Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 17 de Enero de 2022

ÉPOCA 7A. EXTRAORDINARIO EDICIÓN: No.- 238
17 DE ENERO DE 2022
CARLOS MANUEL MERINO CAMPOS
Gobernador Interino
Del Estado Libre y Soberano de Tabasco
GUILLERMO ARTURO DEL RIVERO LEÓN
Secretario de Gobierno
17 DE ENERO DE 2022 PERIODICO OFICIAL 2
No.- 5919
MOVILIDAD
TAB4SCO
ACUERDO
Dr. Narciso T. Oropeza Andrade, Secretario de Movilidad del Estado de Tabasco, derivado
del Decreto del Cap. Carlos Manuel Merino Campos, Gobernador Interino del Estado de
Tabasco, publicado en el Periódico Oficial del Estado, en su edición extraordinaria número
237, de fecha dieciséis de enero de dos mil veintidós y con fundamento en los artículos 14,
fracción X, 37, fracciones 1,I1, I1I, V, VI, X, XV Y XXXVIII de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo para el Estado de Tabasco; 178 de la Ley de Salud del Estado de Tabasco; 1,2,4,
5,7, fracciones 11,111YX; 10, fracción VIII, 11, fracciones 11y IV; 13,36, fracciOlies 1, IV,
X, XIV, XV, XIX Y XXI; 81, 82, 84, 85,87,88,90,91,92,93,94,95,106,180,181, 182,
183,184,185,186,187,188,189,190,191,192,193,194, 195, 196, 197, 198,200 y demás
relativos y aplicables de la Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco; artículos 2, 3, 4, 5,
7,fracción I1,34,107,117,118,119,120,123,149,166,168,170,172, 173,174,190,191,
192, 193, 194 Y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Ley de Transportes para
el Estado de Tabasco; y el artículo 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes y con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 15 de enero de 2022, el titular del Poder Ejecutivo del Estado expidió un
Decreto por el que se detennina que el estado de Tabasco transita a semáforo amarillo y se
establecen medidas y acciones extraordinarias de inmediata ejecución para atender la
emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el
extraordinario, edición número 237 del Periódico Oficial del Estado, con fecha 16 de enero
de 2022, en el que se establecieron entre otras:
ARTÍCULO SÉPTIMO. Se ordena a la Secretaría de Movilidad para que, en el ámbito de
su competencia, emita las disposiciones relativas cOl¡forme a las düposiciones establecidas
en el presente Decreto.
11. Con fecha 20 de agosto de 2020, el titular de la Secretaria de Movilidad, emitió el
Acuerdo 10, publicado el día 21 de agosto de 2020 en el extraordinario edición número 175
del Periódico Oficial del Estado, en el que se establecieron entre otras:
SEGUNDO. Los transportistas, concesionarios y pennisionarios deberán garantizar la
descontaminación microbiana o parasitaria y desinfección continua de las unidades de
transporte público.
TERCERO. Se ordena el uso obligatorio y correcto de cubrebocas para todos los usuarios
del servicio de transporte público en todas sus modalidades. Ningún usuario podrá abordar
las unidades de transporte público en todas sus modalidades sin el uso de cubrebocas.
Circuito Interior Carlos Pellicer Cámara, número 3306, Torre Carrizal, col. Carrizal, c.P. 86108, Villahermosa,
Tabasco. Tel. +52 (993) 3 50 39 99
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ACUERDO

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