Periódico Oficial "Tierra y Libertad" del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos del 30 de Junio de 2021

PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico
Director: Lic. Pablo Héctor Ojeda Cárdenas
El Periódico Oficial “Tierra y Libertad” es
elaborado en los Talleres de Impresión de la
Coordinación del Sistema Penitenciario de la
Comisión Estatal de Seguridad.
Cuernavaca, Mor., a 30 de junio de 2021
6a. época
5958
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
Acuerdo parlamentario por el que se da cumplimiento
a la sentencia de fecha 4 de junio de 2021, dictada
dentro del juicio electoral TEEM/JE/03/2021-2.
………………………………Pág. 2
Acuerdo parlamentario por el que se modifica la
integración de la Junta Política y de Gobierno del
Congreso del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 5
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA
Fe de erratas al Sumario del Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”, número 3924, de fecha 24 de junio de 1998.
………………………………Pág. 7
Fe de erratas al Sumario de la Segunda Sección del
Periódico Oficial “T ierra y Libertad”, número 5956, de
fecha 23 de junio de 2021.
………………………………Pág. 7
Fe de erratas al Sumario de la Tercera Sección del
Periódico Oficial “T ierra y Libertad”, número 5956, de
fecha 23 de junio de 2021.
………………………………Pág. 7
SECRETARÍA DE SALUD
Convenio Modificatorio al Convenio Específico en
Materia de Transferencia de Recursos
Presupuestarios Federales, con el carácter de
subsidios del Programa Fortalecimiento a la Atención
Médica S200, para el funcionamiento del Centro
Operativo para la Atención de Contingencias
(COPAC), número DGPLADES-FAM-COPAC-CECTR-
MOR-01/2020, de fecha 02 de enero de 2020.
………………………………Pág. 8
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE
LA FAMILIA DEL ESTADO DE MORELOS
Reportes de avances financieros validados en el Portal
del Sistema Recursos Federales Transferidos (SRFT),
correspondientes al primer trimestre 2021.
………………………………Pág. 19
SECRETARÍA DE CONTRALORÍA
Lineamientos para el ejercicio, control, comprobación y
transparencia de los recursos estatales recaudados
del cinco al millar provenientes del derecho
establecido en los artículos 108 de la Ley General de
Hacienda del Estado de Morelos y 86 del Reglamento
de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados
con la Misma del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 22
SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE
FIDEICOMISO LAGO DE TEQUESQUITENGO
Convenio que con la finalidad de generar certeza
jurídica, paz y armonía, respecto del buen inmueble
identificado como lote sin número, manzana 3, tercera
sección, zona denominada “club náutico”, celebran “el
Fideicomiso”, “los representantes de los Ejidos” y “la
Asociación”; de fecha veintisiete de diciembre del
2019.
………………………………Pág. 32
Edicto ordenado mediante Acuerdo CT 5° ORD 14-
14/10/10, de fecha 14 de octubre de 2019, mediante el
cual se convoca a las personas poseedoras de buena
fe, con título suficiente para poseer un predio afecto al
fideicomiso.
………………………………Pág. 38
Página 2 PERIÓDICO OFICIAL 30 de junio de 2021
ORGANISMOS
INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS
ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
(IMPEPAC)
Acuerdo IMPEPAC/CEE/273/2021, que presenta la
Secretaría Ejecutiva al Consejo Estatal Electoral, del
Instituto Morelense de Procesos Electorales y
Participación Ciudadana, para resolver sobre el
cumplimiento a los requerimientos efectuados
mediante similar IMPEPAC/CEE/238/2021, relativo a
las solicitudes de sustitución por renuncia a
candidaturas, presentadas ante este organismo
electoral, durante el proceso electoral ordinario local
2020-2021, que tiene verificativo en la entidad.
………………………………Pág. 39
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Acta correspondiente a la sesión solemne del pleno
del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de
Morelos, reunidos el día quince de abril del año dos
mil veintiuno.
………………………………Pág. 55
Acuerdo PTJA/25/2021 por el cual se aprueba el
informe mensual de los ingresos y gastos efectuados
del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de
Morelos, correspondientes al mes de abril de dos mil
veintiuno.
………………………………Pág. 59
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE MORELOS
Acuerdo emitido en la sesión extraordinaria de quince
de diciembre de dos mil veinte en relación con el pago
de aguinaldo a los servidores públicos del Poder
Judicial del Estado de Morelos.
………………………………Pág. 61
GOBIERNO MUNICIPAL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TEPALCINGO
Reglamento de Construcciones para el municipio de
Tepalcingo, Morelos.
………………………………Pág. 62
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
YAUTEPEC
Acuerdo por el cual se aprueba la firma del contrato de
donación o usufructo, de los terrenos para continuar
con los trámites relativos a la construcción del nuevo
CEBETA de Cocoyoc.
………………………………Pág. 100
AVISOS Y EDICTOS
………………………………Pág. 101
Al margen izquierdo un escudo del estado de
Morelos que dice: “TIERRA Y LIBERTAD”.- LA
TIERRA VOLVERÁ A QUIENES LA TRABAJAN CON
SUS MANOS.- PODER LEGISLATIVO. LIV
LEGISLATURA.- 2018-2021.
La Quincuagésima Cuarta Legislatura del
Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en
ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del
artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
En sesión ordinaria de pleno del día 21 de junio
del 2021, los diputados integrantes de la Comisión de
Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública de la LIV
Legislatura del Congreso del Estado de Morelos,
presentaron ante el pleno, punto de Acuerdo
Parlamentario por el que se da cumplimiento a la
sentencia de fecha 4 de junio de 2021, dictada dentro
del juicio electoral TEEM/JE/03/2021-2, bajo las
siguientes: CONSIDERACIONES
A la Comisión de Hacienda, Presupuesto y
Cuenta Pública del Congreso del Estado de Morelos,
por acuerdo de la conferencia para la dirección y
programación de los trabajos legislativos, en su sesión
de fecha 21 de abril de 2021, le fue turnado mediante
oficio número SSLYP/DDL/382/2021, de fecha 22 de
abril de 2021, suscrito por el Lic. César Francisco
Betancourt López, el oficio LIV/SSLP/DJ/3º./2150-
B/2021, suscrito por el Lic. Rogelio Sánchez Pérez,
encargado de despacho de la Dirección Jurídica, al
que acompaña el oficio IMPEPAC/PRES/CEPGAR/
696/2021, de fecha 8 de abril de 2021, que suscribe el
Mtro. Pedro Gregorio Alvarado Ramos, presidente
provisional del Consejo Estatal Electoral del Instituto
Morelense de Procesos Electorales y Participación
Ciudadana, mediante el cual atiende el oficio
VPMD/049/3AÑOS/2021, de fecha 4 de marzo de
2021, suscrito por el Dip. José Luís Galindo Cortez,
vicepresidente en funciones de presidente de la mesa
directiva del Congreso del Estado de Morelos,
acompañada de 3 carpetas con diversa información
financiera remitida por el IMPEPAC.
La presidenta de la Comisión de Hacienda,
Presupuesto y Cuenta Pública, hizo del conocimiento
vía oficio a los diputados integrantes de la comisión
respecto de los documentos antes mencionados, los
cuales, debido a su volumen, quedaron a la vista de
los diputados integrantes para la consulta dicha
información en la comisión y en su caso realizarán
algún pronunciamiento respecto de los mismos.
De la documentación que antecede, se
desprende que la sentencia pronunciada por el
Tribunal Electoral del Estado de Morelos, en el juicio
TEEM/JE/03/2021-2, establece en su considerando
sexto, inciso c) lo siguiente:
30 de junio de 2021 PERIÓDICO OFICIAL Página 3
“c) El honorable Congreso del Estado de
Morelos en plenitud de sus atribuciones
constitucionales y legales deberá de analizar la
petición del IMPEPAC, con base en los señalamientos
al punto que antecede y determinar si ha lugar o no
otorgar la ampliación solicitada, tomando en
consideración para efecto del desahogo del asunto,
que en la entidad actualmente se está en un proceso
en curso, además del incremento en la cantidad de los
partidos políticos que hay en la entidad y el de contar
con tres nuevos municipios, lo cual incrementa
considerablemente la labor que llevará a cabo el
instituto demandante, para lo cual se considera
razonable fijar un plazo de ocho días hábiles, contados
a partir de la notificación de la presente resolución,
periodo en el cual el Poder Legislativo estará en
aptitud de solicitar al instituto actor los documentos
que considere pertinentes y necesarios para dicho
estudio, en términos del artículo 40 de la Ley de
Presupuesto referida.”
Ahora bien, el Presupuesto de Egresos del
Estado de Morelos para el ejercicio 2021, fue
aprobado mediante el Decreto Número Mil Ciento
Cinco, publicado el 31 de diciembre de 2020, en el
Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión
del Gobierno del Estado de Morelos, por lo que
cualquier modificación a dicho decreto, requiere una
iniciativa de reforma al citado decreto, en virtud de que
el artículo 50 de la Constitución Política del Estado de
Morelos, establece que para la reforma de leyes o
decretos, se observarán los mismos trámites que para
su formación. Por lo cual, la intervención de este
Congreso para modificar el Presupuesto de Egresos
del Estado de Morelos, es a través de una iniciativa de
reforma a dicho presupuesto, como enseguida se
explica:
El artículo 40 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos, a
que hace referencia la sentencia mencionada emitida
por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos, dice lo
siguiente:
“Artículo 40. En el caso de que se requieran
ampliaciones presupuestales:
I. El ejecutivo del estado solicitará la
autorización respectiva al congreso del estado, y
II. El presidente municipal solicitará la
autorización respectiva al Cabildo correspondiente.
Las adecuaciones presupuestales y el acta de la
sesión de Cabildo en que se autoricen, dentro de los
quince días siguientes al de la sesión serán enviadas
por el presidente municipal al Congreso del Estado
para su conocimiento y efectos de la revisión de la
Cuenta Pública.
En los casos a que se refiere este artículo se
requerirá identificar la fuente de ingresos
correspondiente.”
De conformidad con el artículo 40, fracción II y
50 de la Constitución Política del Estado de Morelos
relacionado con el artículo 40 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado
de Morelos, la intervención de esta com isión en lo que
se refiere a las ampliaciones presupuestales, lo es
mediante el estudio, análisis, y discusión de una
iniciativa de reforma al Presupuesto de Egresos del
Estado de Morelos aprobado para el ejercicio 2021.
Ergo, una vez analizado el contenido del oficio
número SSLYP/DDL/382/2021, de fecha 22 de abril de
2021, suscrito por el Lic. César Francisco Betancourt
López, por el cual remite el oficio
LIV/SSLP/DJ/3º./2150-b/2021, suscrito por Lic. Rogelio
Sánchez Pérez, encargado de despacho de la
Dirección Jurídica, al que a su vez acompaña el oficio
IMPEPAC/PRES/CEPGAR/696/2021, de fecha 8 de
abril de 2021, que suscribe el Mtro. Pedro Gregorio
Alvarado Ramos, presidente provisional del Consejo
Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos
Electorales y Participación Ciudadana, mediante el
cual atiende el oficio VPMD/049/3AÑOS/2021, de
fecha 4 de marzo de 2021, suscrito por el Dip. José
Luís Galindo Cortez, vicepresidente en funciones de
presidente de la mesa directiva del Congreso del
Estado de Morelos, así como del análisis de la
documentación que en tres carpetas lefort que
contiene diversa información financiera del IMPEPAC,
se advierte que la petición que formulan es una
ampliación presupuestal. Sin embargo, de la
documentación remitida a esta comisión, se colige que
no se acompaña de una iniciativa de modificación al
presupuesto, en la que se señale la fuente de ingresos
correspondiente.
Por lo anterior, al no satisfacerse lo establecido
por el artículo 40 de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos,
relacionado con los artículos 40, fracción II y 50 de la
Constitución Política del Estado de Morelos, esta
comisión no puede entrar al estudio de la solicitud de
ampliación presupuestal solicitada por el Instituto
Morelense de Procesos Electorales y Participación
Ciudadana.
Asimismo, y toda vez que es hecho público y
notorio, que la jornada electoral se llevó a cabo el día
seis de junio del año en curso, no nos encontramos en
el estado de urgencia y necesidad que argumentó el
promovente.
La diputada Dalila Morales Sandoval, presentó
voto particular con relación al acuerdo en mención,
que a la letra dice:
“Voto particular con relación al acuerdo
emanado de la Comisión de Hacienda Presupuesto y
Cuenta Pública, por el que se da cumplimiento a la
sentencia del juicio electoral TEEM/JE/03/2021-2”.
“Juicio electoral de número TEEM/JE/03/2021-2
radicado en el Tribunal Electoral del Estado de
Morelos”.
“Actor: Instituto Morelense de Procesos
Electorales y Participación Ciudadana”.
“Lo anterior, en virtud de lo siguiente:”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR