Si acreditas ausencia por sismo, tu patrón está obligado a pagarte

CIUDAD DE MÉXICO, septiembre 26 (EL UNIVERSAL).- La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) anunció que los patrones están obligados a pagar los salarios íntegros a los trabajadores que acrediten su ausencia debido a causas de fuerza mayor, esto en el marco de los fenómenos naturales que han azotado al país.

Los trabajadores que resultaron afectados por los sismos deben notificar al patrón su causa de fuerza mayor y acreditarla con evidencias, a fin de garantizar el pago de su salario y ante cualquier conflicto laboral, así lo recomendó la titular de la dependencia, Aurora Cervantes Martínez.

La funcionaria del organismo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), consideró importante que tanto trabajadores como patrones afectados den cumplimiento estricto a las obligaciones previstas por la ley, para evitar que las relaciones de trabajo se vean afectadas por incumplimiento imputable a alguno de ellos.

"Los patrones tienen la obligación de pagar el salario, de no suspender la paga y, por supuesto, de no afectar a los trabajadores de ninguna forma, siempre que ellos acrediten avisando oportunamente que tienen una causa justificada y que por esa causa justificada no van a poder asistir a sus centros laborales", indicó.

Explicó que, cuando son imputables las causas al trabajador, el patrón no tiene otra obligación más que entregar los montos correspondientes por alcances legales, es decir, las partes proporcionales de sus prestaciones.

Por otro lado, cuando es causa imputable al patrón se considera despido injustificado y el trabajador tiene derecho a demandar su reinstalación o indemnización correspondiente. La procuraduría laboral detalló que de acuerdo a...

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