Acuerdo delegatorio actividades vulnerables cofemer 20180301
Referencia | 44729 |
Fecha | 01 Marzo 2018 |
Osvaldo Antonio Santín Quiroz, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 y 7, fracción XVIII, 8, fracción II, 14, fracciones I, II y IX de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 1 y 8, primer párrafo, fracción XVII, y 10 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, y
CONSIDERANDO
Que al Jefe del Servicio de Administración Tributaria le corresponde originalmente el ejercicio de las atribuciones competencia de dicho órgano administrativo desconcentrado y que cuenta con facultades para delegar en los servidores públicos que forman parte del mismo, aquéllas que confieren a éste diversos ordenamientos.
Que resulta indispensable expedir el presente Acuerdo con el fin de delegar las funciones para el oportuno ejercicio de las facultades que tiene conferidas y el despacho de los asuntos que le son encomendados, alineadas al cumplimiento de los objetivos de este órgano administrativo desconcentrado, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
“ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN DIVERSAS ATRIBUCIONES AL ADMINISTRADOR GENERAL DE AUDITORÍA FISCAL FEDERAL Y AL ADMINISTRADOR CENTRAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE ACTIVIDADES VULNERABLES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Artículo Primero. - Se delega en el Administrador General Auditoría Fiscal Federal, las facultades que se indican:
I. Las señaladas en los artículos 47, 51, 53, 54 y 56 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria;
Artículo Segundo. - Se delega en el Administrador Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables y en sus administradores adscritos, las facultades que se indican:
I. Las señaladas en los artículos 47, 49, 51, 53 y 56 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria;
Artículo Tercero. - Se delega en los subadministradores adscritos a la Administración Central de Asuntos...
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