Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 13 de Julio de 2022

EL ESTADO DE SINALOA
ÓRGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo CXIII 3ra. Época
Culiacán, Sin., miércoles 13 de julio de 2022.
No. 084
ÍNDICE
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Aviso de suspensión de labores por el periodo vacacional.
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Acuerdo por el que se dan a conocer las Participaciones Federales y Estatales ministradas a los
Municipios en el Segundo Trimestre del Ejercicio Fiscal 2022 y Anexo.
SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL Y MUNICIPAL ANTICORRUPCIÓN DEL
ESTADO DE SINALOA
Acuerdo por el
que
se declaran como inhábiles los días comprendidos del lunes 18 al viernes 29
de julio de 2022, lo anterior con el propósito de que el personal de este organismo pueda
disfrutar del primer periodo vacacional del año en curso, en el entendido de que, el último día
laborable previo al periodo de referencia es el viernes 15 de julio del presente año, para reanudar
labores el lunes 01 de agosto de 2022.
2 - 24
AYUNTAMIENTO
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
Municipio de Guasave.- Convocatoria Pública Nacional No. 003, Nos. de Licitación
JUMAPAG/R33/017/2022, JUMAPAG/R33/020/2022 y JUMAPAG/R33/021/2021.
25 - 27
AVISOS JUDICIALES
28 - 39
AVISOS NOTARIALES
39 - 40
RESPONSABLE:
Secretaría General de Gobierno.
DIRECTOR:
M.C. Christopher Cossío Guerrero
2 «EL ESTADO DE SINALOA»
miércoles 13 de julio de 2022
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
SINALOA
GOBIERNO DEL ESTADO
Al público en general:
Con fundamento en los artículos 6, 7, 12, 15 y 16, fracciones I, IV, VI, XIX, XXIII y LXIX del Reglamento
Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, me permito emitir el siguiente:
AVISO DE SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL
Se comunica que las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado de Sinaloa suspenden sus
actividades, no prioritarias, durante el periodo comprendido del lunes 18 al viernes 29 de julio de
2022. En consecuencia, las labores se reanudan de manera ordinaria a partir del lunes 19 de agosto
de 2022, a las 8:00 horas.
Los días comprendidos en el periodo de suspensión se consideran inhábiles. Por tanto, se
interrumpen los plazos para el cumplimiento de obligaciones de transparencia y para la
substanciación de procedimientos y recursos administrativos tramitados ante las diferentes
dependencias de la Administración Pública del Estado de Sinaloa, salvo aquellos que por disposición
legal no sean susceptibles de suspensión.
Las dependencias y entidades de la administración pública que presten servicios considerados como
prioritarios, urgentes, de necesidad permanente u otro análogo, deberán proveer lo necesario para
que dichos servicios no se interrumpan, por lo que sus titulares y los encargados de recursos
humanos de esas áreas, programarán las guardias que correspondan.
Es dado en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los once días del mes de julio de 2022.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. ENRIQUE INZUNZA CÁZARET
miércoles 13 de julio de 2022
«EL ESTADO DE SINALOA» 3
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS PARTICIPACIONES
FEDERALES Y ESTATALES MINISTRADAS A LOS MUNICIPIOS EN EL
SEGUNDO TRIMESTRE DEL EJERCICIO FISCAL 2022.
C. ENRIQUE ALFONSO DÍAZ VEGA, Secretario de Administración y Finanzas
del Gobierno del Estado de Sinaloa,
en ejercicio de las facultades que me
confieren los artículos 17, fracciones XII, y LII del Reglamento Orgánico de la
Administración Pública del Estado de Sinaloa y 9 fracciones III y XXXV del
Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas, y en
cumplimiento a lo previsto en el artículo 6o, de la Ley de Coordinación Fiscal,
3 Bis C de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Sinaloa e inciso a) de
la Fracción II del numeral 5 del Acuerdo por el que se expiden los
Lineamientos para la Publicación de la Información a que se refiere el
artículo 6o, de la Ley de Coordinación Fiscal, publicado en el Diario Oficial de
la Federación de fecha 14 de febrero de 2014; donde se establece que la
información se publicará, mediante Acuerdo, en el órgano de difusión oficial
del Gobierno de la Entidad Federativa, así como a través de su página oficial
de internet, a más tardar el día 15 del mes siguiente a aquel en que se
termine el trimestre que corresponda; y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno del Estado de Sinaloa forma parte del Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal, en virtud del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional
de Coordinación Fiscal firmado el 19 de octubre de 1979, con la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 28 de diciembre de 1979.
Que en el penúltimo párrafo del artículo 6o, de la Ley
de
Coordinación
Fiscal en vigor, se establece que las participaciones que las Entidades reciban
y las que tengan obligación de participar a sus Municipios o Demarcaciones
Territoriales, deberán publicarse trimestralmente en el Periódico Oficial de
la Entidad y en la página oficial de internet del Gobierno del Estado.
Que
la Administración Estatal tiene como política fundamental la
transparencia de todo acto de la gestión pública y, en consecuencia, dar ai

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