Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 14 de Abril de 2021 - Parte 2

miércoles 14 de abril de 2021
«EL ESTADO DE SINALOA» 31
DOCUMENTO ADICIONAL DA-8.-
Escrito en papel membretado del bátanle en el cual manifieste, bajo protesta
de decir verdad, ser de nacionalidad mexicana y conviene que si llegase a cambiar su nacionalidad, en seguirse
considerando como mexicano, para todo lo relacionado con este contrato y se obliga a no invocar la protección de
ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana los derechos derivados de este
contrato
DOCUMENTO ADICIONAL DA-9.-
Escrito en papel membretado mediante el cual expresamente manifieste
obligarse a mantener absoluta confidencialidad de toda la información y documentación relativa a los trabajos
convocados, durante o después del concurso, así como no hacer mal uso de esta.
DOCUMENTO ADICIONAL DA-10.-
Escrito en papel membretado mediante el cual manifieste que de resultar
ganador, previo a la firma del contrato, se compromete
a mostrar a la
convocante para su cotejo, el original de
los documentos seflalados en los numerales DA3 y DA6.
DOCUMENTO ADICIONAL DA-11.-
El licitante, de
conformidad con el
Artículo 32-D, del Código Fiscal de la
Federación, deberá presentar un documento expedido vigente por el Sistema de Administración Tributaria
(SA.T.), en el cual se emita opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, en sentido positivo.
Asi mismo deberá de presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, en
sentido positivo, emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (I.M.S.S.); lo anterior, es de conformidad
con lo establecido en el Articulo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, y del Acuerdo
ACDO.SA1.1
-
ICT.HCT.101214/281.P.DIR de fecha 27 de febrero de 2015, emitido por el H. Consejo Técnico del
Instituto Mexicano del Seguro Social.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO:
Con fundamento en lo establecido en el Articulo 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas del Estado de Sinaloa, la convocante adjudicará el contrato al licitante que, de entre los
participantes, reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas en las Bases de este concurso, y
garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y la ejecución en tiempo de los trabajos que lo
motivan.
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin
necesidad de adquirir las Bases correspondientes, registrando previamente su participación y absteniéndose de
intervenir en cualquier forma en los mismos.
Culiacán Rosales, Sinaloa, México; a 14 de abril de 2021.
ARQ. AUHTEMOC()SALES INZUNZA
ubsecretario de Obras Públicas,
en suplencia r ausencia del Secretario de Obras Públicas,
con fundamento en los artículos 38 del Reglamento Orgánico
de la Administración Pública Estatal de Sinaloa,
y 41 del Reglamento Interior de la Secretaria de Obras Públicas.
Hoja No 3 de 3.-
El Secretario
de Seg
32 «EL ESTADO DE SINALOA»
miércoles 14 de abril de 2021
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
PODER
EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SINALOA.
El suscrito, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, con fundamento en lo establecido
en los artículos 29 fracción XVIII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de
Sinaloa; 117 fracción I, y 132 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el
Periódico Oficial `El Estado de Sinaloa' el 25 de julio de 2001, con aplicabilidad en base al artículo
cuarto transitorio de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, publicada en el enunciado
periódico oficial, el
14
de octubre de 2009, y los artículos 1* y 7" fracción VII del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en el en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa",
el día 20 de Marzo de 2000; los cuales me confieren atribuciones para autorizar, coordinar, controlar,
supervisar, registrar y resolver las solicitudes de autorización que realizan las personas físicas y
morales para prestar servicios privados de seguridad; y una vez verificada la acreditación de los
requisitos establecidos en la normativa aplicable, en uso de las facultades antes señaladas, determino
lo siguiente:
RESOLUCIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD
Expediente administrativo
N° PM-001-2021
Solicitante
Razón Social
SEPSA, S. A. DE C. V.
Nombre Comercial
SENA
Apoderado legal
CARLOS GERARDO LACHICA SARABIA.
Fecha de Solicitud
18 de Diciembre 2020
Determinación
Se autoriza al solicitante prestar servicios privados de seguridad en esta
entidad Federativa, en el periodo, modalidad y condiciones establecidas
en la resolución administrativa correspondiente.
N" de Autorización
SSP.SIN/012/2001
Vigencia de la autorización
Del 12/01/2021 al 11/01/2022.
Modalidad autorizada
TRASLADO Y CUSTODIA DE BIENES MUEBLES, FONDOS Y
VALORES.
- - - La resolución administrativa completa podrá consultarse en el enlace que abajo se indica , a partir
del mes de abril del presente año, de conformidad con los lineamientos técnicos generales para la
publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; o bien, podrá obtenerse una copia,
a petición específica del interesado dirigida al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado
de Sinaloa; ubicada en el Complejo Estatal de Seguridad Pública cito en: Carretera Culiacán Navolato
km 12.5 Col. Altos de Bachigualato, Culiacán, Sinaloa.
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Culiacán,
Sinaloa, a 8 de abril del 2021.

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