Código de Comercio (Versión vigente desde 2009-06-09 hasta 2009-08-26)

El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue:

"PORFIRIO DIAZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed:

Que en virtud de la autorización concedida al Ejecutivo de la Unión por decreto de 4 de Junio de 1887, he tenido á bien expedir el siguiente

CODIGO DE COMERCIO

LIBRO PRIMERO
TÍTULO PRELIMINAR Artículos 1 a 74
ARTÍCULO 1o Los actos comerciales sólo se regirán por lo dispuesto en este Código y las demás leyes mercantiles aplicables.
ARTÍCULO 2o A falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes mercantiles, serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el Código Civil aplicable en materia federal.
TÍTULO PRIMERO De los Comerciantes Artículos 3 a 15
ARTÍCULO 3o Se reputan en derecho comerciantes:
  1. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;

  2. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;

  3. Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

ARTÍCULO 4o Las personas que accidentalmente, con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no son en derecho comerciantes, quedan sin embargo, sujetas por ella a las leyes mercantiles

Por tanto, los labradores y fabricantes, y en general todos los que tienen planteados almacén o tienda en alguna población para el expendio de los frutos de su finca, o de los productos ya elaborados de su industria, o...

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