Aclaración a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999, Instalaciones eléctricas (utilización), publicada el 27 de septiembre de 1999

EmisorSecretaría de Energía

Aclaración a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999, Instalaciones eléctricas (utilización), publicada el 27 de septiembre de 1999.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.

La Secretaría de Energía, por conducto de la Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 1, 2 y 12 bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 27 de septiembre de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999, Instalaciones Eléctricas (Utilización).

Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas detectó algunas imprecisiones en las referencias que es necesario adecuar en diversos numerales, debido a la reestructuración del proyecto de la Norma, sin que se afecte el fondo de la misma.

Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas, solicitó a la Secretaría de Energía la publicación de esas referencias en el Diario Oficial de la Federación, tomando en cuenta que esta Norma entrará en vigor el próximo 27 de marzo, es conveniente formular estas aclaraciones para facilitar su consulta y correcta interpretación.

ACLARACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SEDE-1999, INSTALACIONES ELECTRICAS (UTILIZACION), PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 1999

Las referencias contenidas en la columna DICE , donde se precisa su ubicación deben sustituirse por las referencias contenidas en la columna DEBE DECIR .

DICE: DEBE DECIR:
110-14. Conexiones eléctricas. a) Terminales. (Véase 311-3) Véase 921-24(b).
210-5. Códigos de colores de los circuitos derivados Excepción 2: ...206(a), Excepción 3 ...206(b). ... 200-6(a) Excepción 3 y en 200-6(b).
210-8. Protección de las personas mediante interruptores con protección de falla a tierra. Excepción 2: ... 210-52(g). 210-52(d).
210-50. Disposiciones generales. 210-52 a 210-63. 210-52 y 210-60.
210-70. Salidas requeridas para alumbrado. 210-70(a), (b) y (c). 210-70(a).
230-32. Protección contra daños. 311-2. 923-4.
230-43. Métodos de alambrado para 600 V nominales o menos. 15) 259-79(a), (c) y (f) 250-79(a), (c) y (f).
230-206. Dispositivos de protección contra sobrecorriente utilizados como medio de desconexión 203-208 ..
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