Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 11 de Enero de 2023 - Parte 2

miércoles 11 de enero de 2023
«EL ESTADO DE SINALOA» 39
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA
DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE
SINALOA.
El suscrito, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, con fundamento en lo establecido en los
artículos 26 fracción XVIII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 117
fracción 1, y 132 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el Periódico Oficial "El
Estado de Sinaloa" el 25 de julio de 2001, con aplicabilidad en base al artículo cuarto transitorio de la Ley de
Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el enunciado periódico oficial, el 14 de octubre de 2009,
y los artículos 1° y 7
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fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en
el en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", el día 20 de Marzo de 2000; los cuales me confieren
atribuciones para autorizar, coordinar, controlar, supervisar, registrar y resolver las solicitudes de autorización
que realizan las personas fisicas y morales para prestar servicios privados de seguridad; y una vez verificada
la acreditación de los requisitos establecidos en la normativa aplicable, en uso de las facultades antes
señaladas, determino lo siguiente:
RESOLUCIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD
Expediente adminbtrativo
N
°
PM-093-2022
Solicitante
Razón Social
Persona Fisica
GRUPO MAYA PROTECCIÓN PERSONAL PRIVADA Y EMPRESARIAL, S.
A. DE C. V.
Nombre Comercial
GRUPO MATA
Fecha de Solicitud
29 de noviembre de 2022.
Determinación
Se autoriza al solicitante a prestar los servicios privados de seguridad en esta
entidad Federativa, en el periodo, modalidades
y
condiciones establecidas en la
resolución administrativa correspondiente
N' de Autorización
SSP.SIN/332/2013
Vigencia de la autorización
Del 07/01/2023 AL 06/01/2024.
Modalidad autorizada
VIGILANCIA DE LUGARES O ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
CAMPOS AGRICOLAS, GRANJAS ACUICOLAS Y EN GENERAL DE
TODA CLASE DE INMUEBLES Y PROTECCIÓN A PERSONAS
- - - La resolución administrativa completa podrá consultarse en el enlace que abajo se indica, a partir del mes
de enero del 2023, de conformidad con los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación
y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública; o bien, podrá obtenerse una copia, a petición específica del interesado dirigida
al titular de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa; ubicada en el Complejo Estatal de
Seguridad Pública cito en: Carretera Culiacán-Navolato
km 12.5 Col.
Altos de Bachigualato, Culiacán, Sinaloa.
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Culiacán, Sinaloa, a 14 de diciembre del 2022.
El Secretario de Seguridad blica del Estado.
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40 «EL ESTADO DE SINALOA»
miércoles 11 de enero de 2023
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA.
El suscrito, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, con fundamento en lo establecido en los
artículos 26 fracción XVIII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 117
fracción I, y 132 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el Periódico Oficial 'El
Estado de Sinaloa" el 25 de julio de 2001, con aplicabilidad en base al artículo cuarto transitorio de la Ley de
Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el enunciado periódico oficial, el 14
de
octubre de 2009,
y los artículos 1' y
r
fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en
el en el Periódico Oficial 'El Estado de Sinaloa', el día 20 de Marzo de 2000; los cuales me confieren
atribuciones para autorizar, coordinar, controlar, supervisar, registrar y resolver las solicitudes de autorización
que realizan las personas físicas y morales para prestar servicios privados de seguridad; y
una
vez verificada
la acreditación de los requisitos establecidos en la normativa aplicable,
en
uso de las facultades antes
señaladas, determino lo siguiente:
RESOLUCIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD
Expediente administrativo
br PM-094-2022
Solicitante
Razón Social
Persona Fisica
ALM SEGURIDAD PRIVADA Y LIMPIEZA, S A. S DE C. V
Nombre Comercial
ALM SEGURIDAD PRIVADA
Fecha de Solicitud
30 de noviembre de 2022.
Determinación
Se autoriza al solicitante a prestar los servicios privados de seguridad en esta
entidad Federativa, en el periodo, modalidades
y
condiciones establecidas en la
resolución administrativa correspondiente.
Ikr de Autorización
SSISIN/405/2018
Vigencia de la autorización
Del 16/122022 AL 15/12/2023.
Modalidad autorizada
VIGILANCIA DE LUGARES O ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
CAMPOS AGRICOLAS, GRANJAS ACUICOLAS Y EN GENERAL DE
TODA CLASE DE INMUEBLES.
- - - La resolución administrativa completa podrá consultarse en el enlace que abajo se indica, a partir del mes
de enero del 2023, de conformidad con los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación
y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública; o bien, podrá obtenerse una copia, a petición específica del interesado dirigida
al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa; ubicada en el Complejo Estatal de
Seguridad Pública cito en: Carretera Culiacán-Navolato km 12.5 Col. Altos de Bachigualato, Culiacán, Sinaloa.
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Culiacán, Sinaloa, a 14 de diciembre del 2022.
El Secretario de Seguridad
del Estado.
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miércoles 11 de enero de 2023
«EL ESTADO DE SINALOA» 41
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA.
El suscrito, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, con fundamento en lo establecido en los
artículos 26 fracción XVIII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 117
tracción I, y 132 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el Periódico Oficial 'El
Estado de Sinaloa" el 25 de julio de 2001, con aplicabilidad en base al articulo cuarto transitorio de la Ley de
Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el enunciado periódico oficial, el 14 de octubre de 2009,
y los artículos 1" y 7° fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en
el en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", el día 20 de Marzo de 2000; los cuales me confieren
atribuciones para autorizar, coordinar, controlar, supervisar, registrar y resolver las solicitudes de autorización
que realizan las personas físicas y morales para prestar servicios privados de seguridad; y una vez verificada
la acreditación de los requisitos establecidos en la normativa aplicable, en uso de las facultades antes
señaladas, determino lo siguiente:
RESOLUCIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD
Expediente administrativo
N* PM-095-2022
Solicitante
Razón Social
Persona Fhica
VERONICA JACKELINA MOLINA RUBIO
Nombre Comercial
SERVIPP
Fecha de Solicitud
28 de noviembre de 2022.
Determinación
Se autoriza al solicitante a prestar los servicios privados de seguridad en esta
entidad Federativa, en el periodo, modalidades y condiciones establecidas en la
resolución administrativa correspondiente
.
N' de Autorización
SSP.SIN/426/2019
Vigencia de la autorización
Del 16/12/2022 AL 15/12/2023.
Modalidad autorizada
VIGILANCIA DE LUGARES O ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
CAMPOS AGRICOLAS, GRANJAS ACUICOLAS Y EN GENERAL DE
TODA CLASE DE INMUEBLES.
- - - La resolución administrativa completa podrá consultarse en el enlace que abajo se indica, a partir del mes
de enero del 2023, de conformidad con los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación
y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública; o bien, podrá obtenerse una copia, a petición específica del interesado dirigida
al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa; ubicada en el Complejo Estatal de
Seguridad Pública cito en: Carretera Culiacán-Navolato km 12.5 Col. Altos de Bachigualato, Culiacán, Sinaloa.
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Sinaloa, a 14 de diciembre del 2022.
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