Voto, Plenos de Circuito

JuezMagistrado Mario Roberto Cantú Barajas
Número de registro42332
Fecha25 Noviembre 2016
Fecha de publicación25 Noviembre 2016
Número de resolución6/2015
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 36, Noviembre de 2016, Tomo III, 1769

Voto particular formulado por el Magistrado M.R.C.B., en contra de la resolución de mayoría pronunciada por el Pleno de Circuito en sesión de veintiséis de febrero de dos mil dieciséis, al resolver la contradicción de tesis 6/2015.


Con el debido respeto a la investidura de mis compañeros Magistrados del Pleno de este Circuito, disiento del criterio mayoritario, porque estimo que la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sí es aplicable. Es cierto que el criterio ordena que se recaben datos o documentación para determinar la cantidad a devolver como consecuencia del amparo otorgado, sin embargo:


Uno de los precedentes que integran dicha jurisprudencia, esto es, el incidente de inejecución 253/2005, el cual tiene como antecedente uno donde el Juez de Distrito se limitó a exigir el cumplimiento de la sentencia sin...

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