Anteproyecto de rop 2017-pac formato dice debe decir-enviado 3a ocasión a shcp-22.12.2016

Referencia41931
Fecha27 Diciembre 2016
COMPONENTE DE INCENTIVOS A LA COMERCIALIZACIÓN

DICE

DEBE DECIR

JUSTIFICACIÓN

OBSERVACIÓN DGPYPB

JOSE EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 25, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7o., 8o., 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183,190 fracción I y III y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 3o fracciones II, III, IV, VII, X, XII y XIII de la Ley para Impulsar el Crecimiento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; Artículo 70 fracción I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información; 28 fracciones I, II, III, IV, V y VI; 29, fracción I; 30 fracciones I y II; y 36; así como los Anexos 11.11.1 y 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; y 1o., 2o., 3o., 5o., fracción XXII, 18, 19, 20 y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y

JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 25, 26 apartado A, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 9, 12, 13, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183,190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3, fracción XII, 30 fracciones I y III, 31, 35 y 37, fracciones I, III, inciso e, IV, V, IX y XIV así como los Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; y 1, 2, apartado D, fracción I y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y

De conformidad con el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2017 (PEF 2017), en el caso del Programa de Apoyos a la Comercialización, se requiere diferenciar los incentivos destinados a la comercialización, riesgos de mercado (precios) de los demás programas de la Secretaría, toda vez que se encuentra ubicado en la vertiente de “Competitividad”.

Se agrega el Anexo 26 relativo a la denominación del Programa dentro de los principales del PEF 2017.

Así mismo, se elimina la referencia al Anexo 11.1 relativo a “Distribución de Recursos por Entidades Federativas”, ya que no le aplica a este Programa

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo, así como una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

El proyecto de Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación para el Programa de Apoyos a la Comercialización de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2017; es un esfuerzo de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA) por mejorar sus procesos y simplificar la mecánica operativa de los mismos, atendiendo a las necesidades del sector y sus implicaciones en el proceso de comercialización.

De manera general, el proyecto de Reglas de Operación que se presenta destacan entre otros, los siguientes aspectos:

Observación DGPYPB:

Falta texto vigente

Respuesta UR:

Se incluye Texto vigente de las ROP 2016

Que la igualdad de oportunidades es fundamental para impulsar un México Próspero, por lo que es necesario elevar la productividad del país como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias, y uno de los propósitos del Gobierno de la República es generar una sociedad de derechos que logre la inclusión de todos los sectores sociales y reducir los altos niveles de desigualdad, con base en lo estipulado en el Pacto por México;

Que la igualdad de oportunidades es fundamental para impulsar un México Próspero, por lo que es necesario elevar la productividad del país como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias, y uno de los propósitos del Gobierno de la República es generar una sociedad de derechos que logre la inclusión de todos los sectores sociales y reducir los altos niveles de desigualdad, con base en lo estipulado en el Pacto por México;

  1. Cambio de denominación del programa.- En relación con el nombre establecido para el programa en las reglas de operación 2016, este proyecto contempla un cambio de denominación de “Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados”, para quedar como “Programa de Apoyos a la Comercialización”, congruente con la estructura programática autorizada por la SHCP y establecida en el PEF 2017

Que conforme a lo establecido en el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, el Gobierno de la República debe dar resultados en el corto plazo para garantizar a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficaces, eficientes, y transparentes con un alto contenido de participación social, por lo que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realizarán las acciones necesarias para el cumplimiento del citado Decreto conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;

Que conforme a lo establecido en el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22...

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