Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral Ferretera San Luís, S.A. de C.V

EmisorSecretaría de la Función Pública

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral Ferretera San Luís, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Luz y Fuerza del Centro.- Area de Responsabilidades.- Expediente RS-0072/2003.- Oficio 18/500/AR/00108/2006.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL DENOMINADA FERRETERA SAN LUIS, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 8 segundo párrafo, 60 penúltimo párrafo y 61 último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto del oficio número 18/500/AR/0094/2006 del 24 de febrero de 2006, que se dictó en el expediente número RS-0072/2003, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la persona moral denominada Ferretera San Luís, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en...

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