Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 03 de Marzo de 2023 - Parte 5

viernes 03 de marzo de 2023
«EL ESTADO DE SINALOA» 125
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN IGNACIO, SINALOA.
C. MC. OCTAVIO BASTIDAS MANJARREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL
DEL
AYUNTAMIENTO DE SAN IGNACIO, SINALOA, MEXICO, A SUS
HABITANTES
HACE
SABER:
Que el Honorable Ayuntamiento de San Ignacio, por conducto de la Secretaría, se ha
servido comunicarme para los efectos correspondientes, lo siguiente:
Que en sesión ordinaria de cabildo número 33, en fecha 31 de Enero del año dos mil
veintitrés, el Honorable Ayuntamiento de San Ignacio, en ejercicio de las facultades
conferidas por los Artículos 115, fracción II, Párrafo Segundo de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 125 Fracción II de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Sinaloa; Articulo 2, 3, 27 y demás relativos de la Ley de
Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; y en relación al Acuerdo CESP/I11/11/22
publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" el día miércoles 11 de marzo del
presente año, el cual solicita establecer en el Bando de Policía y Buen gobierno una
prohibición que impida que los vehículos porten polarizados en los cristales, parabrisas y
ventanillas, así como rótulos, carteles y objetos opacos que obstaculicen la visibilidad
hacia el interior de los vehículos; a sus habitantes hace saber, una vez aprobado por el
Honorable Ayuntamiento de San Ignacio, ha tenido a bien expedir, para su debida
publicación y observancia el presente:
DECRETO MUNICIPAL No. 03
BANDO DE POLICIA
Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE
SAN IGNACIO, SINALOA.
Artículo Único. - Se
reforma el artículo 68 y se adicionan los numerales 25, 26 para
quedar de la manera siguiente:
ARTÍCULO 68.- ...
1 al 24.
25.
Los conductores de motocicletas, así como sus acompañantes deberán portar los
cascos reglamentarios y anteojos protectores.
26.
Los conductores de vehículos automotores podrán contar con un polarizado no
mayor al 20% de obscurecimiento en los cristales laterales y el trasero, el cristal
frontal, también conocido como parabrisas, no deberá contar con ninguna película que
obstruya la visibilidad al interior de la unidad motriz, así como rótulos, carteles y
objetos opacos que obstaculicen la visibilidad al interior del vehículo.
1‘
1
120.
3
Reo.
103 yoe
ASTI AS NJARREZ
MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
126 «EL ESTADO DE SINALOA»
viernes 03 de marzo de 2023
Transitorios
ARTICULO PRIMERO. - El presente decreto entra en vigor el
día siguiente de su
publicación en El Periódico Oficial
"El Estado de Sinaloa'.
ARTICULO SEGUNDO. - El presente Decreto, es dado en
el Salón de Cabildo del
Honorable Ayuntamiento de San Ignacio, a los treinta y un días del mes de enero del año
dos mil veintitrés.
C. MC.
PR
ASTI
AS MANJARREZ
MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
ATENTAMENTE
OBIERNO SENSIBLE Y HUMANI ARIO"
7.
. MC. JOSÉ JEOVAN ROSAS
CRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO
Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y se
le dé el debido
cumplimiento.
Es dado en el Edificio sede del Palacio del Ejecutivo Municipal de San Ignacio, Sinaloa, a
los treinta y un días del mes de enero del año dos mil veintitrés.
C. MC. JOSE JEOVAN ROSAS C
SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO

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