Acuerdo por el que se aprueba la actualización del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024 para la Ciudad de México

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, Bases I y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 32 Apartado A numeral 1 y C numeral 1 incisos a y b de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 7, 10 fracciones II y IV, 12, 14, 16 fracciones II y VI, 18, 20 fracción V, 21, 27 fracciones III, VIII y XLIX y 31 fracciones XII, XV, XVI, XX y XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 7 fracciones II y VI, 13,14, 15 y 156 fracciones I, IX y XIV del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1 fracciones I, III, VII, 11, 12 fracciones I, VI y XI, 72, 73, 81, 82, 84, 85, 86, 87 y 89 de la Ley de Vivienda para la Ciudad de México, y 2 fracción XI, 10 fracciones III y IV, 12, 15 fracciones V, XV y XVI, 42 fracciones III y VIII, 43 apartados C y H, 46 fracción II y 51 fracción VII de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, y

CONSIDERANDO

Que toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada para sí y su familia, adaptada a sus necesidades.

Que las autoridades tomarán medidas para que las viviendas reúnan condiciones de accesibilidad, asequibilidad, habitabilidad, adaptación cultural, tamaño suficiente, diseño y ubicación seguros que cuenten con infraestructura y servicios básicos de agua potable, saneamiento, energía y servicios de protección civil.

Que las autoridades establecerán una política habitacional acorde con el ordenamiento territorial, el desarrollo urbano y el uso del suelo, a fin de garantizar a sus habitantes el derecho a la vivienda adecuada que favorezca la integración social, como se establece en la Constitución Política de la Ciudad de México.

Que el Gobierno de la Ciudad de México aplicará los principios y lineamientos de la política de vivienda, principalmente, mediante los programas sectoriales, institucionales y especiales, como se define en la Ley de Vivienda para la Ciudad de México.

Que los programas especiales de vivienda, según la Ley de Vivienda para la Ciudad de México, son instrumentos que establecen los objetivos y metas de corto y mediano plazos de las políticas públicas y diferentes esquemas a aplicar, con la finalidad de garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada.

Que el Programa de Gobierno 2019-2024 es el instrumento que establece las metas y objetivos de la acción pública en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad para dar cumplimiento a lo establecido por la Constitución Política de la Ciudad de México, que está integrado por seis ejes: Igualdad y Derechos; Ciudad Sustentable; Más y Mejor Movilidad; Ciudad de México, Capital Cultural de América; Cero Agresión y Más Seguridad; Ciencia, Innovación y Transparencia.

Que en el cumplimiento de las acciones establecidas en el Programa de Gobierno 201920132024, se impulsa un modelo de desarrollo urbano integral sustentado en el derecho a la vivienda.

Que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda formular los Programas Sectorial y Especiales de Vivienda para satisfacer las diversas necesidades que tiene la población en materia de vivienda, siguiendo las directrices previstas en la Ley de Vivienda para la Ciudad de México.

Que el 4 de noviembre de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se aprueba el Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024 para la Ciudad de México.

Que el 21 de noviembre del 2019 la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano del Gobierno Federal publicó el Programa Nacional de Vivienda 2019-2024, que señala que mediante dicho instrumento se incorporan dentro de la política nacional, los elementos de la vivienda adecuada establecidos por la Organización de las Naciones Unidas. Al mismo tiempo, destaca que entre sus objetivos prioritarios se encuentra el fortalecer la coordinación entre los distintos órdenes de gobierno y la colaboración amplia con todos los sectores de la sociedad.

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de junio de 2020

Que el 13 de diciembre de 2019 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Resolución de carácter general mediante la cual se exime totalmente el pago de las contribuciones que se indican, de conformidad con el Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente 2019-2024.

Que el 20 de diciembre de 2019, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expide la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México.

Que de acuerdo con la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, los programas especiales tienen por objeto atender y articular prioridades del desarrollo determinadas en el Plan General de Desarrollo y en el Programa de Gobierno, ambos de la Ciudad de México, que requieran atención especial y que para su ejecución sea necesaria la participación de dos o más dependencias, o bien, estén involucradas las prioridades de dos o más demarcaciones territoriales. Su vigencia dependerá de los objetivos definidos. Podrán revisarse y, en su caso, modificarse o actualizarse, para lo que deberán seguirse los lineamientos emitidos por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México.

Que el 26 de febrero de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso por el que se dan a conocer los Formatos Únicos de Trámite, para el "Registro de Promovente del Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente" y "Registro de Proyecto para el Programa Especial de Regeneración Urbana y Vivienda Incluyente"

Que el 11 de marzo de 2020 fue declarada por la Organización Mundial de la Salud, como emergencia de salud pública de importancia internacional, la aparición y propagación del virus Sars-CoV2 (COVID-19), considerado ya como pandemia por lo que los gobiernos en todo el mundo implementaron medidas urgentes de diversa naturaleza para contrarrestar el impacto de dicho virus.

Que el 31 de marzo del 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se da a conocer la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor del Consejo de Salud de la Ciudad de México, en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, para controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19; en cuyo ordinal Cuarto establece que serán asumidas las acciones establecidas en la Declaratoria de Emergencia Nacional del Consejo de Salubridad General del Gobierno de México.

Que la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) ha ocasionado un debilitamiento en la economía mundial, debido a la paralización de actividades productivas, lo cual ha tenido un impacto negativo en la economía del país y, particularmente, de la Ciudad de México.

Que el 29 de mayo del 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Sexto Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México y se crea el Comité de Monitoreo.

Que el 15 de junio del 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo mediante el cual se establece el Programa de Reactivación Económica y Producción de Vivienda Incluyente, Popular y de Trabajadores en la Ciudad de México.

Que con la entrada en vigor de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México y la publicación del Programa Nacional de Vivienda 2019-2024, se ha propiciado la necesidad de llevar a cabo adecuaciones normativas para armonizar el Programa de conformidad con lo que establecen tanto la citada Ley como el referido Programa Nacional; realizar ajustes técnicos y modificaciones procedimentales en el diseño del presente Programa para su debida y oportuna operación en el marco de las nuevas condiciones para el desarrollo de vivienda incluyente en la Ciudad de México; así como para garantizar el efectivo logro de las metas planteadas para la consecución de los objetivos del Programa de Gobierno que le da origen. De esta forma, la Actualización del Programa se propone armonizar, ajustar, complementar y simplificar sus procesos de operación, conforme a las nuevas condiciones de normalidad de la Ciudad y el país, entre otros motivos, derivadas de la contingencia sanitaria originada con la aparición y propagación del virus Sars-CoV2. A continuación, se precisan los aspectos objeto de actualización del Programa.

Los elementos que se actualizan son los siguientes: en el "DIAGNÓSTICO" se precisó la alineación que existe entre el presente Programa y los objetivos y estrategias prioritarias del Programa Nacional de Vivienda 2019-2024; en "EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, 1.-ÁMBITO DE APLICACIÓN" se precisó, con base en las vialidades y los usos de suelo, los límites de cada zona y corredor del Programa; en "EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, 3.1. INGRESO Y REGISTRO DE PROMOVENTES y 3.2.- REVISIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS" se armonizó y precisó el contenido conforme a lo establecido en los Formatos Únicos de Trámite publicados para el registro de Promoventes y Proyectos; en "EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, 3.3.- RESOLUCIÓN PARA OBTENCIÓN DE FACILIDADES ADMINSITRATIVAS, BENEFICIOS FISCALES Y COMPROBACIÓN DE REQUISITOS Y CRITERIOS" y "3.5. CAUSALES DE BAJA Y/O SUSPENSIÓN TEMPORAL" se incluyeron precisiones respecto de la obtención y características de las Constancia Provisional y Definitiva de Aprobación para los proyectos presentados; en "EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, 3.4. PROCEDIMIENTO INTEGRADO PARA TRÁMITES" se incorporaron los trámites de registro dentro del proceso general de facilidades administrativas del Programa; en "EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, 3.6.2 "SOBRE EL ACCESO A LAS UNIDADES DE VIVIENDA INCLUYENTE" se actualizaron aspectos específicos respecto del no cumplimiento de...

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