Acota Corte a procesados

REFORMA / Redacción

De acuerdo con un fallo de la Suprema Corte, emitido el pasado 27 de mayo, los procesos de desafuero contra funcionarios presuntamente responsables de algún delito no podrán ser suspendidos por los jueces federales.

El máximo tribunal resolvió que si un servidor público sujeto a desafuero promueve una demanda de amparo contra la Cámara de Diputados -encargada de estos procedimientos-, el juez que conozca del caso no podrá dictar una suspensión que impida a los legisladores resolver el caso.

La Corte considera que por encima del interés particular del funcionario bajo investigación, se encuentra el interés de la sociedad a la que sirve.

"Los servidores públicos investidos de inmunidad constitucional son depositarios de facultades en extremo delicadas y trascendentes, en consecuencia, es más reprochable, socialmente hablando, que al resguardo de la citada inmunidad se cometan conductas que pudieran constituir...

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