Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco del 10 de Noviembre de 2021

ÉPOCA 7A. SUPLEMENTO EDICIÓN: 8262
10 DE NOVIEMBRE DE 2021
CARLOS MANUEL MERINO CAMPOS
Gobernador Interino
Del Estado Libre y Soberano de Tabasco
GUILLERMO ARTURO DEL RIVERO LEÓN
Secretario de Gobierno
10 DE NOVIEMBRE DE 2021 PERIODICO OFICIAL 2
ACUERDO ADMINISTRATIVO DE DESTINO DE INMUEBLE
No.- 5532
SAIG
SECRET.A.RÍA
DE
ADMINISTRACIÓN
E
INNOVACIÓN
GUBERNAMENTAL
CARLOS
ENRIQUE
ÍÑIGUEZ
ROSIQUE,
SECRETARIO
DE
ADMINISTRACIÓN
E
INNOVACIÓN
GUBERNAMENTAL,
EN
EJERCICIO
DE
LAS
ATRIBUCIONES
QUE
ME
CONFIEREN
LOS
ARTÍCULOS
14,
FRACCIÓN
X Y
33
DE
LA
LEY
ORGÁNICA
DEL
PODER
EJECUTIVO
DEL
ESTADO
DE
TABASCO;
Y
38,
FRACCIONES
IV Y VII
DE
LA
LEY
DE
BIENES
DEL
ESTADO
DE
TABASCO
Y SUS MUNICIPIOS;
TENGO
A
BIEN
EMITIR
EL
PRESENTE
ACUERDO
ADMINISTRATIVO
DE
DESTINO
DE
INMUEBLES,
CONFORME
A
LOS
ANTECEDENTES
Y
CONSIDERANDOS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.
El
03
de
octubre de 2019, el Ayuntamiento Constitucional de Macuspana, Tabasco,
y el
Poder
Ejecutivo del Estado
de
Tabasco otorgaron el Título de Propiedad número 350,
a favor
de
la
Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Tabasco, respecto del predio
ubicado
en
el Poblado Aquiles Serdán, Municipio de Macuspana, Tabasco, constante
de
una superficie 2,578.26 m2,
con
las siguientes medidas y colindancias:
Al Noreste: 80.30 metros con Cancha Deportiva;
21.17 metros con Carretera Vecinal;
19.65 metros con Propiedad Privada;
Al Sureste: 30.03 metros con Propiedad Privada; y
Al Suroeste: 50.17 metros y 40.17 metros con Lucio García.
11.
El
20
de
julio de 2021, se recibió en
la
Secretaría de Administración e Innovación
Gubernamental, el oficio SS/UAJ/EA/1846/2021, suscrito por Silvia Guillermina Roldán y
Fernández, en
su
carácter de Secretaria de Salud, mediante el cual solicitó
se
asignará a
favor de
la
Secretaría de Salud, el bien inmueble descrito en el antecedente que precede.
CONSIDERAN
DOS
PRIMERO.
Que
la
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado
de
Tabasco dispone en su
artículo 14, fracción
X,
que corresponde a los Titulares de las Dependencias de la
Administración Pública Estatal, suscribir los acuerdos, contratos o documentos relativos al
ejercicio de sus atribuciones, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable,
así como aquellos que sean señalados por delegación o le corresponda por suplencia.
SEGUNDO.
Que
la
Administración Pública Estatal, conforme lo determina el artículo 3,
fracción I de
la
Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, ajusta
la
planeación y ejecución
de
las
políticas públicas, así como el ejercicio de sus facultades, a
los principios
de
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, disciplina,
objetividad, profesionalismo, integridad, austeridad y rendición
de
cuentas.

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