Acta de Instalaciones del Comité de Selección Documental de la Universidad Tecnológica del Valle de Toluca

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GAC ETA
C, E L 606II E Ft PF 628.
4 de septiembre de 2015
establecidas en este Acuerdo, traerá como consecuencia la aplicación de las medidas de seguridad y
sanciones que correspondan, conforme a la legislación urbana vigente.
DÉCIMO
SEXTO.
Con fundamento en el artículo 115 fracción VI del Reglamento del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México, deberá
inscribir
en la oficina correspondiente del Instituto de la
Función Registral del Estado de México, la escritura pública hecha ante Notario Público de constitución
de los condominios que contenga la autorización y los planos respectivos, en un plazo no mayor de 90
días hábiles contados a partir de la publicación del presente Acuerdo en el periódico oficial
Gaceta del
Gobierno
del Estado de México, debiendo hacerlo del conocimiento de la Dirección General de
Operación Urbana, dentro del mismo plazo.
DÉCIMO
SÉPTIMO.
Deberá colocar una
placa metálica
de al menos 80 x 80 cm. En un murete, en la cual se consigne como
mínimo la fecha del presente Acuerdo, así como el tipo del desarrollo autorizado, conforme lo dispone el
artículo 52 fracción XIX del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de
México. La ubicación del murete será en el acceso al condominio.
DÉCIMO
OCTAVO.
El presente Acuerdo de autorización de relotificación parcial y de Condominios horizontales, no habilita a
su titular a llevar a cabo alguno de los actos para los cuales el Código Administrativo del Estado de
México y el Reglamento del Libro Quinto de dicho ordenamiento exijan una autorización específica,
conforme lo dispone el artículo 52 fracción XVI y 115 del Reglamento invocado.
DÉCIMO
NOVENO.
El presente acuerdo de autorización de los condominios
"LOTE 4, DEL LOTE 12 MANZANA V" y
"LOTE 5, DEL LOTE 12 MANZANA V",
ubicados al interior del conjunto urbano denominado
"BOSQUE REAL",
en el municipio de Huixquilucan, Estado de México, surtirá sus efectos al día hábil
siguiente al en que se publique en el periódico oficial
Gaceta del Gobierno
del Estado de México,
debiendo su representada cubrir los derechos correspondientes a dicha publicación, en términos de lo
dispuesto por el artículo 51 párrafo segundo del Reglamento de Libro Quinto del Código Administrativo
del Estado de México. La Dirección General de Planeación Urbana, enviará copia del mismo y de los
planos respectivos de relotificación parcial y Condominios al municipio de Huixquilucan y a la Dirección
General de Control Urbano dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano.
ATENTAMENTE
LIC. MARTHA ARACELI CONTRERAS NAVARRETE
DIRECTORA GENERAL DE OPERACIÓN URBANA
(RÚBRICA).
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
lifTV
4
71.11.
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
CF.NTE
7
1ABAJ. , LOGRA
?GRANDE
ACTA DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE SELECCIÓN DOCUMENTAL DE LA
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL VALLE DE TOLUCA
EN LAS INSTALACIONES DE LA SALA DE JUNTAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL VALLE DE TOLUCA,
UBICADA EN CARRETERA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL KM. 7.5, SANTA MARÍA ATARASQUILLO,
LERMA, MÉXICO, SIENDO LAS 11:00 HORAS DEL DIA 13 DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, ESTANDO PRESENTES
LOS CC. RITA YOLANDA MARTINEZ REYNOSO, ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN Y EXTENSIÓN
UNIVERSITARIA, CYNTIA ALEJANDRA AGUILAR FLORES, JEFA DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS
BIBLIOTECARIOS, MOISÉS MAYA MONTOYA, ROSA MARÍA GUTIÉRREZ GARCÍA, Y ANA LUCIA CORTEZ ROJAS,

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