Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 22 de Octubre de 2021 - Parte 3

viernes 22 de octubre de 2021
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b)
Omitir diseñar o actualizar las políticas o procedimientos necesarios en
materia de control interno.
c)
Generar información financiera, presupuestaria y de operación sin el
respaldo suficiente.
d)
Comunicar Información financiera, presupuestaria y de operación
incompleta, confusa o dispersa.
e)
Omitir supervisar los planes, programas o proyectos a su cargo, en su caso,
las actividades y el cumplimiento de las funciones del personal que le reporta.
f)
Dejar de salvaguardar documentos e información que se deban conservar
por su relevancia o por sus aspectos técnicos, jurídicos, económicos o de
seguridad.
g)
Ejecutar sus funciones sin establecer las medidas de control que le
correspondan.
h)
Omitir modificar procesos y tramos de control, conforme a sus atribuciones,
en áreas en las que se detecten conductas contrarias al Código de Ética o al
Código de Conducta.
i)
Dejar de implementar, en su caso, de adoptar, mejores prácticas y procesos
para evitar la corrupción y prevenir cualquier conflicto de interés.
j)
Inhibir las manifestaciones o propuestas que tiendan a mejorar o superar
deficiencias de operación, de procesos, de calidad de trámites y servicios, o
de comportamiento ético de los servidores públicos.
k)
Eludir establecer estándares o protocolos de actuación en aquellos trámites
o servicios de atención directa al público o dejar de observar aquéllos
previstos por las instancias competentes.
1)
Así como cualquiera otra análoga a las anteriores que por si misma sean
contraria al conjunto de principios valores y deberes que dirigen o valoran
el comportamiento de los servidores públicos y su recto proceder en el
desempeño de su empleo, cargo o comisión en la administración pública
del estado de Sinaloa.
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X. Procedimiento Administrativo
Los servidores públicos que en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función,
participan en procedimientos administrativos tienen una cultura de denuncia,
respetan las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia
conforme al principio de legalidad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas
siguientes:
a)
Omitir notificar el inicio del procedimier,o y sus consecuencias.
b)
Dejar de otorgar la oportunidad de ofrecer pruebas.
c)
Prescindir el desahogo de pruebas en que se finque la defensa.
d)
Excluir la oportunidad de presentar alegatos.
e)
Omitir señalar los medios de defensa que se pueden interponer para
combatir la resolución dictada.
f)
Negarse a informar, declarar o testificar sobre hechos que le consten
relacionados con conductas contrarias a la norrnatividad, así como al Código
de Ética y al Código de Conducta.
g)
inobservar criterios de lec
i
alidad, imparcialidad, objetividad y discreción en
los asuntos de los que tenga conocimiento que impliquen contravención a la
normatividad, así como al Código de Ética o al Código de Conducta
h)
Así como cualquiera otra análoga a las anteriores que por sí misma sean
contraria al conjunte de principios valores y deberes que dirigen o valoran
el comportamiento de los servidores públicos y su recto proceder en el
desempeño de su empleo, cargo o comisión en la administración pública
del estado de Sinaloa.
Xl.
Desempeño
Permanente con integridac.
Los servidores públicos que desempeñan un empleo, cargo, comisión o función,
conducen su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia,
certeza, cooperación, ética e integridad.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas siguientes:
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a)
Omitir conducirse con un trato digno y cordial, conforme a los protocolos de
actuación o atención al público, y de cooperación entre servidores públicos.
b)
Realizar cualquier tipo de discriminación tanto a otros servidores públicos
como a toda persona en general.
c)
Retrasar de manera negligente las actividades que permitan atender de
forma ágil y expedita al público en general.
d)
Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar o amenazar
a
compañeros
de trabajo o personal subordinado.
e)
Ocultar información y documentación gubernamental, con el fin de
entorpecer las solicitudes de acceso a información pública.
f)
Recibir, solicitar o aceptar cualquier tipo de compensación, dádiva, obsequio
o
regalo en la gestión y otorgamiento de trámites y servicios.
g)
Realizar actividades particulares
en
horarios de trabajo que contravengan
las medidas aplicables para el uso eficiente, transparente y eficaz de los
recursos públicos.
h)
Omitir excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación
o
resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar, de
negocios, o cualquier otro en el que tenga algún conflicto de interés.
i)
Aceptar documentación que no reúna los requisitos fiscales para la
comprobación de gastos de representación, viáticos, pasajes, alimentación,
telefonía celular, entre otros.
j)
Utilizar el parque vehicular terrestre, maritimo o aéreo, de carácter oficial o
arrendado para este propósito, para uso particular, personal o familiar, fuera
de la normativa establecida por la dependencia o entidad en que labore.
k)
Solicitar la baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes
muebles, cuando éstos sigan siendo útiles.
j)
Obstruir la presentación de denuncias o acusaciones o sobre el uso indebido
o
de
derroche de recursos económicos que impidan o propicien la rendición
de cuentas.

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