De la Actuación de los Arbitros

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas929-930
Presentación del examen de conocimientos
8o.- El examen de conocimientos se presentará conforme a lo si-
guiente:
I. Resolver el cuestionario que elabore el comité técnico previsto en el
artículo 14 de este Reglamento;
II.Redactar un conveniopor el que se establezcan reglasarbitrales de
un caso hipotético; y
III. Elaborar el laudo del caso hipotético planteado.
Elexamen será resueltoindividualmente, conforme al tiempoe indica -
ciones establecidos por el comité técnico a que se refiere el artículo 14
del presente Reglamento. La contravención a esta disposición anulará
el examen del sustentante.
Si el aspirante no aprueba el examen, podrá volver a presentarlo,
siempre que entre uno y otro medien por lo menos seis meses.
Vigencia de la inscripción a la lista de árbitros
9o.- La vigencia de la inscripción en la lista de árbitros será de un año
contado a partir de la fecha de inscripción, y renovable en forma indefi-
nida por periodos iguales.
Larenovación sedará siem pre que exista solicitud por escrito del árbi-
tro, presentada ante la Secretaría, durante los veinte días hábiles pre-
vios a la fecha de conclusión de su vigencia, en la que manifieste bajo
protesta de decir verdad que sigue cumpliendo los requisitos señala-
dos en el artículo 6o. del presente Reglamento.
Cancelación de la inscripción en la lista de árbitros
10.- La Secretaría procederá a la cancelación de la inscripción en la
Lista de Arbitros, otorgada en términos del presente Reglamento, al ár-
bitro que incurra en incumplimiento de las disposiciones del mismo, el
cual quedará impedido para obtener nueva inscripción de conformidad
con las disposiciones legales aplicables.
RLFPC122–ACTUACION DE ARBITROS
CAPITULO III
De la Actuación de los Arbitros
Desarrollo de la actuación del árbitro
11.- La actuación de árbitro se realizará conforme a lo siguiente:
I. Prestará, cuando se le requiera, el servicio de arbitraje durante la vi-
gencia de su inscripción en la lista a que se refiere el artículo 3o. de este
Reglamento, excepto cuando medie causa justificada a juicio de la Se-
cretaría;
II.Ejercerá personalmente sus funciones, con probidad, honradez, le-
galidad, eficiencia, profesionalismo e imparcialidad;
III. Mantendrá confidencialidad sobre la información a que tenga ac-
ceso en virtud de los procedimientos en que intervenga;
IV.Sujetará el procedimiento arbitral al convenio que celebren el pro-
veedor y el consumidor y,en lo no previsto, a lo dispuesto en el Código
de Comercio;
929 RLFPC122–ACTUACION DE ARBITROS 8o.-

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