Sentencia nº SUP-RAP-0278-2009 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Octubre de 2009

PonenteFlavio Galván Rivera
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2009
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadInstituto Federal Electoral
Tipo de procesoRecurso de apelación

RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-278/2009 ACTOR: CONVERGENCIA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL TERCEROS INTERESADOS: ULISES E.R.O., J.F.F.V., M.E.D.E.P.Y.P.E.L. MAGISTRADO PONENTE: F.G. RIVERA SECRETARIO: ISAÍAS TREJO SÁNCHEZ

México, Distrito Federal, a catorce de octubre de dos mil nueve.

VISTOS, para resolver, los autos del recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-278/2009, promovido por Convergencia, en contra del Consejo General del Instituto Federal Electoral, para controvertir la resolución CG455/2009, de fecha dos de septiembre de dos mil nueve, dictada en el procedimiento especial SCG/PE/CONV/JL/OAX/216/2009, instaurado en contra de U.E.R.O., J.F.F.V., M.E. de E.P. y P.E.L., por presuntos hechos constitutivos de infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y

R E S U L T A N D O :

I.A.. De lo expuesto en el escrito de demanda y de las constancias que obran en el expediente del recurso de apelación al rubro indicado, se advierte lo siguiente:

  1. Denuncia. El veintitrés de junio de dos mil nueve, Convergencia presentó, ante la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de Oaxaca, escrito de denuncia en contra de U.E.R.O., J.F.F.V., M.E. de E.P. y P.E.L., por presuntos hechos constitutivos de infracciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, por actos de promoción personalizada por parte de los servidores públicos y transgresión al principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos.

  2. Remisión de denuncia. Mediante oficio VE/4902/2009, recibido en la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral el veinticinco de junio de dos mil nueve, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local de ese Instituto en el Estado de Oaxaca remitió la denuncia precisada en el punto que antecede, la cual quedó registrada con la clave SCG/PE/CONV/JL/OAX/216/2009.

  3. Primera resolución. El diez de julio de dos mil nueve, con motivo de la mencionada denuncia, el Secretario del Consejo General del Instituto Federal Electoral dictó resolución, en el siguiente sentido.

    …

    PRIMERO. Se desecha de plano la queja presentada por el representante suplente del Partido Político Convergencia ante el Consejo Local de este Instituto en el estado de Oaxaca, en contra de los CC. U.E.R.O., J.F.V., M.E. de E.P. y P.E.L., Gobernador Constitucional del estado de Oaxaca; Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional y candidatos al cargo de Diputado Federal por el 08 distrito electoral en la entidad federativa en cita, respectivamente.

    …

  4. Primer recurso de apelación. El tres de agosto de dos mil nueve, el partido político actor presentó, ante el Instituto Federal Electoral, demanda de recurso de apelación, a fin de controvertir la resolución precisada en el punto inmediato anterior.

    Una vez tramitado el aludido medio de impugnación, fue remitido a esta S. Superior, ante la cual quedó registrado con la clave SUP-RAP-249/2009.

  5. Sentencia en el recurso de apelación. El veintiuno de agosto de dos mil nueve, esta S. Superior dictó sentencia en el mencionado recurso de apelación, al tenor del siguiente punto resolutivo:

    …

    ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado, para el efecto de que, dentro del día siguiente a la notificación de esta ejecutoria, la autoridad responsable admita e inicie el procedimiento especial sancionador, emplace al presunto infractor y, en su oportunidad, someta a consideración del Consejo General del Instituto Federal Electoral la propuesta de resolución atinente.

    …

  6. Resolución impugnada. El dos de septiembre de dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en cumplimiento a la sentencia dictada por esta S. Superior, en el recurso de apelación SUP-RAP-249/2009, emitió resolución en el procedimiento especial sancionador radicado en el expediente SCG/PE/CONV/JL/OAX/216/2009, integrado con motivo de la denuncia presentada por el apelante en contra de U.E.R.O., J.F.F.V., M.E. de E.P. y P.E.L..

    La citada resolución, en la parte conducente, es al tenor siguiente:

    …

    SEXTO. Que una vez que han sido reseñados los motivos de agravio así como las excepciones y defensas hechas valer por las partes, lo procedente es establecer la litis de la cuestión planteada, la cual consiste en dilucidar si los CC. U.E.R.O., Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca; J.F.V., Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en dicha entidad federativa M.E. de Esesarte Pesqueira y P.E.L., entonces candidatos al cargo de Diputado Federal por el 08 distrito electoral en el estado en cita, violaron lo dispuesto en los párrafos séptimo y octavo del artículo 134 constitucional, por la presunta distribución de propaganda a favor de los candidatos referidos y el Partido Revolucionario Institucional.

    Una vez establecido lo anterior, cabe referir que el partido político denunciante, para acreditar su dicho, presentó como medios de prueba los siguientes:

    1. El Instrumento Notarial número cuarenta y dos mil treinta y uno, de fecha dieciséis de junio del año dos mil nueve, pasado ante la fe del Notario Público número veinticinco del estado de Oaxaca, L.. A.C.C., en el cual se asientan los hechos narrados por los ciudadanos O.D.M., J.R.C.M. y M.A.P.M., y en el cual se hace referencia a los objetos que supuestamente sirvieron como instrumento de promoción personalizada a favor del Gobernador del Estado, consistentes en una playera y una pulsera; dicho instrumento en lo que interesa señala:

      (…)

      VOLUMEN NÚMERO QUINIENTOS QUINCE-----------------INSTRUMENTO CUARENTA Y DOS MIL TREINTA Y UNO.-----------------------------------------------------------------------En Oaxaca de J., a las once horas del día dieciséis de junio del año dos mil nueve, ante mí, Licenciado A.C.C., Notario Público número VEINTICINCO del Estado de Oaxaca, comparecieron los señores O.D.M., J.R.C.M. y M.A.P.M., manifestando que lo hacen con el objeto de declarar sobre hechos que enseguida se referirán y se les expida de todo el testimonio o testimonios que soliciten.------------------------------------------------------------------------------------------------------YO, EL NOTARIO, accediendo a lo solicitado por los comparecientes, estando presentes en esta Notaria, bajo protesta de decir verdad, uno en pos del otro, manifiestan:-

      A) Declara el señor O.D.M., lo siguiente:Que siendo aproximadamente las doce horas con diez minutos del día sábado trece de junio de este año, al ir caminado en compañía de mis vecinos J.R.C.M.Y.M.A.P.R., sobre la calzada Héroes de Chapultepec con dirección a la central camionera de primera claseADO (Autobuses del Oriente). a la altura de la gasolinera que se ubica en esa misma calzada, esquina con A.J. en esta ciudad de Oaxaca y que es conocida comoFONAPAS, vimos que en esa esquina había un grupo de seis jóvenes, hombres y mujeres de entre veinte y veintidós años de edad aproximadamente, quienes vestían pantalón azul de mezclilla y playera blanca de cuello redondo y que en la parte de enfrente se apreciaba claramente la leyendaMISIONEROS DEL PRI en letras negras y con unas manitas en colores verde y rojo, jóvenes que llevaban en las manos unas bolsitas de papel celofán con algo dentro y otros unas tablitas de apoyo o pisa papel de fibracel tamaño carta y sobre ellas unas hojas de papel, quienes estaban abordando a los transeúntes y al pasar a su lado, dos de ellas nos detuvieron y nos preguntaron que si nos podían realizar una encuesta, a lo que mis acompañantes y yo al unísono contestamos que NO, que íbamos de prisa, pero ante su insistencia, accedimos e inmediatamente una de ellas preguntó: ¿SI EL DÍA DE HOY FUERAN LAS ELECCIONES, POR QUE PARTIDO VOTARÍAN?, a lo que yo respondí que el voto es libre y secreto; enseguida me preguntó: ¿ES USTED SIMPATIZANTE O MILITANTE DE ALGÚN PARTIDO POLÍTICO EN PARTICULAR?, por lo que antes de contestar le pregunté, quienes eran ó porqué me preguntaban eso y fue que una de ellas me respondió que eran jóvenes interesados en la democracia del estado y que por eso estaban apoyando alPARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL y que les habían encargado ese trabajo, pero que no nos obligaban a contestar, que mejor les dijéramos a quién de nosotros nos podían colocar una pulsera de plástico que llevaban en las bolsitas de celofán y entonces yo les dije que mejor nos obsequiara una para cada quien, pero contestaron que sólo daban una por encuesta y me la entregaron, mientras que la otra joven de aproximadamente veinte años, le entregó a J.R.C.M. una playera blanca, cuello redondo objetos que en este acto pongo a la vista de este notario y que describo; por una parte la pulserita que mide 22 (veintidós) centímetros de largo por 1.5 (uno punto cinco) centímetros de ancho; en el extremo de izquierda a derecha dice con letras en color verdeJ.F. y en la parte de abajo se lee Presidente C.D.E., enseguida aparece un logotipo consistente en una manita en color rojo, seguida de la leyenda en el mismo color de letraOAXACA Territorio y en la parte de abajo las siglas delPRI, posteriormente otra manita en color verde; divide la pulserita el logo que es por todos conocidos del PRI y cuatro manitas más en colores verde, rojo y dorado, llegando así al otro extremo en donde claramente se lee:U.R. y abajoGobernador, en letras color verde. Por otra parte, cuando extendimos la playera color blanca, observamos que en la parte de enfrente diceCreo en Oaxaca y daré resultados y en el otro extremo una serie de manitas estampadas en diferentes tonalidades del color verde, luego en la parte de posterior de la misma playera también trae dibujadas seis manitas en colores verde, dorado y rojo y dice:M.; abajo el logo del PRI cruzando con unax y debajo la leyendavota 5 julio, en seguida con letras rojas se leede Esesarte y debajo de esta frase lo siguiente:Tu Diputado...

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