Periódico Oficial del Estado de Sinaloa del 03 de Agosto de 2016

EL
ESTADO DE SINALOA
ORGANO
OFICIAL
DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo
OS
de 1982. Tel. Fax.717-21-70)
Tomo
CVII
3ra.
Epoca
Culiacán, Sin., Miércoles
03
de Agosto de 2016. No. 094
ÍNDICE
GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
Edicto de Sentencia Definitiva en el Juicio Agrario número 677/2012, del Ejido Corerepe, Municipio
de Guasave, Sinaloa. 2
GOBIERNO DEL ESTADO
Decreto Número 533 del H. Congreso del Estado.- Que Reforma y Adiciona el Código Penal para
el Estado de Sinaloa.
Decreto Número 575 del H. Congreso del Estado.- Se Reforman, Adicionan y Derogan diversas
disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de
Sinaloa. 3 -
11
PODER LEGISLATIVO ESTATAL
Acuerdos Números 134, 135, 136, 137, 138, 139 y 140 del H. Congreso del Estado.-Por el que se
suspenden las aprobaciones de las Cuentas Públicas correspondientes al Segundo Semestre de
2015, de los Municipios de Navolato y Guasave; Primero y Segundo Semestre de 2013, y Segundo
Semestre de 2015 del Municipio de El Fuerte; Segundo Semestre de 2013 y 2015 del Municipio de
Rosario, respectivamente.
Acuerdo Número
141
del H. Congreso del Estado.- La Sexagésima Primera Legislatura del
H.
Congreso del Estado de Sinaloa, hace del conocimiento que el período vacacional para su personal
administrativo y profesional de apoyo parlamentario, inicia a partir del día Lunes
de Agosto de
2016, para concluir el día
12
del mismo mes y año.
12
-32
AYUNTAMIENTO
Municipio de Concordia.-Avance Financiero, relativo al Segundo Trimestre de 2016.
33
-34
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
35 -39
AVISOS NOTARIALES
39 -
40
RESPONSABLE:
Secretarla
General
de
Gobierno.
DIRECTOR: M.C.
Chrlstopher
Cosslo
Gue"ero
2 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles
03
de Agosto de 2016
~~~~~~~~~~~~~~~~~~--~-
GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
Expediente 677/2012
A:
EJIDATARIOS Y AVECINDADOS DEL
EJIDO
COREREPE,
MUNICIPIO
DE
GUASAVE, SINALOA.
EDICTO
En el Juicio AGRARIO número 677/
2012, en cinco de septiembre de dos mil
trece, se dicta sentencia definitiva, en la que
se ordenó proveer la venta de los derechos
agrarios que en vida pertenecieron a la extinta
ejidataria
MARÍA
DEL ROSARIO RÍOS
VELARDE,
en
el
ejido
COREREPE,
municipio de Guasave, Sinaloa, en subasta
pública, en el caso, de que los sucesores
reconocidos
de
la
extinta
ejidataria
en
mención NATIVIDAD ROCHÍN RÍOS y
ROBERTO
SEGUNDO
ROCHÍN RÍOS
'
no
se
pusieran
de
acuerdo quien de entre ellos
habría de conservar los derechos sobre la
parcela ejidal número 200 Z2 P2/4, con
superficie de 10-08-30. 76 hectáreas,
lo
cual
aconteció en la especie, por lo que por auto
de dieciséis de junio de dos mil dieciséis, se
fijaron las TRECE HORAS DEL DÍA SEIS
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉIS, para que tenga verificativo la
audiencia
en
la
que
se
recibirán
las
propuestas económicas de los postores, en
la inteligencia de que éstos deberán acreditar
a más tardar en la hora y fecha antes señalada,
el carácter de ejidatarios o avecindados del
ejido
que
nos
ocupa,
a
quienes
se les
CONVOCA
mediante EDICTOS que se
publicarán por dos veces con intervalo de
cinco días, tanto en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Sinaloa, y en un
periódico de mayor circulación en la zona en
la que se encuentra el referido bien ejidal;
fijándose dicha publicación también en los
estrados de este tribunal; en la Presidencia
Municipal de Guasave, Sinaloa; y en la Casa
Ejidal del poblado en cita, para
el
efecto de
que comparezcan ante este Tribunal Agrario,
sito enAvenida
Dr.
Luis G
de
la Torre número
113, Centro, de esta Ciudad de Guasave
'
Sinaloa, en la fecha indicada, para la venta
en subasta pública de la citada parcela ejidal,
sin perjuicio de que en caso de igualdad de
posturas en la subasta, tendrán preferencia
cualquiera de los herederos, fijándose como
postura legal quien cubra las dos Terceras
partes de la cantidad de $3,529,076.60
(TRES
MILLONES,
QUINIENTOS
VEINTINUEVE MIL SETENTA Y SEIS
PESOS 00/100
MONEDA
NACIONAL)
en que
fué
valuada
la
superficie que conforma
la parcela antes descrita, en la inteligencia que
el producto que se obtenga se repartirá en
partes iguales entre los referidos herederos,
indicándole a los convocados o postores, que
a quien se le adjudique el bien ejidal de
referencia, independientemente de quien
adquiere el derecho de ejidatario de ese
poblado, por disposición de la resolución
misma, esta autoridad
lo
pondrá en posesión
material de la parcela en comento;
lo
anterior
en términos de lo dispuesto por el numeral
4 74, y demás relativos del supletorio Código
Federal de Procedimientos Civiles, y su
correlativo el antes citado
191
de la Ley
Agraria.
Guasave, Sin., Jul.
12
de 2016
EL SECRETARIO
DE
ACUERDOS DEL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRIT027
Lic. Arturo López Montoya
AGO.
3-1
O
R.
No.
859604
Miércoles
03
de Agosto de 2016 «EL ESTADO DE SINALOA» 3
GOBIERNO DEL ESTADO
El
Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ .VALDEZ, Gobernador
Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa a sus
habitantes hace saber: .
'
Que por
el
H.
Congreso del mismo se
le
ha comunicado
lo
siguiente:
El
H.
Congreso
del Estado
Libre
y
Soberano
de
Sinaloa,
representado
por
su
Sexagésima Primera
Legislatura, ha
tenido
a bien
expedir
el
siguiente,
DECRETO NÚMERO: 533
QUE REFORMA Y ADICIONA EL CÓDIGO PENAL
PARA EL ESTADO DE SINALOA.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma
la
fracción XII; y adiciona
la
fracción XIII
al
artículo
26;
la
Sección Quinta denominada "Delitos
en
Contra de Animales Domésticos"
al
Libro Segundo, Parte
Especial; con
el
Título Único denominado "Maltrato o Crueldad en
contra de Animales Domésticos";
el
Capítulo Único denominado
"Maltrato o Crueldad
en
Contra de Animales Domésticos" y
el
artículo 364
al
Código Penal para
el
Estado de Sinaloa, para
quedar como sigue:
ARTÍCULO 26
....
l.
a XI. ...
XII. Se produzca
un
resultado típico por caso fortuito;

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