamientos, realizando
la Iniciativa de Proyecto de actualización al Reglamento mencionado para efectos de que sea turnado a la siguiente sesión
del Honorable Cabildo, a fin de que sea discutido y aprobado y por consiguiente remitido a la Secretaría General de
Gobierno del Estado de Colima para su debida publicación en el Diario Oficial "El Estado de Colima" para su entrada en
vigor.
SEGUNDO.- El día 11 (Once) de Diciembre de 2018 (Dos mil dieciocho), el C. Fabián Gonzalo Soto Macedo, Regidor
Presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Honorable Cabildo de Manzanillo, Colima, remitió el Memorándum
No. H.C./022/2018 a la Mtra. Martha María Zepeda del Toro, Secretaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Manzanillo, Colima, consistente en la solicitud de enlistar en el orden del día de la próxima sesión del Honorable Cabildo
Municipal, en los términos señalados por el artículo 69 fracción III de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima,
un Punto de Acuerdo relativo a la Iniciativa de Proyecto de actualización al REGLAMENTO INTERNO PARA LA
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA, en
apego a los lineamientos del Programa de Fortalecimiento para la Seguridad, por sus siglas FORTASEG.
Tomo 104, Colima, Col., Sábado 25 de Mayo del año 2019; Núm. 39 pág. 2
TERCERO.- De conformidad al análisis del Punto Diez del orden del día, de la Sesión Pública de Cabildo No. 09 de
carácter Extraordinaria, celebrada el 31 (Treinta y uno) del mes de Diciembre del año 2018 (Dos mil dieciocho), relativo
a la iniciativa de proyecto de actualización presentada por el C. Fabián Gonzalo Soto Macedo, Regidor Presidente de
la Comisión de Seguridad Pública del Honorable Cabildo de Manzanillo, Colima, del REGLAMENTO INTERNO PARA
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA,
es por lo que se acordó por unanimidad de votos de los integrantes del Honorable Cabildo remitir la citada iniciativa a las
COMISIONES DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS y de SEGURIDAD PÚBLICA, POLICÍA VIAL Y TRANSPORTES,
para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, para ser presentado en una próxima Sesión de Cabildo, por
lo que mediante el Memorándum No. SHA/002/2019 de fecha 2 (Dos) de enero del 2019 (Dos mil diecinueve), la Mtra.
Martha María Zepeda del Toro, Secretaria de este Honorable Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, remitió a ambas
Comisiones la iniciativa mencionada.
C O N S I D E R A N D O S
I. Que de conformidad con la fracción II del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
y 90 fracciones I y II de la particular del Estado Libre y Soberano de Colima, el Municipio de Manzanillo se encuentra
investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, y que tiene facultades para aprobar los reglamentos,
circulares y disposiciones administrativas de observancia general que organicen la Administración Pública
Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, así como la
facultad de revisar y actualizar reglamentos y manuales así como sus disposiciones generales en el ámbito
municipal, lo cual se llevará a cabo por conducto de sus comisiones respectivas el emitir el correspondiente
Dictamen, en términos de lo señalado por el artículo 94 tercer párrafo fracciones I y II de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Colima; de los artículos 42 y 45 fracción I inciso a) de la Ley del Municipio Libre
del Estado de Colima; así como del 89, 92, 96 fracción I y II, 97 fracciones I y IV, 98 fracción I, 99 fracción IV, 100
fracciones I y II, inciso b) y c) del Reglamento que rige el Funcionamiento de Cabildo del Municipio de Manzanillo,
Colima.
II. REGLAMENTO, es una norma general, abstracta e impersonal expedida por el Poder Ejecutivo Federal, Estatal
y Municipal, siendo por este último de los mencionados por los Ayuntamientos, con la finalidad de lograr la
aplicación de una ley previa. Por su parte, el Reglamento Municipal, es el conjunto de disposiciones que norman
las relaciones entre las autoridades del municipio y sus ciudadanos, con el propósito de definir los derechos y las
obligaciones de que son sujetos, o como la expresión de la voluntad de los que llevan a cabo la función administrativa
de un municipio y que este es expedido en virtud de una competencia. Es decir, los reglamentos municipales son
ordenamientos de carácter general que aprueba el Ayuntamiento para regular su propio gobierno, estructura
administrativa y cumplimiento de funciones, así como para preservar el orden, la seguridad y la tranquilidad pública,
entre otros aspectos. Asimismo, la facultad de los ayuntamientos para expedir reglamentos sin necesidad que
alguna autoridad estatal o federal lo autorice, mismo que se encuentra contemplada en la fracción II del artículo 115
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
III. El REGLAMENTO INTERNO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POLICÍA VIAL DEL
MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA, es de orden público e interés social y de observancia obligatoria para
Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial del Municipio de Manzanillo, Colima, y para cualquier otro
cuerpo de policía adscritos a la misma Dirección.
IV. El citado Reglamento se expide de conformidad a los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 2, 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 90 fracción I, de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 8 y 125 fracción II de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para
el Estado de Colima.
Salvaguardando los principios de legalidad, objetividad, eficacia, profesionalismo, honradez y respeto a las
garantías individuales y los derechos fundamentales reconocidos en las Constitución Política Federal y la Particular
del Estado.
V. Los lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad
pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades
federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2018, tiene por objeto el
siguiente:
"… establecer las disposiciones para la gestión, otorgamiento, administración, ejercicio, seguimiento, verificación
y evaluación de los recursos y metas del Subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad
pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades
federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, así como dar a conocer la fórmula de elegibilidad
y de distribución de los recursos, el listado de municipios y demarcaciones territoriales Beneficiarios y el monto
de asignación."

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