Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 11 de Mayo de 2022 - Parte 2

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convenga, las cuales única y exclusivamente deberán
estar relacionada con el tema que nos ocupa; con el
apercibimiento que, en caso de no pronunciarse al
respecto o de ofrecer las pruebas que juzgue
conveniente, se le tendría por perdido su derecho para
hacerlo con posterioridad y esta comisión legislativa
procedería a emitir el dictamen con proyecto de
decreto que se estime conveniente, únicamente con
las constancias del Poder Judicial del Estado de
Morelos, sin tomar en cuenta las constancias del
municipio de Huitzilac, Morelos. Por escrito de fecha
ocho de marzo de dos mil veintidós, la C. Georgina
Ivonne Morales Torres, compareció realizando una
serie de manifestaciones mediante las cuales ratifica
las documentales presentadas para acreditar la
antigüedad laboral en el ayuntamiento cuestionado,
impugna la diligencia llevada a cabo por esta comisión
legislativa y ofrece las pruebas de informe de
autoridad a cargo de la Secretaría de Administración y
Finanzas y Director de Recursos Humanos, ambos de
este Congreso; y reconocimiento de contenido y firma
a cargo de los CC. Aiko Fabiola Espinoza Quezada y
Efrén Eslava Domínguez; probanzas que relaciona
con la impugnación del acta de fecha 26 de noviembre
de 2018. Estas probanzas se desechan y no se le
concede ningún valor probatorio, debido a que, el acta
a que se refiere la inconforme es de fecha 26 de
noviembre de 2021 y no de 26 de noviembre de 2018;
es decir la fecha a la que se refiere no corresponde al
acta respecto de la cual se le dio vista; segundo; en el
oficio CTPySS/LV/0789/2022, de fecha uno de febrero
de dos mil veintidós, se le previno para que ofertara
pruebas debidamente relacionadas con su antigüedad
laboral en el Ayuntamiento de Huitzilac, Morelos, la
cual fue puesta en evidencia por el secretario
municipal, quien manifestó en entrevista lo siguiente:
“La documentación entregada por la beneficiaria de la
pensión Georgina Ivonne Morales Torres, no
corresponde a los formatos, hojas y sellos oficiales
que se utilizan o que se han utilizado por la
Administración municipal de Huitzilac, Morelos”, en
razón de lo anterior y ante la insuficiencia de pruebas,
lo procedente es no tomar en cuenta la antigüedad
laboral de la C. Georgina Ivonne Morales Torres, en el
Ayuntamiento de Huitzilac, Morelos.
Al respecto resulta aplicable la siguiente
jurisprudencia:
PRUEBA DOCUMENTAL INSUFICIENTE. Si la
ley exige la perfecta demostración de los hechos en
que el derecho reclamado se funda, y si por propia
confesión del interesado, los documentos que exhibe,
sólo tienen el valor de una simple presunción, ninguna
violación de garantías se comete declarando
insuficientes tales documentos.
Amparo administrativo en revisión 749/35.
Compañía Mexicana de Petróleo "El Águila". 28 de
mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:
Genaro V. Vázquez. Relator: José María Truchuelo.
De lo anterior se desprende que la Jubilación
solicitada encuadra en lo previsto por el artículo 58,
fracción II, inciso g) del cuerpo normativo antes
aludido, por lo que al quedar colmados los requisitos
de la ley, lo conducente es conceder a la trabajadora
en referencia el beneficio solicitado, únicamente en el
Poder Judicial en el Estado de Morelos.
En términos del dictamen en cuestión, y una vez
analizado y discutido, así como reunidos y satisfechos
los requisitos contemplados para que prosperen las
diversas hipótesis previstas en los artículos 57, 58 y
demás relativos y aplicables de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos, se deduce procedente
asignar la pensión solicitada prevista el artículo 54,
fracción VII de la misma ley antes invocada.
Acto seguido, por lo anteriormente expuesto y
fundado, la LV Legislatura del Congreso del Estado,
con fundamento en lo establecido por el artículo 40,
fracciones II y XX, inciso K), subinciso a) de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Morelos, ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO NÚMERO DOSCIENTOS
OCHENTA Y SIETE
POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR
JUBILACIÓN A LA C. GEORGINA IVONNE
MORALES TORRES
ARTÍCULO .- Se concede pensión por
Jubilación a la C. Georgina Ivonne Morales Torres,
quien prestó sus servicios en el Poder Judicial del
Estado de Morelos; desempeñando como último cargo
de: juez de primera instancia interina al Juzgado
Tercero Civil de Primera Instancia del Cuarto Distrito
Judicial del Estado de Morelos.
ARTÍCULO 2.- La pensión decretada deberá
cubrirse a razón del 70% del último salario de la
solicitante, a partir del día siguiente a aquél en que el
trabajador se separe de sus labores, toda vez que la
jubilación solicitada encuadra en lo previsto por el
artículo 58, fracción II, inciso g) de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos, y, será cubierta por el
Poder Judicial del Estado de Morelos. Quien deberá
realizar el pago en forma mensual, con cargo al
presupuesto autorizado a éste, en el Presupuesto de
Egresos del Gobierno del Estado de Morelos.
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ARTÍCULO .- El monto de la pensión se
calculará tomando como base el último salario
percibido por la trabajadora, incrementándose la
cuantía de acuerdo con el aumento porcentual al
salario general vigente en la zona que corresponde al
área en el estado de Morelos, integrándose la misma
por el salario, las prestaciones, las asignaciones y el
aguinaldo, según lo cita el numeral 66 de la ley de la
materia.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- Remítase el presente al titular del
Poder Ejecutivo del Estado, para los efectos que
indican los artículos 44 y 70, fracción XVII de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Morelos.
SEGUNDO.- El presente decreto, entrará en
vigor a partir del día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión
del Gobierno del Estado de Morelos.
TERCERO.- Notifíquese al Juzgado Segundo
de Distrito en el Estado de Morelos, el contenido del
presente, a efecto de dar cabal cumplimiento a la
sentencia pronunciada dentro del expediente número
1214/2020, promovido por la C. Georgina Ivonne
Morales Torres.
Recinto Legislativo, sesión de pleno iniciada el
veintitrés de marzo, continuada el treinta y concluida el
cinco de abril del dos mil veintidós.
Diputados integrantes de la Mesa Directiva del
Congreso del Estado de Morelos. Dip. Francisco Erik
Sánchez Zavala, presidente. Dip. Mirna Zavala Zúñiga,
secretaria. Dip. Macrina Vallejo Bello, secretaria.
Rúbricas.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y
se le dé el debido cumplimiento. Dado en la residencia
del Poder Ejecutivo, Palacio de Gobierno, en la ciudad
de Cuernavaca, capital del estado de Morelos a los
seis días del mes de mayo del dos mil veintidós.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO
SECRETARIO DE GOBIERNO
SAMUEL SOTELO SALGADO
RÚBRICAS.
Al margen superior un escudo del estado de
Morelos que dice: “TIERRA Y LIBERTAD”.- LA
TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON
SUS MANOS.- MORELOS.- 2018-2024, y un logotipo
que dice: MORELOS ANFITRIÓN DEL MUNDO.-
Gobierno del Estado.- 2018-2024.
GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE LICITACIONES Y
CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA
CONVOCATORIA MÚLTIPLE 003-005
De conformidad con el artículo 28 de la Ley de
Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma
del Estado de Morelos, se convoca a los interesados a
participar en la licitación pública nacional, cuya
convocatorias que contiene las bases de participación
se encuentran disponibles para su consulta y
obtención en las oficinas de la Dirección General de
Licitaciones y Contratación de Obra Pública, ubicada
en: Av. Universidad número 25, colonia Chamilpa,
C.P. 62130, Cuernavaca, Morelos, en un horario de
09:00 a 15:00 hrs., desde el día de publicación de la
presente y hasta el sexto día natural previo al acto de
presentación y apertura de proposiciones técnicas.
No. de licitación:
SOP-DGLCOP-OP-LP-010-2022
Descripción general de la
obra:
Rehabilitación con concreto
hidráulico de calle Cerezos colonia
Lomas de San Antón, municipio de
Cuernavaca, en el estado Morelos.
Lugar donde se llevarán a
cabo los trabajos:
Localidad: Lomas de San Antón.
Municipio: Cuernavaca.
Fecha de publicación:
11/05/2022.
Visita a instalaciones:
16/05/2022 09:00 hrs.
Junta de aclaraciones:
18/05/2022 13:00 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas técnicas:
26/05/2022 09:00 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas económicas:
31/05/2022 09:00 hrs.
Fallo:
03/06/2022 10:00 hrs.
Fecha estimada de inicio:
13/06/2022.
Plazo de ejecución:
120 días naturales.
No. de licitación:
SOP-DGLCOP-OP-LP-011-2022
Descripción general de la
obra:
Rehabilitación de concreto
hidráulico del camino antiguo a
Tepoztlán, en el municipio de
Cuernavaca, Morelos.
Lugar donde se llevarán a
cabo los trabajos:
Localidad: Tepoztlán.
Municipio: Cuernavaca.
Fecha de publicación:
11/05/2022.
Visita a instalaciones:
16/05/2022 11:00 hrs.
Junta de aclaraciones:
18/05/2022 14:30 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas técnicas:
26/05/2022 10:00 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas económicas:
31/05/2022 10:00 hrs.
Fallo:
03/06/2022 11:00 hrs.
Fecha estimada de inicio:
13/06/2022.
Plazo de ejecución:
120 días naturales.
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No. de licitación:
SOP-DGLCOP-OP-LP-012-2022
Descripción general de la
obra:
Pavimentación de la calle
Golondrinas, en la Col. Unidad
Deportiva, en el municipio de
Cuernavaca, Morelos.
Lugar donde se llevarán a
cabo los trabajos:
Localidad: Col. Unidad Deportiva.
Municipio: Cuernavaca.
Fecha de publicación:
11/05/2022.
Visita a instalaciones:
16/05/2022 13:00 hrs.
Junta de aclaraciones:
18/05/2022 16:30 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas técnicas:
26/05/2022 13:30 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas económicas:
31/05/2022 11:00 hrs.
Fallo:
03/06/2022 12:00 hrs.
Fecha estimada de inicio:
13/06/2022.
Plazo de ejecución:
90 días naturales.
No. de licitación:
SOP-DGLCOP-OP-LP-013-2022
Descripción general de la
obra:
Pavimentación de la calle Mixtecos
en la Col. Cerritos, en el municipio
de Cuernavaca, Morelos.
Lugar donde se llevarán a
cabo los trabajos:
Localidad: Col. Cerritos.
Municipio: Cuernavaca.
Fecha de publicación:
11/05/2022.
Visita a instalaciones:
17/05/2022 09:00 hrs.
Junta de aclaraciones:
19/05/2022 09:00 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas técnicas:
27/05/2022 09:00 hrs.
Presentación y apertura de
propuestas económicas:
01/05/2022 09:00 hrs.
Fallo:
06/06/2022 11:00 hrs.
Fecha estimada de inicio:
14/06/2022.
Plazo de ejecución:
90 días naturales.
No. de licitación:
Descripción general de la
obra:
Lugar donde se llevarán a
cabo los trabajos:
Fecha de publicación:
Visita a instalaciones:
Junta de aclaraciones:
Presentación y apertura de
propuestas técnicas:
Presentación y apertura de
propuestas económicas:
Fallo:
Fecha estimada de inicio:
Plazo de ejecución:
El acto de presentación y apertura de
propuestas técnicas y económicas, así como la junta
de aclaraciones y el punto de partida para la visita al
sitio de realización de los trabajos, se llevará a cabo
en las Oficinas de la Dirección General de Licitaciones
y Contratación de Obra Pública, ubicada en: Av.
Universidad número 25, colonia Chamilpa, C.P. 62130,
Cuernavaca, Morelos, el día y horario establecido en
el procedimiento. Los licitantes participantes, deberán
acudir con cubre bocas y guantes a dichos eventos.
El(los) idioma(s) en que deberá(n) presentar
(se) la(s) proposición(es) será(n): español.
La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse
la(s) proposición(es) será(n): Peso mexicano.
Para estos procedimientos no habrá anticipo.
No se podrán subcontratar partes de la obra.
Para la obtención de las bases, las empresas
interesadas las solicitaran mediante oficio de interés
en participar dirigido a la Ing. Leticia Nolasco Ortigoza,
directora general de Licitaciones y Contratación de
Obra Pública.
Por tratarse de procedimiento en tiempos
normales y con fundamento en el artículo 31, párrafo
XX, se llevará a cabo la revisión previa,
consecuentemente, en el sobre que contenga la
propuesta técnica tendrá que adicionarse la
documentación, que establece el artículo 29 de la
presente ley y la convocatoria.
Los criterios generales para la adjudicación del
contrato serán: una vez hecha la evaluación de las
proposiciones, se adjudicará el contrato a la persona
que, entre los concursantes, reúna las condiciones
legales, técnicas y económicas, requeridas por la
convocante y garantice satisfactoriamente el
cumplimiento de las obligaciones respectivas y cuente
con la experiencia necesaria para la ejecución de los
trabajos. Si una vez considerados los criterios
anteriores resulte que dos o más proposiciones
satisfacen los requerimientos de la convocante, el
contrato se adjudicará de entre estos oferentes a
quien presente la proposición cuyo precio sea el más
bajo.
Origen de los recursos: Ingresos Propios 2021
Ninguna de las condiciones establecidas en las
bases de licitación, así como las proposiciones
presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
El Licitante que resulte adjudicado quedará
obligado a firmar el contrato en las oficinas de la
Dirección General de Licitaciones y Contratación de
Obra Pública de la convocante, ubicado en: Av.
Universidad número 25, colonia Chamilpa, C.P. 62130,
Cuernavaca, Morelos, en la fecha y hora indicada en
el acta del fallo, previa entrega de la garantía de
cumplimiento por el diez por ciento (10%) del monto
del contrato, en términos de los artículos 49,
fracciones I y II de Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con la Misma del Estado de Morelos, y
49 del reglamento, la falta de presentación de estas
garantías en los términos establecidos será motivo
para no firmar el contrato, pudiendo la secretaa sin
necesidad de un nuevo procedimiento adjudicar el
contrato, al participante que haya presentado la
siguiente proposición solvente más baja, de
conformidad con lo asentado en el dictamen a que se
refiere el artículo 35 de la ley y así sucesivamente, en
caso de que este último no acepte la adjudicación, de
conformidad con el artículo 47 de la ley.
No podrán participar todas aquellas personas
que tengan algunos de los impedimentos señalados
en el artículo 52 de la Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con la Misma del Estado de Morelos.
Cuernavaca, Morelos, a 11 de mayo de 2022.
Ing. Leticia Nolasco Ortigoza
Encargada de Despacho de la Secretaría de Obras
Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
Rúbrica.

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