Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 15 de Septiembre de 2021 (Ordinaria)

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Héctor Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación del Sistema Penitenciario de la
Comisión Estatal de Seguridad.
Cuernavaca, Mor., a 15 de septiembre de 2021
6a. época
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SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS OCHENTA
Y OCHO.- Por el que se concede pensión por
Jubilación al ciudadano Omar Olmedo Linares.
………………………………Pág. 2
DECRETO NÚMERO MIL DOSCIENTOS NOVENTA.-
Por el que se concede pensión por Jubilación a la
ciudadana María Teresa Reyes Spindola.
………………………………Pág. 6
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Convocatoria para la elección del comisionado
ciudadano que será parte del Comité Técnico de la
Comisión Estatal de Evaluación del Desarrollo Social
del Estado de Morelos para el periodo 2021-2024.
………………………………Pág. 9
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico
de los Manuales Administrativos de diversas unidades
administrativas de la Secretaría de Desarrollo
Sustentable del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 12
ORGANISMOS
INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS
ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(IMPEPAC)
Integración del Congreso del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 13
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL
ESTADO DE MORELOS
Acuerdo PTJA/29/2021 por el que se concede licencia
sin goce de sueldo al maestro en derecho Martín
Jasso Díaz, magistrado titular de la Primera Sala de
Instrucción del Tribunal de Justicia Administrativa del
Estado de Morelos y se habilita al secretario de
Estudio y Cuenta adscrito a la Primera Sala de
Instrucción, para que se encargue del despacho de la
citada Sala de este Tribunal.
………………………………Pág. 14
Acuerdo PTJA/33/2021 por el que se reincorpora a sus
funciones al magistrado Martín Jasso Díaz, titular de la
Primera Sala de Instrucción del Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 16
Sentencia interlocutoria de fecha dieciocho de agosto
del dos mil veintiuno, dictada en el incidente no
especificado, respecto del incumplimiento de la
sentencia ejecutoria, emitida en autos del expediente
TJA/2ªS/414/2016.
………………………………Pág. 18
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
AMACUZAC
Acuerdo 02/2021 que aprueba el dictamen por el que
se concede pensión por Viudez a la ciudadana Isabel
Pliego Pliego.
………………………………Pág. 21
Acuerdo 03/2021 que aprueba el dictamen por el que
se concede pensión por Jubilación al ciudadano
Fermín Altamirano Orduño.
………………………………Pág. 22
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 15 de septiembre de 2021
Acuerdo 04/2021 que aprueba el dictamen por el que
se concede pensión por Cesantía en Edad Avanzada
al ciudadano Rubén Valdez Carvajal.
………………………………Pág. 23
Acuerdo 05/2021 que aprueba el dictamen por el que
se concede pensión por Cesantía en Edad Avanzada
al ciudadano Florentino Salgado Rivera.
………………………………Pág. 24
Presupuesto de Egresos 2021, del municipio de
Amacuzac.
………………………………Pág. 25
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
AXOCHIAPAN
Fe de erratas al acuerdo pensionario 07/2018, por el
que se concede pensión por Viudez y Orfandad a Sara
Juárez Cruz y a los menores Wiliberto y Juan
Alejandro Musito Juárez, publicado en el Periódico
Oficial Tierra y Libertad, número 5663, de fecha dos
de enero del año dos mil diecinueve.
………………………………Pág. 30
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE PUENTE
DE IXTLA
Presupuesto de egresos del municipio de Puente de
Ixtla, Morelos, para el ejercicio fiscal del 01 de enero al
31 de diciembre de 2020.
………………………………Pág. 30
Presupuesto de egresos del municipio de Puente de
Ixtla, Morelos, para el ejercicio fiscal del 01 de enero al
31 de diciembre de 2021.
………………………………Pág. 33
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEMIXCO
Extracto de los acuerdos de Cabildo, por concepto de
pensión a favor de los C.C. Laurentino Gorostieta
Benítez, Fernando Rafael Díaz Avelar, Conrado
Arroyo Trinidad, Nabor Ramírez Espinoza, Inés Landa
Román, Janitzio Isabel López Guillén, Elvira Calixtro
Andrade, Martina Almazán Flores, Guadalupe Ayala
Vázquez y Rosa María Landa Vega, aprobados en la
centésima cuadragésima sesión extraordinaria de
Cabildo, celebrada el veinticinco de agosto del 2021.
………………………………Pág. 36
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YECAPIXTLA
Acuerdo por el que se da aviso del inicio del
procedimiento mediante el cual será formulado,
aprobado y expedido el Programa de Ordenamiento
Ecológico Local del Municipio de Yecapixtla, Morelos.
………………………………Pág. 45
Acuerdo por el que se da aviso del inicio del proceso
de planeación y recepción de las opiniones,
planteamientos y demandas de la comunidad, para la
formulación del Programa Municipal de Desarrollo
Urbano Sustentable de Yecapixtla, Morelos.
………………………………Pág. 46
AVISOS Y EDICTOS
………………………………Pág. 47
Al margen izquierdo un escudo del estado de
Morelos que dice: “TIERRA Y LIBERTAD”.- LA
TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON
SUS MANOS.- PODER LEGISLATIVO. LIV
LEGISLATURA.- 2018-2021.
CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS
HABITANTES SABED:
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del
Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en
ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del
artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES:
1.- Mediante escrito de fecha 24 de abril de
2019, el C. Omar Olmedo Linares, solicitó de esta
soberanía, le fuera otorgada pensión por Jubilación de
conformidad con la hipótesis contemplada en el
artículo 58, fracción I, inciso k) de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos, toda vez que prestó sus
servicios, en el Poder Judicial del Estado de Morelos,
desempeñando como último cargo el de: oficial judicial
“A”, adscrito al Juzgado Primero Civil de Primera
Instancia del Primer Distrito Judicial del Estado.
2.- Una vez analizada dicha solicitud e integrado
el expediente respectivo, habiendo reunido los
requisitos de ley, así como haber verificado
fehacientemente la antigüedad devengada por dicho
servidor público, toda vez que prestó sus servicios al
Poder Judicial del Estado de Morelos, habiendo
acreditado una antigüedad de solicitud 21 años, 00
meses de servicio efectivo interrumpido, presentando
su renuncia voluntaria el día 21 de septiembre de
2020, es por lo que se sometió al pleno de la LIV
Legislatura para su lectura y aprobación, el dictamen
con proyecto de decreto respectivo, siendo aprobado
en sesión ordinaria de pleno iniciada el día 28 de abril
y concluida el 19 de mayo de 2021, mediante el
Decreto Número Mil Doscientos Ochenta y Ocho.
3.- Con fecha 28 de mayo de 2021, mediante
oficio sin número, el encargado de despacho de la
Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios
del Congreso del estado, hizo del conocimiento del
titular del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos del
referido decreto pensionatorio para los efectos legales
correspondientes.
15 de septiembre de 2021 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
4.- Mediante oficio número OGE/0092/2021, de
fecha 9 de junio de 2021, el jefe de la Oficina de la
Gubernatura del Estado de Morelos, con fundamento
en los artículos 47, primer párrafo, 49 y 70, fracción ll
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Morelos; artículos; 9, fracción I y tercer párrafo, y
21, fracciones ll y XII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado Libre y Soberano de
Morelos; así como 1, 3 y 4, fracción I, 9 y 10,
fracciones I, XIII y XXXIII, del Reglamento Interior de
la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del estado,
remitió las observaciones que en ejercicio de sus
atribuciones el titular del Poder Ejecutivo del estado
formuló al mencionado decreto para someterlas a la
consideración de esta soberanía.
5.- Mediante el turno no.
SSLyP/DPLyP/AÑO3/D.P./1740/21, de fecha 21 de
junio de 2021, el encargado de despacho de la
Secretaría de Servicios Legislativos y Parlamentarios
del Congreso del estado, informó que por acuerdo del
pleno en la sesión ordinaria de la misma fecha, se
determinó turnar a esta Comisión Legislativa las
citadas observaciones para los efectos legales
correspondientes.
Derivado de lo anterior se deliberó en sesión de
la comisión atento a las siguientes:
CONSIDERACIONES
El titular del Ejecutivo, realiza la única
observación en la cual expone lo siguiente:
“Por lo que concierne a los Decretos 1280,
1282, 1286, 1288 y 1290.
a).- Los Decretos 1280, 1282, 1286, 1288 y
1290. Que se devuelven, si bien ese Congreso del
estado determina que el pago de las pensiones en
ciernes sea “….
Con cargo a la partida presupuestal
correspondiente al pago de decretos pensionatorios
controvertidos ante la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, por el Tribunal Superior de Justicia del Estado
de Morelos, precisado en el anexo 2 del artículo
décimo octavo del Decreto Número Sesenta y Seis por
el que se aprueba el Presupuesto de Egresos del
Gobierno del Estado de Morelos, para el ejercicio
fiscal del primero de enero al 31 de diciembre de 2021
y las partidas respectivas de los ejercicios
subsecuentes, no es menos cierto que correctamente
debe referirse al Decreto Número Mil Ciento Cinco, por
el que se aprueba el presupuesto para el ejercicio
fiscal del primero de enero al 31 de diciembre de 2021,
además el nombre correcto de la partida en términos
del citado anexo 2 es “Pago de pensiones,
jubilaciones, controversias constitucionales y amparos
del Tribunal Superior de Justicia” y no como se
menciona en los decretos de observación”.
Una vez analizados los argumentos que
contienen la presente observación, así como de la
revisión al dictamen observado y de la documentación
que integra el expediente respectivo, esta comisión
dictaminadora concluye que es procedente la
observación formulada por el Poder Ejecutivo estatal.
Por lo tanto, atiende a hacer la modificación
correspondiente, en sus términos al decreto ya
mencionado, a fin de garantizar el derecho a la
seguridad social del mencionado servidor público.
Por lo anteriormente expuesto, esta comisión se
sirve: PRIMERO.- Se determina de procedente la
observación realizada por el Poder Ejecutivo del
Estado de Morelos, al Decreto Mil Doscientos Ochenta
y Ocho por el que se concede pensión por Jubilación
al ciudadano Omar Olmedo Linares.
SEGUNDO.- Túrnese a la mesa directiva del
Congreso del estado a fin de que sea considerado
para discusión ante la asamblea general.
Derivado de lo anterior, se expone al pleno, el
presente dictamen:
Honorable asamblea:
A la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad
Social le fue turnada para su análisis y dictamen
correspondiente la solicitud de pensión por Jubilación
promovida por el C. Omar Olmedo Linares.
De la documentación relativa se obtuvieron las
siguientes: CONSIDERACIONES:
I.- El 24 de abril de 2019, el C. Omar Olmedo
Linares, solicitó de esta soberanía le fuera otorgada
pensión por Jubilación, de conformidad con la
hipótesis contemplada en el artículo 58, fracción I,
inciso j), de la Ley del Servicio Civil del Estado, toda
vez que prestó sus servicios, en el Poder Judicial del
Estado de Morelos, desempeñando como último cargo
el de: oficial judicial “A”, adscrito al Juzgado Primero
Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial
del Estado.
II.- Que al tenor del artículo 56 de la Ley del
Servicio Civil vigente en la entidad, la pensión por
Jubilación se generará a partir de la fecha en que
entre en vigencia el decreto respectivo. Si la
pensionada se encuentra en activo, a partir de la
vigencia del decreto cesarán los efectos de su
nombramiento. La trabajadora que se hubiere
separado justificada o injustificadamente de su fuente
de empleo, antes de la fecha de vigencia del decreto
que la otorga, recibirá el pago de su pensión a partir
del siguiente día de su separación. Y de conformidad
con el artículo 58 del mismo ordenamiento, la pensión
por jubilación, se otorgará a la trabajadora que
conforme a su antigüedad se ubique en el supuesto
correspondiente.

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