Acuerdo por el que se adiciona un conjunto de Indicadores Clave en materia de Cultura al Catálogo Nacional de Indicadores.

Fecha de publicación15 Febrero 2022
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
ACUERDO por el que se adiciona un conjunto de Indicadores Clave en materia de Cultura al Catálogo Nacional de Indicadores
ACUERDO por el que se adiciona un conjunto de Indicadores Clave en materia de Cultura al Catálogo Nacional de Indicadores. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21, 22, 24, 25, 33 fracción II, 56 y 77 fracción VII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y 18 de las Reglas para la integración, difusión y administración del Catálogo Nacional de Indicadores, y
CONSIDERANDO
Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley del Sistema), establece que la Junta de Gobierno debe aprobar los indicadores generados por los Subsistemas Nacionales de Información.
Que los Subsistemas Nacionales de Información deberán generar un conjunto de indicadores clave que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica demográfica, salud, educación, empleo, distribución del ingreso y pobreza, seguridad pública e impartición de justicia, gobierno, vivienda, sistema de cuentas nacionales, ciencia y tecnología, información financiera, precios, trabajo, atmósfera, agua, suelo, flora, fauna, residuos peligrosos y residuos sólidos.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía establecerá en coordinación con las Unidades del Estado, un Catálogo Nacional de Indicadores, a partir de la información básica que se obtenga de:
1. El censo nacional de población y vivienda, o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
2. Los censos nacionales económicos y agropecuarios, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
3. Los censos nacionales de gobierno, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
4. El Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales;
5. Un sistema integrado de encuestas nacionales de los hogares;
6. Un sistema integrado de encuestas en unidades económicas;
7. Un sistema integrado de inventarios y encuestas sobre recursos naturales y medio ambiente;
8. Un sistema integrado de encuestas nacionales relacionadas con los temas de gobierno, seguridad pública y justicia;
9. Los registros administrativos que permitan obtener Información de Interés Nacional en la materia;
10. Un registro de Unidades del Estado.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, como organismo público responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene como uno de sus objetivos realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley del Sistema, la Información de Interés Nacional, producida y difundida por las Unidades del Estado que conforman el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, será oficial y de uso obligatorio para la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Que el artículo 78 de la Ley del Sistema determina como Información de Interés Nacional los temas señalados en las fracciones I a III del artículo 59, que corresponden a la realización de los censos nacionales, integración del sistema de cuentas nacionales y a la elaboración de los índices nacionales de precios.
Que la Cuenta Satélite de la Cultura de México (CSCM) forma parte del Sistema de Cuentas Nacionales de México.
Que el INEGI y la Secretaría de Cultura conscientes de la importancia que tiene el sector de la cultura decidieron conjuntar esfuerzos para dimensionar sus aportaciones en materia de puestos de trabajo, así como su valor económico a través de la CSCM.
Que el Programa Sectorial de Cultura, 2020-2024 tiene como objetivos prioritarios:
- Reducir la desigualdad en el ejercicio de los derechos culturales de personas y comunidades, prioritariamente en contextos de vulnerabilidad, con su participación en procesos que fortalezcan los ciclos, prácticas e identidades culturales.
- Fortalecer la participación de la cultura en la economía nacional a través del estímulo y profesionalización de las industrias culturales y empresas creativas, así como de la protección de los derechos de autor.
- Brindar herramientas a las personas creadoras para fortalecer sus competencias y capacidades para la generación y circulación de productos y contenidos culturales de calidad.
- Apoyar el crecimiento de la economía del cine y el medio audiovisual, mediante el acceso a los instrumentos de apoyo establecidos para la producción de manera incluyente en todas las regiones y comunidades del país.
- Enriquecer la diversidad de las expresiones creativas y culturales de México mediante el reconocimiento y apoyo a los creadores, académicos, comunidades y colectivos.
Que dicho programa requiere contar con indicadores que permitan caracterizar la participación de personas y comunidades en el proceso de creación de bienes y servicios culturales, en la toma de decisiones que conciernen a la vida cultural y en la difusión y disfrute de la misma, así como caracterizar el fortalecimiento del circuito de producción, circulación y consumo cultural.
Que la CSCM utiliza las recomendaciones internacionales de la Comisión de Estadística de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Comisión de las Comunidades Europeas (EUROSTAT), Fondo Monetario Internacional (FMI), Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y Banco Mundial (BM), las de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO por sus siglas en inglés), así como las de las instituciones integrantes del Comité Técnico de Información Cultural para definir las actividades económicas del sector de la cultura. De la misma forma, la CSCM utiliza el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte con el propósito de permitir la comparabilidad internacional.
Que el Comité Técnico Especializado de Información Cultural (CTEIC) determinó necesaria la medición del crecimiento de los puestos de trabajo ocupados totales del sector de la cultura y el crecimiento real del valor agregado bruto del sector de la cultura.
Que ambos indicadores fueron aprobados por el Comité Técnicos Especializado de los Objetivos de Desarrollo Sostenible el 6 de noviembre de 2020, como parte del Marco Nacional de Indicadores en su Objetivo 17 y que se encuentran publicados en el Sistema de Información de los ODS. A su vez estos indicadores forman parte del Conjunto Temático de Cultura de la Agenda 2030 de la UNESCO.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, en su Segunda sesión ordinaria celebrada el 7 de septiembre de 2021, con base en el análisis del dictamen elaborado por el CTEIC, mediante acuerdo CESNIDS/2.1/2021, documentó y dictaminó procedente el conjunto de indicadores para ser Incluidos en el Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Económica con fundamento en el artículo 18 de las Reglas para la integración, difusión y administración del Catálogo Nacional de Indicadores, en su segunda sesión del 2021, mediante acuerdo CESNIE/2.4/2021 aprobó ambos indicadores para continuar con el proceso para ser puestos a consideración de la Junta de Gobierno del INEGI.
Por lo anterior la Junta de Gobierno, han tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADICIONA UN CONJUNTO DE INDICADORES CLAVE EN MATERIA DE
CULTURA AL CATÁLOGO NACIONAL DE INDICADORES
Primero.- Se adicionan al Catálogo Nacional de Indicadores, en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, los siguientes indicadores:
No.
Indicador clave
1
Crecimiento de los puestos de trabajo ocupados totales del sector de la cultura
2
Crecimiento real del valor agregado bruto del sector de la cultura.
Segundo.- Corresponderá al Instituto Nacional de Estadística y Geografía generar de manera regular y periódica los indicadores en la forma y términos que determine el Comi Técnico Especializado de Información Cultural.
Transitorio
Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo, se aprobó en...

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