Acuerdo 01/2014 por el que se da a conocer la delegación de facultades para la ejecución de las sanciones administrativas que se indican

EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Presidencia.

ACUERDO 01/2014

DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS QUE SE INDICAN.

El Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 30 fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicada el 6 de diciembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, corresponde al Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa representar al propio Tribunal ante toda clase de autoridades.

Que de conformidad con el artículo 30, fracción I de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa tiene la atribución de delegar las facultades que el ejercicio de esta función requiere.

Que el artículo 13, fracciones II y III, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos dispone, en lo conducente, que las sanciones por falta administrativa consistirán en suspensión del empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días ni mayor a un año, y, destitución del puesto, respectivamente;

Que el artículo 16, fracción II del ordenamiento legal citado en el párrafo inmediato anterior, señala que la suspensión o la destitución del puesto de los servidores públicos serán ejecutadas por el titular de la dependencia o entidad correspondiente, y que la ejecución de las sanciones administrativas se llevará a cabo de inmediato;

Que dada la naturaleza jurídica de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de una interpretación análoga del precepto invocado en el párrafo que antecede corresponde al Magistrado Presidente la ejecución de las sanciones en cita.

Que visto lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como del artículo 16, fracción I, de su Reglamento Interior, delego en el Director General de Recursos Humanos, adscrito a la Secretaría Operativa de Administración, la facultad de ejecutar las sanciones por faltas administrativas consistentes en la...

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