Acuerdo por el que se agrupan al sector coordinado por la Secretaría de Marina, las entidades paraestatales denominadas "Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México", S.A. de C.V.; "Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México", S.A. de C.V., y "Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México", S.A. de C.V.

Fecha de publicación08 Agosto 2023
EmisorSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
ACUERDO por el que se agrupan al sector coordinado por la Secretaría de Marina, las entidades paraestatales denominadas "Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México", S
ACUERDO por el que se agrupan al sector coordinado por la Secretaría de Marina, las entidades paraestatales denominadas "Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México", S.A. de C.V.; "Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México", S.A. de C.V., y "Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México", S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la propia Constitución; 3o., 30, 36, 48 y 49 de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 3o., fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), establece que el Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará de las entidades de la administración pública paraestatal, como son los Organismos descentralizados;
Que la empresa de participación estatal mayoritaria Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, Sociedad Anónima de Capital Variable; se constituyó mediante escritura pública 44,337, otorgada ante la fe del Notario Público número 25 del entonces Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, el 28 de mayo de 1998 y reformada en febrero de 2019. Dicha empresa tiene por objeto, entre otros, adquirir acciones, intereses o participaciones en empresas de participación estatal mayoritaria y en sociedades de naturaleza privada, ya sea como fundadora o mediante adquisiciones de acciones o participaciones en sociedades ya establecidas, dedicadas a la construcción, administración, operación y mantenimiento de aeropuertos, incluida la prestación de servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales; así como la construcción, administración, operación, mantenimiento y explotación de aeródromos civiles en términos de la Ley de Aeropuertos y su reglamento;
Que la empresa de participación estatal mayoritaria Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, Sociedad Anónima de Capital Variable; se constituyó mediante escritura pública 44,338, otorgada ante la fe del Notario Público número 25 del entonces Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, el 28 de mayo de 1998 y reformada el 10 de septiembre de 2001. Dicha empresa tiene por objeto, entre otros, proporcionar toda clase de servicios de asesoría de carácter técnico, de ingeniería, administrativo, financiero, de procesamiento y control de datos; llevar a cabo investigaciones para desarrollo tecnológico o investigaciones profesionales; implementación y desarrollo de programas, procedimientos e incentivos; obtener, adquirir, usar, licenciar o disponer de todo tipo de patentes, y obtener todo tipo de préstamos o créditos con o sin garantía;
Que la empresa de participación estatal mayoritaria Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Sociedad Anónima de Capital Variable; se constituyó mediante escritura pública 44,339, otorgada ante la fe del Notario Público número 25 del entonces Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, el 28 de mayo de 1998 y reformada el 30 de agosto de 2016. Dicha empresa tiene por objeto, entre otros, administrar, operar, construir y explotar uno o varios aeródromos civiles y aeropuertos ubicados en Ciudad de México; así como prestar servicios aeroportuarios complementarios y comerciales, y servicios auxiliares y especiales necesarios para la explotación de dichos aeropuertos;
Que la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de mayo de 2019 y aprobada por el Senado, busca preservar la seguridad interior del país y garantizar la defensa exterior de México, aprovechar los recursos humanos, materiales e infraestructura que pueden aportar las Fuerzas Armadas en favor de la seguridad del país y reorientarlas para impulsar la colaboración entre la población civil al enfatizar el papel de estas como parte...

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