Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 18 de Octubre de 2017 (9a Sección)

COPIA SIN VALOR LEGAL
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PERIÓ DICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLXVIII Morelia, Mich., Miércoles 18 de Octubre de 2017 NUM. 40
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Juárez Valdovinos
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Ing. Silvano Aureoles Conejo
Secretario de Gobierno
Lic. Adrián López Solís
Director del Periódico Oficial
Lic. José Juárez Valdovinos
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 10 páginas
Precio por ejemplar:
$ 26.00 del día
$ 34.00 atrasado
Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P. 58099 NOVENA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONVENIO DE CONFORMACIÓN DEL MANDO ÚNICO POLICIAL PARA EL
ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, REPRESENTADO POR EL C. SILVANO AUREOLES CONEJO, EN SU
CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO; ASISTIDO POR EL C. ADRIÁN
LÓPEZ SOLÍS, SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. CARLOS MALDONADO
MENDOZA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN; LA C. SILVIA
ESTRADA ESQUIVEL, SECRETARIA DE CONTRALORÍA, EL C. J. ANTONIO
BERNAL BUSTAMANTE, SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y LA C.
DOLORES DE LOS ÁNGELES NAZARES JERÓNIMO, SECRETARIA EJECUTIVA
DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, A QUIENES EN LO
SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ «EL ESTADO» Y POR LA OTRA EL
MUNICIPIO DE COPÁNDARO, DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO,
REPRESENTADO POR EL C. DAVID GARCÍA GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE
PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL C. MANUEL RICO ORTIZ, EN SU CARÁCTER
DE SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ «EL MUNICIPIO», MISMAS QUE ACTUANDO EN CONJUNTO
SE LES DENOMINARÁ «LAS PARTES», AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
21, párrafos noveno y décimo, incisos a) y c), que la Seguridad Pública es una
función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para
hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los
términos de la ley, en las respectivas competencias que la Constitución señala,
debiendo sujetarse a las bases mínimas enunciadas en dicho ordenamiento, debiendo
coordinarse entre sí, para cumplir los objetivos de la Seguridad Pública;
II. El artículo 115, fracción III inciso h), de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, establece que «EL MUNICIPIO», tendrá a su cargo entre
otras, la función de Seguridad Pública, en términos del artículo 21, del citado
ordenamiento;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR