Aclaración a la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SESH-2010, Vehículos para el transporte y distribución de Gas L.P.- Condiciones de seguridad, operación y mantenimiento, publicada el 11 de julio de 2011

Fecha de disposición11 Julio 2011
Fecha de publicación21 Septiembre 2011
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. ACLARACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-SESH-2010, VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS L.P.- CONDICIONES DE SEGURIDAD, OPERACION Y MANTENIMIENTO, PUBLICADA EL 11 DE JULIO DE 2011.

En la página 69, numeral 5 dice:

5. Condiciones de seguridad y mantenimiento de los semirremolques

5.1 Válvulas, accesorios y conexiones del recipiente no transportable

[...]

Asimismo, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 5.1.1.7, cada diez años el propietario del auto-tanque debe solicitar a la Dirección General de Gas L.P. o a una unidad de verificación aprobada en la presente Norma Oficial Mexicana, la revisión de la válvula interna del recipiente no transportable y, en su caso, solicitar su reparación o sustituir dicho accesorio por una válvula nueva. Los registros del tiempo de vida de la válvula, así como de la verificación referida en este párrafo, deben estar previstos en la documentación descrita en el numeral 4.1.

Debe decir:

5. Condiciones de seguridad y mantenimiento de los semirremolques

5.1 Válvulas, accesorios y conexiones del recipiente no transportable

...

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