Acuerdo por el que se da a conocer el cupo máximo para importar aceite en bruto de girasol, originario y procedente de la República de Argentina

EmisorSecretaría de Economía

ACUERDO por el que se da a conocer el cupo máximo para importar aceite en bruto de girasol, originario y procedente de la República de Argentina.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 4o. fracción III, 5o. fracción V, 6o., 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracciones III y V, 26, 31, 32, 33 y 35 de su Reglamento; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y 2o. del Decreto por el que se dispone la importación de mercancías originarias y provenientes de los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración, y

CONSIDERANDO

Que nuestro país es parte del Tratado de Montevideo 1980, que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración, dentro de la cual se ha negociado con los distintos Estados miembros de esa Asociación y con países de América Central y del Caribe, preferencias arancelarias sujetas a cupo;

Que el 19 de abril de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que establece las bases conforme a las cuales se aplicará el Acuerdo de Complementación Económica No. 6;

Que el Decreto citado en el considerando anterior, señala en el Anexo III del Artículo Tercero las preferencias arancelarias otorgadas por los Estados Unidos Mexicanos a la República de Argentina, de conformidad con el Decimoprimer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica No. 6;

Que el 1 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los textos íntegros del Decimosegundo Protocolo Adicional y Decimocuarto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6;

Que entre los productos beneficiados de las preferencias arancelarias negociadas en el referido Decimoprimer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica No. 6, se encuentra el aceite en bruto de girasol;

Que es una estrategia prioritaria del gobierno federal fortalecer los mecanismos regionales de diálogo político y de integración económica, así como establecer los mecanismos adecuados para la administración de los acuerdos comerciales internacionales suscritos por los Estados Unidos Mexicanos;

Que el procedimiento de asignación del cupo que se trata en el...

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