Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes del 15 de Agosto de 2016 (Primera Sección)

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DIF ESTATAL:
Código de Conducta.
PROCURADURÍA ESTATAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE:
Informe anual de actividades correspondiente al periodo junio 2015-mayo 2016.
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA:
Licitación Pública Estatal.- Convocatoria: 002-16.
Reformas a los Artículos 11, 17, 30, 33 y 52 del Reglamento de Transparencia y
Acceso a la Información del Municipio de Jesús María.
PODER JUDICIAL
H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA.
Lineamientos para llevar a cabo la actividad editorial del Poder Judicial del Estado
de Aguascalientes
Í N D I C E :
Página 18
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
PRIMERA SECCIÓN
TOMO LXXIX Aguascalientes, Ags., 15 de Agosto de 2016 Núm. 33
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Lic. Alejandro Bernal Rubalcava, en suplencia del Secretario General de Gobierno
por ministerio de Ley.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Agosto 15 de 2016
(Primera Sección)
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
M.P.C. MARÍA MARCELA DURÁN MADRIGAL, DIRECTORA GENERAL del Sistema para el Desarrollo
Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, en ejercicio de las Facultades conferidas en las fracciones
V y IX del artículo 42 de la Ley de Control de Entidades Paraestatales, las fracciones I, VI y IX del artículo 31
de la Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social y de Integración Familiar y las fracciones III y IV del artículo
38 del Reglamento Interior del Sistema Estatal de Asistencia Social y de Integración Familiar, he tenido a bien
expedir el siguiente “CÓDIGO DE CONDUCTA”, al tenor de los siguientes
C O N S I D E R A N D O S :
La Constitución Política del Estado de Aguascalientes, en su artículo 2° señala que todas las autoridades,
en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, como organismo público
descentralizado, de acuerdo a los artículos 10, 12, 13, 16, 20, 54 y 55 de la Ley del Sistema Estatal de Asisten-
cia Social y de Integración Familiar, es el rector de la Asistencia Social en el Estado de Aguascalientes y sus
actividades se relacionan, entre otras, a la promoción, coordinación y concertación de acciones en la materia.
Las acciones de asistencia social, están enfocadas al desarrollo del individuo, la familia y la comunidad
con un enfoque de igualdad de oportunidades y fortalecimiento del desarrollo humano sustentable, como
base para la ampliación de capacidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos más
vulnerables, soportado en que la Asistencia Social es una acción obligatoria para el Estado y un derecho de
todos los mexicanos.
En este contexto, el Código de Conducta representa el compromiso del Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia del Estado de Aguascalientes y de las y los servidores públicos que lo integran, para ejercer
nuestras funciones apegadas a la ley, con responsabilidad. Cumpliendo con los principios de legalidad, trans-
parencia, honradez, lealtad, imparcialidad y eciencia que caracterizan al Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia del Estado de Aguascalientes.
Con ello, impulsamos la profesionalización de las y los servidores públicos, en un ambiente laboral de
compromiso y respeto con la ciudadanía, previniendo así y evitando prácticas indebidas; todo ello, a través
de una mejora continúa de la gestión pública.
Asumimos nuestras funciones dentro de un marco de derechos humanos, dando atención y servicio a
toda la población sujetos de asistencia social, sin discriminación de algún tipo por género, edad, raza, credo,
discapacidad, religión, preferencia política o sexual; conduciéndonos con integridad y generosidad hacia ellos,
por una vida digna y con mayores posibilidades de bienestar.
En congruencia con lo antes expuesto, implementamos una guía esencial para orientar nuestra conducta
y que nos ayuda a tener presente la Misión y Visión del Organismo, atendiendo lo establecido en el Código
de Ética para los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal, publicados en el Periódico Ocial
del Estado de Aguascalientes en fecha 23 de Abril del 2007.
CÓDIGO DE CONDUCTA
MISIÓN
Coordinar el Sistema Estatal de Asistencia Social, promover la prestación y profesionalización de los
servicios en la materia, establecer prioridades y la concurrencia de acciones entre los diferentes órdenes de
gobierno, los sectores social y privado, para la promoción, prevención y protección de los servicios asistenciales
estudiando las causas y efectos de los problemas prioritarios de la asistencia social, para crear soluciones
orientadas a modicar y mejorar la calidad de vida que enfrenta la población, que por alguna circunstancia
social, jurídica o física se ven impedidos para su desarrollo.
VISIÓN
Ser una renovada organización que permita a nuestra Institución mediante procesos y sistemas adminis-
trativos ágiles, fortalecer la concertación de acciones, el diseño de programas y la aplicación de las políticas
públicas, para dar respuesta oportuna a las necesidades y demandas que en materia de asistencia social,
presentan las personas y grupos sociales que más lo necesitan, con la perspectiva de multiplicar, sumar
GOBIERNO DEL ESTADO

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