Voto, Tribunales Colegiados de Circuito

JuezMagistrado Arturo Ramírez Sánchez
Número de registro42737
Fecha23 Marzo 2018
Fecha de publicación23 Marzo 2018
Número de resolución665/2017
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 52, Marzo de 2018, Tomo IV, 3383

HONORARIOS POR SERVICIOS PROFESIONALES. LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE EJERZAN LA ACCIÓN DE PAGO DERIVADA DE UN CONTRATO DE ESA NATURALEZA, AMPARADA EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, DEBEN ACREDITAR QUE QUIEN LOS EJECUTÓ SE ENCUENTRA FACULTADO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN RESPECTIVA.


Voto particular del Magistrado A.R.S.: Con el profundo respeto que merecen mis compañeros me permito disentir del criterio de la mayoría por la siguiente razón: En la sentencia aprobada por la mayoría toman como base para sustentar el criterio de que también los contadores tienen que exhibir su cédula profesional como documento base de la acción cuando demanden el pago de honorarios derivados de un contrato de prestación de servicios profesionales.-Al respecto, cabe decir que el criterio del Máximo Tribunal respecto de los honorarios de abogados tiene su razón de ser porque para nadie es desconocido que hay muchas personas que litigan como...

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