Aviso por el que se da a conocer la acreditación y aprobación como organismo de certificación de producto del Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal, A.C. (COMERCAM

Fecha de disposición09 Octubre 2003
Fecha de publicación09 Octubre 2003
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

AVISO por el que se da a conocer la acreditación y aprobación como organismo de certificación de producto del Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal, A.C. (COMERCAM).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACREDITACION Y APROBACION COMO ORGANISMO DE CERTIFICACION DE PRODUCTO DEL CONSEJO MEXICANO REGULADOR DE LA CALIDAD DEL MEZCAL, A.C. (COMERCAM).

La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 16 y 34 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracciones II, V y IX, 39 fracciones V, VI y XII, 40 fracciones XV, 68, 70, 72, 73, 89 y demás correlativos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y los artículos 1, 2 apartado B fracción VII, 11, 12 fracciones X, XI y XVI y 19 fracciones XIV, XV y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

  1. Que el 28 de noviembre de 1994, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución mediante la cual se otorgó protección a la Denominación de Origen Mezcal, para ser aplicada a la bebida alcohólica del mismo nombre, en el territorio comprendido para tales efectos en la declaración y sus subsecuentes modificaciones;

  2. Que el 12 de junio de 1997, en el mismo órgano informativo se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1994, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones;

  3. Que dicha NOM establece en sus consideraciones que la misma no entrará en vigor sino hasta el día siguiente de aquel en que fuera publicado -en el Diario Oficial de la Federación- el Aviso por el cual se dé a conocer la acreditación y aprobación del organismo de evaluación de la conformidad del producto objeto de esta Norma;

  4. Que durante mucho tiempo dicho Aviso no pudo ser publicado, toda vez que no se contaba con la infraestructura técnica y administrativa suficiente para determinar el grado de cumplimiento con las especificaciones del Mezcal , motivo por el cual la Norma Oficial Mexicana aludida no ha entrado en vigor y, por ende, su cumplimiento no podría ser exigido a los particulares en tanto dicha condición no se cumpla;

  5. Que el 19 de diciembre de 2002, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las convocatorias para la acreditación y aprobación de organismos de certificación y unidades de verificación para evaluar la Norma Oficial...

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