Acuerdo 008/2020, del Contralor del Poder Legislativo del Estado de México, por el que se amplía la suspensión de las actividades procedimentales y administrativas de esta dependencia.

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO
CONTRALORÍA DEL PODER LEGISLATIVO
ACUERDO 008/2020
ACUERDO DEL CONTRALOR DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE AMPLÍA LA
SUSPENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROCEDIMENTALES Y ADMINISTRATIVAS DE ESTA DEPENDENCIA.
M. en D. Juan José Hernández Vences, Contralor del Poder Legislativo del Estado de México, de conformidad con los
artículos 1 párrafo tercero, 4 y 108, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 y 130 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 94, fracción III, y 96, párrafo primero de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 153 y 155, fracciones I, II, IV, V y VIII del Reglamento del Poder
Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 9 fracción IX y 123 de la Ley de Responsabilidades Administrativas
del Estado de México y Municipios; 1, 2, 3, 4, 8, fracciones I, XIX y XXIII, d el Reglamento Interno de la Contraloría del Poder
Legislativo del Estado de México Vigente; así como en el numeral 8 del a cuerdo emitido por la Jun ta de Coordinación
Política de la H. “LX” Legislatura del Estado y Libre y Soberano de México, en su sesión del diecisiete de marzo del año en
curso; y
CONSIDERANDO
Único.- Que atendiendo al sistema de semáforos regionales para la reapertura de actividades, establecidos por parte de la
Secretaría de Salud Federal, a través de publicación de fecha quince de mayo de dos mil veinte en el Diario Oficial de la
Federación; y tomando en consideración que el Estado de México aún se encuentra en semáforo rojo (riesgo epidemiológico
máximo); es necesario prolongar las medidas preventivas implementadas a través del diverso Acuerdo 007/2020, publicado
en Gaceta del Gobierno el día quince de junio de dos mil veinte, en los mismos términos en él establecidos.
Con base en lo antes expuesto, se tiene a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero. Se determina ampliar al día VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL VEINTE, la suspensión de las
actividades procedimentales y administrativas de esta dependencia, en las que se incluyen audiencias, diligencias, plazos y
términos dentro de los procedimientos de responsabilidad administrativa de los asuntos de su competencia, declarada a
través del diverso acuerdo publicado en Gaceta del Gobierno el día 15 de junio de 2020, en los mismos términos
establecidos en éste, tanto en oficinas centrales, como en las Delegaciones Regionales ubicadas en los municipios de
Chalco y Naucalpan, Estado de México.
Artículo Segundo. Se exceptúa de lo anterior, los actos de Entrega-Recepción en los que esta Dependencia deba
intervenir.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir del primero de julio de dos mil veinte.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil
veinte.
M. en D. Juan José Hernández Vences
Contralor del Poder Legislativo
(Rúbrica).

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