Acuerdo/01/2016, de la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, mediante el que determina modificar Un Sistema de Datos Personales de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL,

Perla Gómez Gallardo, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 6° fracción II, 16 párrafo segundo y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 6, 7, 17, 22 fracciones I, V y XVII y 51, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y 1°, 5° fracción I, 7°, 14, 15, 16, 17, 19, 20 fracción X, y demás relativos y aplicables de su Reglamento Interno; y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y numerales 1, 6, 7, 8 y 16 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

  1. Que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un Organismo Público Autónomo con personalidad jurídica y patrimonios propios, en virtud de lo cual no recibe instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor público alguno en el desempeño de sus funciones, en el ejercicio de su autonomía y del presupuesto anual que se le asigne por ley, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos, establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales en la materia.

  2. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal a la fecha cuenta con once sistemas de datos personales, entre los que se encuentran el denominado "Sistema de Recursos Humanos de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal" cuya última modificación fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de agosto de 2015.

  3. La Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece en su artículo 6, que corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.

  4. Con el objeto de contar con más y mejores herramientas para el debido cumplimiento del objeto legal de esta Comisión así como para la mejor protección de los datos personales que la misma detenta, se considera indispensable impulsar diversas estrategias para el fortalecimiento institucional por lo que resulta necesario modificar un sistemas de datos personales del Ente Público, por lo que emito el:

ACUERDO/01/2016, DE LA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE...

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