Acuerdo que Aprueba Expedir el Reglamento que Regula el Uso de Cubrebocas y Demás Medidas para Prevenir la Transmisión de La Enfermedad Provocada por El Virus Sars-cov-2 (covid-19) en El Municipio de Coquimatlán, Colima.

Tomo ESTADO DE COLIMA EL 105, Colima, Col., sábado 05 de diciembre de 2020; Núm. 81, pág. 3463

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DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO DE COQUIMATLÁN, COLIMA ACUERDO QUE APRUEBA EXPEDIR EL REGLAMENTO QUE REGULA EL USO DE CUBREBOCAS Y DEMÁS MEDIDAS PARA PREVENIR LA TRANSMISIÓN DE LA ENFERMEDAD PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19) EN EL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA. DICTAMEN RELATIVO A EXPEDIR EL REGLAMENTO QUE REGULA EL USO DE CUBREBOCAS Y DEMÁS MEDIDAS PARA PREVENIR LA TRANSMISIÓN DE LA ENFERMEDAD PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19) EN EL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA. MCP. JOSÉ GUADALUPE BENAVIDES FLORIÁN, Presidente Municipal de Coquimatlán, a sus habitantes, sabed: Que el H. Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente: DICTAMEN RELATIVO A EXPEDIR EL REGLAMENTO QUE REGULA EL USO DE CUBREBOCAS Y DEMÁS MEDIDAS PARA PREVENIR LA TRANSMISIÓN DE LA ENFERMEDAD PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-COV-2 (COVID-19) EN EL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA. El Honorable Cabildo Municipal de Coquimatlán, con fundamento en los artículos 116 y 117 fracción I de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, en relación con los artículos 43 y 50 del Reglamento que rige el Funcionamiento de las Sesiones y Comisiones del H. Ayuntamiento de Coquimatlán, Colima, y artículo 68 del Reglamento del Gobierno Municipal de Coquimatlán, Colima, tengo a bien someter a la consideración de este Honorable Cabildo, una iniciativa con Proyecto de Acuerdo, de conformidad con lo siguiente: CONSIDERANDOS: PRIMERO.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115, señala que los estados tienen como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre, a quien se dota de personalidad jurídica y de la facultad de manejar su patrimonio conforme a la ley, disponiéndose que éstos son gobernados por los ayuntamientos. A su vez, dicha carta magna otorga facultades a los ayuntamientos para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Con base al artículo 45 fracción I inciso a) de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; son facultades y obligaciones de los ayuntamientos por conducto de su cabildo aprobar las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que sean de competencia municipal. SEGUNDO.- Que mediante Decreto publicado el 27 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, declaró diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARSCoV2 (COVID-19). TERCERO.- Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARSCoV2 (COVID-19), señalando que la Secretaría de Salud determinaría todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia. CUARTO.- Que el 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, ordenando en su artículo Primero, fracción I, la suspensión...

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