Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 02 de Marzo de 2022

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Héctor Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación del Sistema Penitenciario de la
Comisión Estatal de Seguridad.
Cuernavaca, Mor., a 02 de marzo de 2022
6a. época
6050
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Nombramiento del C. Erick Contreras Arriaga, como
titular del área Coordinadora de Archivos de la
Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del
Estado de Morelos.
………………………………Pág. 2
ORGANISMOS
INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS
ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(IMPEPAC)
Acuerdo IMPEPAC/CEE/030/2022, que presenta la
Secretaría Ejecutiva al Consejo Estatal Electoral del
Instituto Morelense de Procesos Electorales y
Participación Ciudadana, por el cual modifica el plazo
de vigencia de las medidas preventivas y sanitarias
adoptadas por este organismo público local, en
atención a la emergencia sanitaria, ocasionada por el
virus SARS-CoV-2, conocido como Covid-19.
………………………………Pág. 2
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL
ESTADO DE MORELOS
Acuerdo PTJA/48/2021, por el que se crea el Sistema
Electrónico para la captura y presentación de los
informes mensuales, informes anuales e indicadores
estratégicos y de gestión del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 14
Acuerdo PTJA/01/2022, por el cual se aprueba el
Presupuesto de Egresos del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos, para el ejercicio
fiscal del año dos mil veintidós.
………………………………Pág. 16
Acuerdo PTJA/07/2022, por el cual se modifica el
Presupuesto de Egresos del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos, para el ejercicio
fiscal del año dos mil veintidós, contenido en el
Acuerdo PTJA/01/2022.
………………………………Pág. 75
Acuerdo PTJA/08/2022, del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos, por el que se
implementan para el ejercicio fiscal dos mil veintidós,
Secretarías de Acuerdos auxiliares en las salas del
Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de
Morelos, para el despacho pronto y expedito de los
asuntos jurisdiccionales y administrativos de la
competencia de cada una de las salas.
………………………………Pág. 77
Acuerdo PTJA/09/2022, por el que se suspenden
actividades jurisdiccionales los días 04 y 11 de febrero
de dos mil veintidós, en el Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos; en
consecuencia, no correrán plazos ni términos, como
medida preventiva derivado a la cuarta ola de
contagios y de la alta transmisión de la variante
Ómicron del SARS-CoV-2.
………………………………Pág. 79
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ZACATEPEC
Acuerdo por el que se crea el Sistema Municipal para
el Desarrollo Integral de la Familia de Zacatepec de
Hidalgo, Morelos.
………………………………Pág. 82
AVISOS Y EDICTOS
………………………………Pág. 87
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 02 de marzo de 2022
Al margen superior un escudo del estado de
Morelos que dice: “TIERRA Y LIBERTAD”.- LA
TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON
SUS MANOS.- MORELOS.- 2018-2024, y un logotipo
que dice: MORELOS ANFITRIÓN DEL MUNDO.-
Gobierno del Estado.- 2018-2024.
M. en D. Alfonso de Jesús Sotelo Martínez,
secretario de Desarrollo Social del Gobierno del
Estado de Morelos, en ejercicio de las facultades que
me confieren los artículos 74 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 8, 9,
fracción XII; y 32 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado Libre y Soberano de
Morelos; artículo 12 de la Ley del Servicio Civil del
Estado de Morelos; artículos 7 y 8, fracción X del
Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo he
tenido a bien nombrar a :
ERICK CONTRERAS ARRIAGA
COMO
TITULAR DEL ÁREA COORDINADORA
DE ARCHIVOS DE LA SECRETARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MORELOS
Con las responsabilidades que le confiere el
orden jurídico aplicable.
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS
M. EN D. ALFONSO DE JESÚS SOTELO MARTÍNEZ
RÚBRICA
Cuernavaca, Morelos, 02 de febrero de 2022.
Al margen superior izquierdo un logotipo que
dice: impepac.- Instituto Morelense de Procesos
Electorales y Participación Ciudadana.- CONSEJO
ESTATAL ELECTORAL.
ACUERDO IMPEPAC/CEE/030/2022, QUE
PRESENTA LA SECRETARÍA EJECUTIVA AL
CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO
MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL CUAL
MODIFICA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LAS
MEDIDAS PREVENTIVAS Y SANITARIAS
ADOPTADAS POR ESTE ORGANISMO PÚBLICO
LOCAL, EN ATENCIÓN A LA EMERGENCIA
SANITARIA, OCASIONADA POR EL VIRUS SARS-
COV-2, CONOCIDO COMO COVID-19.
ANTECEDENTES
1. INICIO DE LA PANDEMIA. De conformidad
con la información oficial, en diciembre de dos mil
diecinueve, en la ciudad de Wuhan de la República
Popular China, inicio un brote de neumonía
denominado Covid-19 (coronavirus) que se ha
expandido y consecuentemente está afectando
diversos países
1
, siendo la República Mexicana uno
de ellos.
1
https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-
2019
2. COMUNICADO OFICIAL DE LA
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD. El once
de marzo del año dos mil veinte, la Organización
Mundial de la Salud, declaró de manera formal que el
brote de coronavirus Covid-19, paso de ser una
epidemia a una “pandemia” en el mundo, por la
cantidad de casos de contagio y de países
involucrados, así como los niveles alarmantes de
propagación, por lo que en el supuesto de nuestro
país, a partir de la fecha señalada y a fin de procurar
la seguridad en la salud de la ciudadanía así como de
quienes visiten el país se han adoptado medidas de
higiene, suspensión de eventos masivos, filtros
sanitarios en escuelas, instituciones de gobierno y de
iniciativa privada, así como la suspensión de
actividades en su caso, entre otros.
3. REUNIÓN INFORMATIVA OPLE,
MORELOS. El día dieciocho de marzo del dos mil
veinte, en las instalaciones del Instituto Morelense de
Procesos Electorales y Participación Ciudadana, se
llevó a cabo una reunión en la que personal de los
Servicios de Salud dependiente de la Secretaría de
Salud del Estado, dio a conocer las fases del Covid-19
así como las medidas de prevención.
4. ACUERDO CONSEJO DE SALUBRIDAD
GENERAL
2
. Que el veintitrés de marzo del dos mil
veinte, fue publicado en el Diario Oficial de la
Federación el Acuerdo dictado por el Consejo de
Salubridad General, por medio del cual reconoce la
“epidemia” de la enfermedad por virus SARS-CoV-2
(Covid-19) en México como una enfermedad grave, de
atención prioritaria, así como el establecimiento de
actividades de preparación y respuesta a dicha
“epidemia”, determinando medidas, como el trabajo
desde el hogar, la identificación del grupo vulnerable y
el establecimiento de medidas de higiene entre otras,
a efecto de contrarrestar la propagación del virus
causa de la pandemia.
5. ACUERDO IMPEPAC/CEE/046/2020. El
veintitrés de marzo del año dos mil veinte, el Consejo
Estatal Electoral de este organismo público local,
aprobó el Acuerdo relativo a la implementación de
medidas a fin de prevenir la propagación del Covid-19,
entre los servidores públicos de este organismo
público local, así como de la ciudadanía en general.
6. ACUERDO, SECRETARÍA DE SALUD DEL
GOBIERNO FEDERAL. Que el veinticuatro de marzo
del dos mil veinte, la Secretaría de Salud del Gobierno
Federal, emitió un Acuerdo en el cual se determinaron
medidas preventivas que se deberían establecer para
la mitigación y control de los riesgos para la salud que
implica el SARS-CoV-2 (Covid-19), lo cual implicó un
mayor esfuerzo en las acciones y medidas que se
deben implementar para contener la propagación del
virus, considerando que al declarar el inicio de la fase
2, se suspenden temporalmente las actividades que
involucren la movilización de personas en los sectores
públicos, privados, esto es la suspensión de aquellas
actividades que involucren la concentración masiva de
personas, tránsito, desplazamiento, etc.
2
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590157&fecha=23/03/2
020
02 de marzo de 2022 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
7. ACUERDO CONSEJO DE SALUBRIDAD
GENERAL
3
. Que el veintisiete de marzo del dos mil
veinte, fue publicado en el Diario Oficial de la
Federación el “Acuerdo por el cual se reforma y
adicionan los criterios en materia de administración de
recursos humanos para contener la propagación del
coronavirus Covid-19, en las dependencias y
entidades de la Administración pública,” que fue
publicado el veintitrés de marzo del año antes citado.
8. DECLARACIÓN DE EMERGENCIA
SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.
Mediante acuerdo general del Consejo de Salubridad
General, declaró el día treinta de marzo del dos mil
veinte, como emergencia sanitaria por causa de fuerza
mayor, a la pandemia generada por el virus SARS-
CoV-2 (Covid-19), implementándose diversas
medidas, como la suspensión inmediata de
actividades no esenciales en los sectores públicos y
privados, el resguardo domiciliario de la población que
no participe en actividades laborales esenciales, la
movilización de personas e interacción física, entre
otros. 9. PRONUNCIAMIENTO COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
RESOLUCIÓN 1/2020. El día diez de abril del dos mil
veinte, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, emitió la resolución 1/2020, relativo a la
pandemia y su relación con los derechos humanos en
las Américas, cuyo objeto es asegurar el pleno respeto
de los derechos humanos en las medidas que adopten
los estados parte.
En ese sentido, la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos recomienda entre otras cosas que
los estados deben:
I. Adoptar de forma inmediata, urgente y con la
debida diligencia, todas las medidas que sean
adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud
e integridad de las personas, con base en la mejor
evidencia científica;
II. Adoptar de manera inmediata e interseccional
el enfoque de derechos humanos en toda estrategia,
política o medida estatal dirigida a enfrentar la
pandemia del Covid-19 y sus consecuencias;
III. Guiar su actuación de conformidad con los
principios de buena fe, pro persona, proporcionalidad,
universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
transversalidad;
3
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590670&fecha=
27/03/2020
IV. Abstenerse de suspender procedimientos
judiciales idóneos para garantizar la plenitud del
ejercicio de los derechos y libertades, entre ellos, las
acciones de hábeas corpus y amparo para controlar
las actuaciones de las autoridades, incluyendo las
restricciones a la libertad personal en dicho contexto.
Estas garantías deben ejercerse bajo el marco y
principios del debido proceso legal; y,
V. Abstenerse de suspender aquellas garantías
judiciales indispensables, como el recurso de amparo
y hábeas corpus, que son idóneas para garantizar la
plenitud del ejercicio de los derechos y libertades, y
para controlar las actuaciones de las autoridades en el
contexto de los estados de excepción.
10. ACUERDO SECRETARÍA DE SALUD
4
. Que
el veintiuno de abril del dos mil veinte, fue publicado
en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la
Secretaría de Salud, “por el que se modifica el similar
por el que se establecen acciones extraordinarias para
atender la emergencia sanitaria generada por el virus
SARS-CoV-2, publicado el 31 de marzo de 2020”, en
el cual se establece que de conformidad con el
análisis técnico realizado por el grupo de científicos
asesores para responder a la emergencia por la
epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-
CoV-2 (Covid-19) en México, es necesario mantener y
extender la Jornada Nacional de Sana Distancia hasta
el treinta de mayo de 2020; así como asegurar la
adecuada implementación y cumplimiento de las
medidas de seguridad sanitaria.
Además fue señalado el inicio de la fase 3 de la
pandemia en el territorio mexicano, por lo que se
señalaron medidas como la cuarentena generalizada a
la población, así como la suspensión de cualquier tipo
de actividad en centros de trabajo que presenten
brotes del padecimiento, así como las vigencia de las
medidas de la Jornada Nacional de Sana Distancia
que se implementaron en la fase 2, tales como; la
suspensión de actividades que no sean consideradas
como esenciales, la suspensión temporal de
actividades presenciales en el sistema educativo, la
interrupción temporal de las congregaciones en el
espacio público, es decir, cines, teatros, plazas entre
otros. 11. COMUNICADO OFICIAL DE LA
SECRETARÍA DE SALUD. Que el catorce de mayo
del año dos mil veinte, se publicó en el Periódico
Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se
“establece una estrategia para la reapertura de las
actividades sociales, educativas y económicas, así
como un sistema de semáforo por regiones para
evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico
relacionado con la reapertura de actividades en cada
entidad federativa, así como se establecen acciones
extraordinarias”.
4
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592067&fecha=
21/04/2020

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