Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar miel de abeja, preparación usada en panadería, harina y polvo de carne o despojos y ácido esteárico de vacuno, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay
Fecha de disposición | 18 Julio 2005 |
Fecha de publicación | 18 Julio 2005 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se dan a conocer los cupos para importar miel de abeja, preparación usada en panadería, harina y polvo de carne o despojos y ácido esteárico de vacuno, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en el artículo 3-03 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay; 4o. fracción III, 5o. fracción V, 6o., 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción III, 26, 31, 32, 33 y 35 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que para fortalecer y ampliar las relaciones comerciales con la República Oriental del Uruguay, con fecha 15 de noviembre de 2003 se suscribió el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, mismo que aprobó el Senado de la República el 28 de abril de 2004 y promulgado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2004;
Que el Anexo 3-03 (4) del artículo 3-03 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay establece que México permitirá la importación de ciertas mercancías originarias de Uruguay con una preferencia arancelaria porcentual dentro de una cuota determinada;
Que los procedimientos de asignación de los cupos que se tratan en el presente Acuerdo, son un instrumento de la política sectorial para promover condiciones equitativas de competencia e incrementar las corrientes comerciales con los países con los que México tiene suscritos acuerdos comerciales, y
Que la medida a que se refiere el presente instrumento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS PARA IMPORTAR MIEL DE ABEJA, PREPARACION USADA EN PANADERIA, HARINA Y POLVO DE CARNE O DESPOJOS Y ACIDO ESTEARICO DE VACUNO, ORIGINARIOS DE LA REPUBLICA ORIENTAL...
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