Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 433-82-75 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos de la comunidad Zona Lacandona, Municipio de Ocosingo, Chis

Fecha de disposición22 Febrero 2006
Fecha de publicación22 Febrero 2006
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 433-82-75 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos de la comunidad Zona Lacandona, Municipio de Ocosingo, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 37, fracción XXVII, y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 93, fracción V, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 61, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que desde hace más de 14 años aproximadamente un grupo de campesinos denominado “NUEVO FRANCISCO VILLA”, ubicado en el Municipio de Ocosingo, Estado de Chiapas, ha venido ocupando y explotando en actividades agropecuarias de manera continua y sin autorización una superficie de terrenos que fueron reconocidos y titulados al poblado “ZONA LACANDONA” del mismo Municipio y Estado, generándose un conflicto entre el grupo en posesión y la comunidad mencionada, por lo que, para resolver dicho conflicto la Asamblea de Comuneros de la comunidad “ZONA LACANDONA”, mediante acta de fecha 4 de noviembre de 2005, manifestó su anuencia para que se regularice por la vía expropiatoria, la superficie mencionada a favor del grupo de campesinos denominado “NUEVO FRANCISCO VILLA”.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio sin número de fecha 24 de octubre de 2005, el Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural y el Oficial Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria solicitaron al titular de la propia Dependencia, la expropiación de una superficie de 433-82-75 Has., de terrenos de la comunidad denominada “ZONA LACANDONA”, Municipio de Ocosingo del Estado de Chiapas, para destinarlos a su regularización mediante la transmisión gratuita al grupo de campesinos denominado “NUEVO FRANCISCO VILLA” del propio Municipio y Estado, que los tienen en posesión para que continúen dedicándolos a actividades agrícolas y pecuarias. Dicha solicitud de expropiación se funda en lo establecido en los artículos 93, fracción V y 94 de la Ley Agraria, señalando en la propia solicitud que el pago de la indemnización será a cargo del Fideicomiso Fondo `95, quien mediante oficio sin número de fecha 3 de octubre de 2005, se comprometió a cubrir la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13177, notificando a los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 165285 de fecha 27 de enero de 2006, recibida el 1o. de febrero del mismo año, quienes ratificaron su conformidad con la presente expropiación.

Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 433-82-75 Has., de temporal de uso común, que se encuentra en posesión del grupo de campesinos denominado “NUEVO FRANCISCO VILLA”.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 26 de noviembre de...

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