Acuerdo A/013/2015 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se regulan los Procedimientos de Notificación a las Personas Sujetas a una Investigación en la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación

27 de Julo de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO A/013/2015 DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACIÓN A LAS PERSONAS SUJETAS A UNA INVESTIGACIÓN EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA O CARPETA DE INVESTIGACIÓN.

Con fundamento en los artículos 1, 20, fracción II y III, Apartado "B", 21 y 122 Apartado "D" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 21, último párrafo, 23 y 24 fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 4 y 7 de su Reglamento; y,

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en los artículos y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos atendiendo a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, correspondiendo al Ministerio Público la investigación de los delitos y la persecución de los imputados, funciones que deberá atender conforme a los principios de legalidad, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, certeza, transparencia, eficacia, eficiencia y estricto respeto a los derechos humanos.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 20, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el imputado tendrá entre otros derechos, a que se le informe de los hechos que se le imputan.

Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la comunicación previa y detallada de la acusación es esencial para el ejercicio efectivo del derecho al debido proceso, ello en concordancia con el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos el cual refiere que una defensa adecuada consiste en la posibilidad de contar con el tiempo y los medios adecuados para la preparación de ésta, lo que conlleva el respeto al derecho al debido proceso, entendido éste como el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales a efecto de que las personas estén en condiciones de defenderse ante cualquier acto del Estado que pueda afectar su esfera jurídica

En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el...

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