Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
Número de resolución | VII.1o.C. J/4 (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Enero 2017 |
Fecha | 31 Enero 2017 |
Número de registro | 26910 |
Localizador | Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 38, Enero de 2017, Tomo IV, 2245 |
INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 266/2015. 4 DE SEPTIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: A.S.C.. SECRETARIA: M.E.A.C..
CONSIDERANDO:
TERCERO.-Resulta innecesario transcribir y examinar, tanto la interlocutoria recurrida como los agravios aducidos en su contra, toda vez que el incidente de suspensión tiene como finalidad mantener viva la materia del juicio de amparo, y al desaparecer ésta, como ocurre en la especie, en vista de que se resolvió el juicio de amparo con el que se relaciona el presente recurso, éste quedó sin materia.
Lo anterior se afirma porque mediante oficio número 29002-I, signado por el secretario del juzgado ********** de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en **********, recibido por este órgano colegiado, el cinco de agosto de dos mil quince, y acordado por auto de presidencia el día seis siguiente; dicho secretario informó que mediante proveído de diecisiete de julio de dos mil quince, causó ejecutoria la sentencia en la que se sobreseyó en el juicio de amparo ********** de donde deriva el incidente de suspensión en el que se emitió la interlocutoria recurrida; auto que, en lo que interesa, dice:
"...Vista la certificación de esta fecha, se advierte que transcurrió el término a que se refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que alguna de las partes hubiera recurrido la sentencia dictada el veintiséis de junio del año que transcurre, en la que se sobreseyó en el presente juicio de amparo, con fundamento en los artículos 355 y 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se declara, que dicha resolución ha causado ejecutoria para los efectos legales a que haya lugar.-Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y archívense las presentes actuaciones como asunto concluido. ..." (foja 12 de autos)
Como puede verse, mediante el indicado oficio que acompaña, se informa que la sentencia dictada dentro de los autos del juicio de amparo indirecto número **********, promovido por **********, por conducto de su representante legal **********, de donde deriva el presente incidente en revisión, causó ejecutoria para todos los efectos legales, por auto de diecisiete de julio de dos mil quince, al haber transcurrido el término de diez días que establece el artículo 86 de la Ley de Amparo, para interponer el recurso de revisión en contra de dicha resolución, sin que las partes interesadas hubiesen ejercido ese derecho.
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