Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 8-82-98 hectáreas de temporal de uso individual, de terrenos del ejido San Nicolás Terrenate, Municipio de Terrenate, Tlax. (Reg.- 1173

Fecha de disposición31 Agosto 2000
Fecha de publicación31 Agosto 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 8-82-98 hectáreas de temporal de uso individual, de terrenos del ejido San Nicolás Terrenate, Municipio de Terrenate, Tlax. (Reg.- 1173)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 100.400.- 4559 de fecha 7 de agosto de 1986, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 7-73-22 Has., de terrenos del ejido denominado SAN NICOLÁS TERRENATE , Municipio de Terrenate del Estado de Tlaxcala, para destinarlos a formar parte del nuevo embalse y zona federal de la presa Tenexac, misma que se ajusta a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente conforme a la Ley. Posteriormente la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca mediante oficio número 1647 de fecha 27 de marzo de 1995, hace suya la solicitud de expropiación y ratifica el compromiso de pago de la indemnización respectiva. Iniciado el procedimiento relativo de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 8-82-98 Has., de temporal de uso individual propiedad de los siguientes ejidatarios.

NOMBRE PARCELA No. SUPERFICIE HA.
1.- JORGE PALAFOX CONCHA 3 0-57-26
2.- LORENZO FERNÁNDEZ MALDONADO 4 1-57-27
3.- LORENZA LÓPEZ VDA. DE CERVANTES 10 1-43-35
4.- BRUNA SÁNCHEZ GARCÍA VDA. DE CORONA 11 0-96-49
5.- LORENZO HERNÁNDEZ ROMERO 12 1-04-62
6.- MANUEL MONTIEL LIRA 13 1-17-20
7.- SERGIO MORALES GARCÍA 14 1-03-62
8.- JOSÉ GUADALUPE ROMERO HERNÁNDEZ 15 0-63-00
9.- RIGOBERTO PALAFOX RIVERA 16 0-28-20
10.- JOSÉ GUADALUPE DE FABIÁN LIRA 17 0-11-97
TOTAL 8-82-98 HAS.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 2 de diciembre de 1926, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 1927 y ejecutada el 11 de enero de 1927, se concedió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR