Sentencia nº SUP-JDC-1754-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 7 de Septiembre de 2016
Ponente | CONSTANCIO CARRASCO DAZA |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | FEDERAL |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
SUP-JDC-1754-2016
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1754/2016 ACTORA: S.M.B.A. AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECTORA DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRA MAGISTRADO PONENTE: CONSTANCIO CARRASCO DAZA SECRETARIA: ADRIANA ARACELY ROCHA SALDAÑA |
Ciudad de México, a siete de septiembre de dos mil dieciséis.
VISTOS , para resolver los autos del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SUP-JDC-1754/2016, integrado con motivo del juicio promovido por S.M.B.A., a fin de controvertir el oficio INE/DEA/DP/564/2016 emitido por la Directora de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se le niega a la actora el pago de la compensación con motivo de jornadas extraordinarias y el acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral identificado con la clave INE/JGE112/2016, por el cual "SE ESTABLECEN LAS BASES PARA OTORGAR UNA
COMPENSACIÓN AL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, CON MOTIVO DE LAS
LABORES EXTRAORDINARIAS DERIVADAS DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES 2015-2016,
DE LA ELECCIÓN DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y DE LAS
ELECCIONES EXTRAORDINARIAS QUE DERIVARON DE LOS PROCESOS ELECTORALES 2014-2015"
y
RESULTANDO:
I.A. . De la narración de hechos que la actora hace en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:
-
Relación de trabajo. S.M.B.A. manifiesta que ingresó a prestar sus servicios en la Junta Ejecutiva Distrital 01 con sede en el Municipio de J.M., Aguascalientes del Instituto Nacional Electoral, el primero de mayo de dos mil diez, en el cargo de Auxiliar de Enlace Administrativo como integrante de la Rama Administrativa.
-
Renuncia. Señala la enjuiciante que el treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, presentó renuncia voluntaria en el puesto de Enlace Administrativo Distrital del citado Instituto.
-
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva. El veintisiete de abril de dos mil dieciséis, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo identificado con la clave INE/JGE112/2016, por el cual "SE ESTABLECEN LAS BASES PARA OTORGAR UNA
COMPENSACIÓN AL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, CON MOTIVO DE LAS
LABORES EXTRAORDINARIAS DERIVADAS DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES 2015-2016,
DE LA ELECCIÓN DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y DE LAS
ELECCIONES EXTRAORDINARIAS QUE DERIVARON DE LOS PROCESOS ELECTORALES 2014-2015", cuyos puntos de acuerdo, son los siguientes:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba el pago de la Compensación que con motivo de las labores extraordinarias derivadas del Proceso Electoral Local 2015-2016, se otorga al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa con adscripción en la Secretaría Ejecutiva, Coordinación Nacional de Comunicación Social, Dirección del Secretariado, Dirección Jurídica,
Direcciones Ejecutivas del Registro Federal de Electores, Prerrogativas y Partidos Políticos, Organización Electoral, Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Administración; Unidades Técnicas de Fiscalización, de Servicios de Informática, de Vinculación con Organismos Públicos Locales y de lo Contencioso Electoral; así como al adscrito a las Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas en las entidades federativas de Aguascalientes, Baja California,
Chihuahua, Durango, H., Oaxaca, Puebla, Q.R., Sinaloa,
Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, con niveles tabulares del FC5 al SB3 con plaza presupuestal y que se encuentren activos en la fecha de pago; y al contratado bajo el régimen de honorarios con funciones de carácter permanente (HP) y eventual (HE) del presupuesto base de operación.
SEGUNDO.- La compensación a que se refiere el Punto de Acuerdo anterior, será equivalente a un mes de la remuneración tabular mensual bruta, es decir en lo correspondiente a plaza presupuestal los conceptos de sueldo base (07) más la compensación garantizada (CG); en el caso de los Honorarios Permanentes y Honorarios Eventuales, son los conceptos de Honorarios (05) más Compensación o Complemento Honorarios (CG), en todos los casos se efectuará la acumulación respectiva para determinar el Impuesto Sobre la Renta que corresponda al pago por dicha compensación, misma que quedará a cargo de los servidores públicos y prestadores de servicios del Instituto Nacional Electoral.
El importe de esta compensación se cubrirá
en dos partes, la primera de ellas en la primera quincena del mes de mayo de 2016 y la segunda en la primera quincena del mes de junio del presente año, conforme al último puesto ocupado. La compensación se pagará en forma total o proporcional al tiempo que han ocupado la plaza, con base al tiempo de servicios prestados en los periodos establecidos en los siguientes cuadros:
Entidad Federativa Periodos para el cálculo de la compensación 1er Pago 2do Pago Inicio Termino Inicio Termino Aguascalientes 09 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Baja California 13 de septiembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Chihuahua 1 de diciembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Durango 07 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 H. 15 de diciembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Oaxaca 8 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Puebla 23 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Q.R. 15 de febrero de 2015 31 de enero de 2016 1 de abril de 2016 5 de junio de 2016 Sinaloa 30 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Tamaulipas 13 de septiembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Tlaxcala 4 de diciembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Veracruz 9 de noviembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Zacatecas 07 de septiembre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 Elecciones Locales/ Extraordinarias Periodos laborados para el cálculo de la compensación 1er Pago 2do Pago Oficinas Centrales Inicio Termino Inicio Termino Personal adscrito a las áreas determinadas en el Acuerdo primero. 01 de octubre de 2015 31 de enero de 2016 1 de febrero de 2016 5 de junio de 2016 TERCERO.- Se aprueba el pago de la Compensación que con motivo de las labores extraordinarias derivadas de la Elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, se otorga al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa con adscripción en la Junta Local y Juntas Distritales de la Ciudad de México con plaza presupuestal y que se encuentren activos en la fecha de pago; al contratado bajo el régimen de honorarios con funciones de carácter permanente (HP) y eventual (HE) del presupuesto base de operación.
CUARTO.- La compensación a que se refiere el Punto de Acuerdo anterior, será equivalente a un mes de la remuneración tabular mensual bruta, es decir en lo correspondiente a plaza presupuestal los conceptos de sueldo base (07) más la compensación garantizada (CG); en el caso de los Honorarios Permanentes y Honorarios Eventuales, son los conceptos de Honorarios (05) más Compensación o Complemento Honorarios (CG), en todos los casos se efectuará la acumulación respectiva para determinar el Impuesto Sobre la Renta que corresponda al pago por dicha compensación, misma que quedará a cargo de los servidores públicos y prestadores de servicios del Instituto Nacional Electoral.
El importe de esta compensación se cubrirá
en dos partes, la primera de ellas en la primera quincena del mes de mayo de 2016 y la segunda en la primera quincena del mes de junio del presente año, conforme al último puesto ocupado.
La compensación se pagará en forma total o proporcional al tiempo que han ocupado la plaza, con base al tiempo de servicios prestados en los periodos establecidos en el siguiente cuadro:
Entidad Federativa Periodos laborados para el cálculo de la compensación 1er Pago 2do Pago Inicio Termino Inicio Termino Ciudad de México. 04 de febrero de 2016 31 de marzo de 2016 1 de abril de 2016 5 de junio de 2016 QUINTO.- Se aprueba el pago de la Compensación que con motivo de las labores extraordinarias derivadas de los Procesos Electorales Extraordinarios Federales 2014 2015 con A. y sin Asunción se otorgue al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa con adscripción en la Junta Local Ejecutiva del estado de Colima y las Juntas Distritales Ejecutivas 01 Colima, Colima y 02 Manzanillo, Colima; así como al adscrito a la Junta Local Ejecutiva del estado de A. y en la Junta Distrital Ejecutiva 01 J.M., Aguascalientes; Junta Local Ejecutiva del estado de Chiapas, y la Junta Distrital Ejecutiva 02
Bochil, Chiapas; Junta Local Ejecutiva del estado de Guerrero y la Junta Distrital Ejecutiva 07 Chilpancingo de los Bravo, G.; Junta Local Ejecutiva del estado de Michoacán, y la Junta Distrital Ejecutiva 03
Zitácuaro, Michoacán; Junta Distrital Ejecutiva 04 Jiquilpan, Michoacán y Junta Distrital Ejecutiva 06 Ciudad de H., Michoacán; Junta Local Ejecutiva del estado de Querétaro; Junta Distrital Ejecutiva 02 San Juan del Río, Querétaro; Junta Local Ejecutiva del Estado de México, Junta Distrital Ejecutiva 05 Teotihuacán, Estado de México; Junta Local Ejecutiva del estado de Tabasco, Junta Distrital Ejecutiva 04
Villahermosa, Tabasco y Junta Distrital...
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