Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Puebla y los municipios de Acatlán, Acatzingo, Ajalpan, Amozoc, Atlixco, Chalchicomula de Sesma, Chignahuapan, Cuautlancingo, Huauchinango, Huejotzingo, Izúcar de Matamoros, Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan, San Pedro Cholula, San Salvador El Seco, Tecamachalco, Tehuacán, Tepeaca, Teziutlán, Xicotepec y Zacatlán de dicha entidad federativa

Fecha de disposición28 Octubre 2008
Fecha de publicación28 Octubre 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL", QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR LA DELEGADA FEDERAL DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE PUEBLA, MTRA. ANAHI ROMERO ALONSO; POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA REPRESENTADO POR EL EJECUTIVO ESTATAL EN LO SUCESIVO "EL ESTADO" POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACION Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, LA SECRETARIA DE DESARROLLO EVALUACION Y CONTROL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COORDINADOR DEL SUBCOMITE ESPECIAL DE DESARROLLO SOCIAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE PUEBLA, REPRESENTADAS POR SUS TITULARES LOS CC. ING. GERARDO MARIA PEREZ SALAZAR, EL MTRO. Y C.P.C. VICTOR MANUEL SANCHEZ RUIZ Y EL LIC. ALEJANDRO ARMENTA MIER, RESPECTIVAMENTE; Y LOS MUNICIPIOS DE ACATLAN, ACATZINGO, AJALPAN, AMOZOC, ATLIXCO, CHALCHICOMULA DE SESMA, CHIGNAHUAPAN, CUAUTLANCINGO, HUAUCHINANGO, HUEJOTZINGO, IZUCAR DE MATAMOROS, PUEBLA, SAN ANDRES CHOLULA, SAN MARTIN TEXMELUCAN, SAN PEDRO CHOLULA, SAN SALVADOR EL SECO, TECAMACHALCO, TEHUACAN, TEPEACA, TEZIUTLAN, XICOTEPEC Y ZACATLAN, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. ARISTEO ARIZA ALONSO, ROBERTO BAUTISTA LOZANO, IGNACIO SALVADOR HERNANDEZ, ALFREDO BRETON SANCHEZ, ELEAZAR PEREZ SANCHEZ, JUAN MANUEL JIMENEZ GARCIA, LUIS ANGEL CARRASCO GASCA, JOSE RICARDO JUAN TEQUIPANECATL, ROGELIO LOPEZ ANGULO, ALBERTO ESPINOZA GUEVARA, ENCARGADO DE DESPACHO RICARDO ARTURO HERRERA VELAZQUEZ, BLANCA MARIA DEL SOCORRO ALCALA RUIZ, DAVID CUAUTLI JIMENEZ, NOE PEÑALOZA HERNANDEZ, FRANCISCO ANDRES COVARRUBIAS PEREZ, ALFREDO PEREZ REYES, INES SATURNINO LOPEZ PONCE, FELIX ALEJO DOMINGUEZ, MARTIN DE JESUS HUERTA RUIZ, JORGE ARNULFO CAMACHO FOGLIA, JUAN CARLOS VALDERRABANO VAZQUEZ Y JUAN RAUL DE LLATA MIER, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa Hábitat. Conforme a lo establecido en sus Reglas de Operación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, el objetivo general de Hábitat es contribuir a la integración social y urbana de los habitantes de las zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza.

  2. Mediante oficio número 312.A.-001294 de fecha 28 de diciembre de 2007, la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la Secretaría de Desarrollo Social, el monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el presente año, comprendidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008.

  3. La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante el oficio número 410.20.- 00070/08, de fecha 4 de enero de 2008, le comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el presente año.

  4. La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante oficio circular número 300/08/2008 de fecha 16 de enero de 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2008, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social la asignación de los subsidios federales del Programa Hábitat por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2008.

DECLARACIONES

  1. "EL ESTADO" a través de sus secretarías declaran:

    I.1 Estado de Puebla es una Entidad Libre y Soberana y forma parte integral de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

    I.2 Las secretarías de Gobernación, Finanzas y Administración, de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública y de Desarrollo Social, son dependencias del Ejecutivo Estatal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 fracciones II, III y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

    I.3 Que los titulares de la secretarías de Gobernación, Finanzas y Administración, de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública y de Desarrollo Social acreditan su personalidad mediante nombramientos expedidos con fecha 1 de febrero del año 2005; 1 de febrero del año 2005 y 3 de abril del año 2006, respectivamente por el titular del poder Ejecutivo del Estado, cuentan con las facultades necesarias para la suscripción del presente instrumento en los términos de los artículos 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 10, 30 fracciones IV, VI y XXV, 31 fracción IV y 40 Quáter fracciones III y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 6 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración; 1, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social y 1, 7 y 8 de la Secretaría de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública.

    I.4 Que el Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración funge como Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla, de conformidad con lo establecido por los artículos 8 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, 3 fracción II y 5 del Decreto de Creación del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla; 2 fracción II y 6 del Reglamento Interior del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla.

    I.5 Que el Titular de la Secretaría de Desarrollo Social funge como Coordinador del Subcomité Especial de Desarrollo Social del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla.

    El Estado instaló en la Asamblea Plenaria Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla de fecha 2 de mayo de 2005, el Subcomité Especial de Desarrollo Social, dentro del seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla (COPLADEP) el cual es el enlace operativo entre el Estado y la SEDESOL para el logro de los objetivos del presente Acuerdo, este Subcomité informará oportunamente al COPLADEP, de las acciones realizadas.

    I.6 Para los efectos del presente Acuerdo, el Secretario de Desarrollo Social señala como domicilio legal, el ubicado en Avenida 20 Oriente número 2036, colonia Humboldt, en la ciudad de Puebla, Pue.

  2. "LOS MUNICIPIOS" a través de sus representantes declaran:

    II.1 Que el Municipio libre y soberano es una entidad de derecho público investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, que constituye la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un Gobierno de elección popular directa, el cual tiene como propósito satisfacer las necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en su circunscripción territorial; de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

    2, 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 2, 3 y 90 de la Ley Orgánica Municipal.

    II.2 Que a partir del 15 de febrero del año 2008, fungen como Presidentes Municipales Constitucionales de los Municipios a que representan, por lo tanto les corresponde su representación, encontrándose facultados para la firma del presente Acuerdo, de conformidad con los artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Puebla y de las autorizaciones de cabildo que para tal efecto les fueron otorgadas.

    II.3 Para los efectos de este Acuerdo, señalan como domicilio legal el ubicado en la sede del Ayuntamiento de cada municipio.

  3. "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" declaran:

    III.1 Que reconocen la personalidad con la que se ostentan y tienen capacidad jurídica para asumir las funciones que en el presente Acuerdo se especifican.

    III.2 Que hacen patente su voluntad para llevar a cabo las actividades relacionadas con el presente Acuerdo y que en su suscripción no existe dolo, error, mala fe, ni cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectarla.

    III.3 Que se comprometen a suscribir el presente Acuerdo, así como a concretar eficientemente las acciones que se deriven en el presente instrumento.

    Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45 y 54, 74, 75 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, 24, 32 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 23, 24, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal...

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