Voto, Plenos de Circuito

JuezMagistrado Horacio Armando Hernández Orozco
Número de registro42950
Fecha21 Septiembre 2018
Fecha de publicación21 Septiembre 2018
Número de resolución1/2018
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 58, Septiembre de 2018, Tomo II, 1533

Salvedad formulada por el Magistrado H.A.H.O. en la ejecutoria de la contradicción de tesis 1/2018.


Me permito formular la siguiente salvedad en la presente contradicción de tesis 1/2018, pues si bien estoy de acuerdo con las consideraciones que se exponen en la resolución mayoritaria y que fueron expuestas en la sesión plenaria, en el sentido de que los Jueces de Distrito al momento de proveer sobre la suspensión de plano tratándose el acto reclamado de un traslado a diverso centro penitenciario pueden señalar de manera potestativa, la existencia de otros derechos fundamentales, que según el caso, asistan al quejoso y que deben seguir respetando las autoridades vinculadas al acto inicialmente reclamado; sin embargo, bajo mi consideración, la inclusión de estos derechos fundamentales no dan ni deben dar pauta para integrar la litis constitucional en el amparo, ya que ésta se integra únicamente con el acto reclamado, en concreto que lo es la orden de traslado; por ende, cualquier violación o incumplimiento de las autoridades responsables respecto a los diversos derechos humanos que se incluyan en el dictado de la suspensión de plano no puede traer como consecuencia el otorgamiento del amparo a favor del gobernado, ya que ello rebasaría la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR