Sentencia nº SUP-JDC-1832-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 15 de Septiembre de 2015

PonenteMANUEL GONZÁLEZ OROPEZA.
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFEDERAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-1832-2015

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTES: SUP-JDC-1832/2015 Y ACUMULADOS. ACTORES: G.S.F.S. Y OTROS. AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN ELECTORAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADO PONENTE: M.G.O.. SECRETARIOS: VALERIANO PÉREZ MALDONADO Y JUAN JOSÉ MORGAN LIZÁRRAGA.

México, Distrito Federal, en sesión pública de quince de septiembre de dos mil quince, la Sala Superior dicta sentencia en los expedientes en que se actúa.

VISTOS, para resolver los autos de los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, expedientes SUP-JDC-1832/2015, SUP-JDC-1833/2015, SUP-JDC-1834/2015 y SUP-JDC-1835/2015, promovidos por G.S.F.S.,

E.P.V., A.P.R., J. de J.Z.G.,

M.T.G.V., J.O.M., A.O.M., J.M.C.S., R.F.C., E.S.N., F.A.G.C., Abraham Correa Acevedo, C.A.M.W., B.Z.C., V.B.J.P., I.V.G., J.J.F., F.C.P.F., J.M.B.L.,

C.E.E.M., A.G.J.Á., J.A.A.M., T.S.M.V., X.G.B., José

Federico De la Vega Membrillo, J.S.N., Brisa Jovanna Gallegos

Ángulo, O.M.V., A.Y.L.P., R.M.H., J.M.P.C., C.R.M., E.P.D.,

R.A.U.G., C.I.G.H., R.S.M.N., A.O.M., E.E.P.R., A.E.G.M., R.G.L., Á.C.Á.R.,

Ó.S.F., C.I.V.D., E.H.V.M., Y.L.M.M., E.D.C., C.A.M.L., I.M.R., F.B.M., T. de J.M.M., C.G.R.M., V.G.R., A.S.V., A. De la P.G., S.A.M. y C.S.A., respectivamente, contra la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática, por la omisión de resolución de las quejas contra

órgano, incoadas para impugnar el acuerdo: "ACU-CECEN/08/454/2015 DE LA COMISIÓN

ELECTORAL MEDIANTE EL CUAL SE EMITE LA LISTA DEFINITIVA DE CONSEJEROS NACIONALES

DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, PARA LA CELEBRACIÓN DE LA QUINTA

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL IX CONSEJO ELECTIVO QUE TENDRÁ VERIFICATIVO EL PRÓXIMO

7 Y 8 DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE"; y R E S U L T A N D O:

PRIMERO. Antecedentes. De los hechos narrados por los promoventes en sus demandas y de las constancias que obran en los expedientes, se advierte lo siguiente:

  1. Designación de Consejeros y Consejeras Electorales Nacionales, Estatales, Municipales y Delegados al Congreso Nacional del Partido de la Revolución Democrática. El siete de septiembre de dos mil catorce se llevó a cabo la elección de Consejeras y Consejeros Nacionales, Estatales,

    M., así como de Delegados al Congreso Nacional del Partido de la Revolución Democrática.

  2. Acuerdo CECEN/13/10/2014. El tres de octubre de ese año, la Comisión Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, emitió el acuerdo CECEN/13/10/2014, por el que realizó

    la publicación de la lista de Consejeros del citado instituto político, al cual se realizaron diversas observaciones.

  3. Primer pleno ordinario del IX Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática. El cuatro de octubre de dicho año, el Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática celebró el primer pleno ordinario del IX Consejo Nacional del citado instituto político.

  4. Escrito de renuncia de A.G.E. al cargo de Consejero Nacional de la planilla Alternativa Democrática Nacional. El diecisiete de octubre siguiente, A.G.E. presentó ante la Comisión Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, escrito de renuncia al cargo de Consejero Nacional de la planilla Alternativa Democrática Nacional.

  5. Sustitución de la lista de Consejeros Nacionales. El veintisiete de noviembre de esa anualidad se publicó el acuerdo ACU-CECEN/11/168/2014, mediante el cual se aprobó la sustitución de la lista de Consejeros Nacionales, en la que A.G.E. tiene el carácter de integrante del Comité Ejecutivo Nacional y R.C.G. la calidad de Consejero Nacional.

  6. Acuerdo de observaciones. El siete de febrero de dos mil quince se emitió el acuerdo de observaciones, identificado con la clave ACU-CECEN/02/166/2015, en el que R.C.G. y A.G.E. tienen reconocida la calidad de Consejeros Nacionales.

  7. Designación de encargados de despacho. El veinticinco de abril siguiente, el Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática determinó el nombramiento de los ciudadanos encargados de despacho de las secretarías que se encontraban a cargo de los ciudadanos que solicitaron, en su oportunidad, licencia. Para el caso de A.G.E. quien ocupó el cargo de Secretario de Políticas Alternativas de Seguridad Pública, se designó

    como encargado de despacho a F.G.C..

  8. Lista para observaciones de consejeros nacionales del Partido de la Revolución Democrática. El cuatro de agosto de dos mil quince, la Comisión Electoral emitió el Acuerdo identificado con la clave ACU-CECEN/08/452/2015, en la cual, se emitió la lista para observaciones de consejeros nacionales del Partido de la Revolución Democrática, para la celebración de la quinta sesión extraordinaria del IX Consejo Electivo, que tuvo lugar el siete y ocho de agosto del año dos mil quince.

  9. Desconocimiento de renuncia. El seis de agosto de dos mil quince, A.E.G. acudió ante la Comisión Electoral a exponer un desconocimiento de renuncia, para solicitar su incorporación a la lista de Consejeros Nacionales que actuarían en la sesión que tendría verificativo el siete y ocho de agosto de dos mil quince.

  10. ...

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