Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Papelería Tarasca, S.A. de C.V

Fecha de disposición24 Noviembre 2004
Fecha de publicación24 Noviembre 2004
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Papelería Tarasca, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Consejo Nacional de Fomento Educativo.- Area de Responsabilidades.- Expediente PSP/18/2003.

CIRCULAR 11/150/ARQ/07-0705/04

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA PAPELERIA TARASCA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 6, 7, 59, 60 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 69 de su Reglamento; 64 fracción I numeral 5, tercero y cuarto transitorios del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el doce de diciembre de dos mil tres y 27 de Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Fomento Educativo; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto del oficio número 11/150/ARQ/02-0686/04 de fecha veintinueve de octubre del año en curso, que se dictó en el expediente número PSP/18/2003, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado...

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