Sentencia nº SUP-REP-408-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 4 de Junio de 2015

PonenteMANUEL GONZÁLEZ OROPEZA
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadBAJA CALIFORNIA
Tipo de procesoOtro

SUP-REP-0408-2015

RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR EXPEDIENTE: SUP-REP-408/2015 RECURRENTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: 05 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN BAJA CALIFORNIA MAGISTRADO PONENTE: M.G.O. SECRETARIO: JULIO A.S. RAMÍREZ

México, Distrito Federal, a cuatro de junio de dos mil quince.

VISTOS, para resolver los autos del recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, identificado con la clave SUP-REP-408/2015, interpuesto por A.B.C., quien se ostenta como representante propietario del Partido Acción Nacional, ante el 05 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en Baja California, en contra del acuerdo de treinta y uno de mayo de dos mil quince, emitido por el aludido Consejo Distrital, mediante el cual se declaró procedente la adopción de la medida cautelar consistente en el retiro de un anuncio espectacular, la cual fue solicitada dentro del procedimiento especial sancionador iniciado con motivo de la denuncia presentada por el Partido Revolucionario Institucional en contra del partido ahora recurrente y de sus candidatos a diputados de mayoría relativa por el referido distrito electoral; y RESULTANDO

I.A.. Del escrito recursal y de las constancias que obran en autos se desprende lo siguiente:

  1. Denuncia. El treinta de mayo de dos mil quince, el Partido Revolucionario Institucional, por conducto de su representante ante el 05 Consejo Distrital Electoral del Instituto Nacional Electoral en Baja California, presentó escrito de denuncia ante el referido

    órgano administrativo electoral federal, en contra del Partido Acción Nacional y de sus candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en el referido distrito electoral, por la colocación de un espectacular, lo cual en su concepto puede constituir infracciones a la normativa electoral.

    Asimismo, el partido político denunciante solicitó

    el dictado de la medida cautelar, consistente en el retiro inmediato del espectacular que contiene las frases siguientes:

    "POR SUBIR EL I.V.A. Y DAÑAR LA ECONOMÍA"

    "QUÉ VERGÜENZA SER DEL PRI"

    "EL 7 DE JUNIO CASTIGA CON TU VOTO EL

    PÉSIMO GOBIERNO DE PEÑA NIETO"

    "CANDIDATOS A DIPUTADOS FEDERALES DEL PAN"

  2. Acuerdo de adopción de la medida cautelar.

    El treinta y uno de mayo de dos mil quince, el 05 Consejo Distrital Electoral del Instituto Nacional Electoral en Baja California emitió el acuerdo A32/INE/BC/CD05-31-05-15, por el cual declaró procedente la adopción de la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional, al...

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